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ORDEN EIE/836/2018, de 30 de abril, por la que se da publicidad al Acuerdo del Gobierno de Aragón de 24 de abril de 2018, por el que se declaran como Inversiones de Interés Autonómico los proyectos de dos plantas fotovoltaicas por un total de 100 MW de potencia instalada, en los términos municipales de La Muela y Muel, en la provincia de Zaragoza, promovidas por empresas vinculadas a la mercantil "Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L." (Grupo OPDE).

Publicado el 28/05/2018 (Nº 101)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Adoptado por el Gobierno de Aragón el día 24 de abril de 2018 el Acuerdo por el que se declaran como inversiones de interés autonómico los proyectos de dos plantas fotovoltaicas por un total de 100 MW de potencia instalada, en los términos municipales de La Muela y Muel, en la provincia de Zaragoza, promovidas por empresas vinculadas a la mercantil "Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L." (Grupo OPDE), se procede a su publicación en anexo a la presente orden.

Zaragoza, 30 de abril de 2018.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo

MARTA GASTÓN MENAL

ACUERDO DE 24 DE ABRIL DE 2018 DEL GOBIERNO DE ARAGÓN POR EL QUE SE DECLARAN COMO INVERSIONES DE INTERÉS AUTONÓMICO LOS PROYECTOS DE DOS PLANTAS FOTOVOLTAICAS POR UN TOTAL DE 100 MW DE POTENCIA INSTALADA, EN LOS TÉRMINOS MUNICIPALES DE LA MUELA Y MUEL, EN LA PROVINCIA DE ZARAGOZA, PROMOVIDAS POR EMPRESAS VINCULADAS A LA MERCANTIL "OTRAS PRODUCCIONES DE ENERGÍA FOTOVOLTAICA, S.L." (GRUPO OPDE)

Las inversiones de interés autonómico se definen en el artículo 6 del Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, como las declaradas por el Gobierno de Aragón por tener una especial relevancia para el desarrollo económico, social y territorial en Aragón.

Desde su implantación, este instrumento ha permitido que importantes proyectos de inversión en Aragón puedan acelerarse y de este modo, potenciar la creación de nuevo empleo e incentivar la actividad económica aragonesa. Los efectos de que una inversión sea declarada de interés autonómico, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 8 y 9 del Decreto-Ley, son que dichos proyectos tendrán una tramitación preferente y urgente, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de los trámites establecidos en los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma que deban seguirse para la efectiva ejecución de los proyectos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, además de otros efectos de fomento de la inversión.

La declaración de inversión de interés autonómico constituye un instrumento estratégico que, con el fin último de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan la renovación del modelo productivo de la economía aragonesa, puede ser aplicado al desarrollo de iniciativas de inversiones vinculadas a fuentes de energía renovables, favoreciendo tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés.

Así se dispuso en el acuerdo de 14 de febrero de 2017 del Gobierno de Aragón por el que se adoptaron los criterios de interpretación para la declaración de inversiones de interés autonómico en materia de energías renovables, que fue publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 38, de 24 de febrero de 2017. Dichos criterios interpretativos, establecidos con la finalidad de impulsar el crecimiento de la energía renovable en Aragón y de facilitar la atracción de inversiones empresariales que permitan generar riqueza, innovación, empleo, así como favorecer la cohesión territorial, deben tenerse en cuenta en la tramitación y resolución de todos procedimientos para declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable, al amparo de lo dispuesto en el Decreto-Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón. Son los siguientes:

1. Que los proyectos se desarrollen y ejecuten en las comarcas y municipios mineros de Aragón, por resultar de especial relevancia en estas zonas la generación de actividades económicas alternativas a la minería del carbón que mitiguen las consecuencias sociales, laborales y territoriales derivadas de la crisis de este sector.

2. Que los proyectos pertenezcan a empresas que habiendo resultado adjudicatarias en la subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnología eólica y biomasa celebrada en 2016, o que resulten adjudicatarias en las futuras subastas de energías renovables convocadas por el Estado, ejecuten y desarrollen sus proyectos en el territorio de Aragón, por resultar de especial relevancia atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales primadas por el Estado.

En este contexto normativo e interpretativo debe analizarse la solicitud de declaración de inversión de interés autonómico de los proyectos correspondientes a tres instalaciones de energía solar fotovoltaica en La Muela, y Muel (Zaragoza), junto con sus infraestructuras de evacuación, que fue presentada en fecha 13 de marzo de 2018, por D. Alejandro-Javier Cháves Martínez, en nombre y representación de las mercantiles "Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L." (OPDE), "Planta Solar OPDE 3, S.L." (OPDE 3), "Planta Solar OPDE 4, S.L." (OPDE 4) y "Planta Solar OPDE 5, S.L" (OPDE 5).

Dichos proyectos y sus características técnicas más relevantes, según la información obrante en el expediente, son las siguientes:

Las tres plantas fotovoltaicas tienen proyectada la evacuación de la energía en la SET Los Vientos 220 kV de Red Eléctrica de España (REE), ubicada en el término municipal de Muel, utilizando para ello las instalaciones eléctricas de evacuación que compartirán las tres plantas.

Si bien los promotores de las plantas fotovoltaicas todavía no han presentado en el Servicio Provincial de Zaragoza solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental de las plantas fotovoltaicas ni de las instalaciones de evacuación compartidas, se informa por la Dirección General de Energía y Minas que se ha aportado copia del resguardo acreditativo de haber realizado el depósito de garantía económica para la tramitación de los permisos de acceso y conexión a la red de transporte.

En cuanto a las empresas promotoras, se ha acreditado en el expediente mediante la aportación de las escrituras de constitución de todas las sociedades, la vinculación de las mercantiles «Planta Solar OPDE 3, S. L.» (OPDE 3), «Planta Solar OPDE 4, S. L.» (OPDE 4) y «Planta Solar OPDE 5, S. L.» (OPDE 5), con la sociedad «Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S. L.» (OPDE), titular de la totalidad de las participaciones sociales de las anteriores mercantiles.

Todas las empresas pertenecen al Grupo OPDE, fundado en 2005 en Fustiñana (Navarra), que se presenta como un grupo empresarial pionero en el desarrollo del sector fotovoltaico dentro y fuera de España, y que en los últimos diez años ha conseguido un crecimiento eficiente en tecnologías, dimensión y geografía, habiendo desarrollado proyectos en España, Reino Unido, Italia, Turquía, México y Chile.

El Grupo OPDE tiene como principal tarea la búsqueda de soluciones de generación de energía renovable que sean fiables, seguras y competitivas y su objetivo a medio plazo, como se indica en la Memoria Justificativa presentada, es alcanzar "gridparity" en los países en que opera. Invierte en activos renovables, opera y gestiona activos de terceros y desarrolla proyectos renovables en diversas modalidades.

La mercantil «Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L» (OPDE), participó en la tercera subasta estatal para la asignación de régimen retributivo específico a instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de tecnologías renovables celebrada el 26 de julio de 2017 en la que resultó adjudicataria de un total de 200,000 MW de la tecnología fotovoltaica (Código de Identificación de la Instalación Tipo de Referencia: ITR-0104), no asociados a ninguna instalación concreta, según recoge la Resolución de 27 de julio de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se resuelve el procedimiento de subasta para la asignación del régimen retributivo específico al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 650/2017, de 16 de junio, y en la Orden ETU/615/2017, de 27 de junio.

Por Resolución de 10 de octubre de 2017, de la Dirección General de Política Energética y Minas («Boletín Oficial del Estado» núm. 247, de 13 de octubre de 2017) se inscribieron en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación las solicitudes adjudicatarias de la subasta, figurando la mercantil «Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L», inscrita con la potencia de 200.000 Kw.

Según se dispone en dicha resolución, las solicitudes inscritas en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación deberán atender a lo previsto en los artículos 17 y 18 de la citada Orden ETU/315/2017, de 6 de abril, en relación con la identificación de las instalaciones y acreditación de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones identificadas. El citado artículo 17.2 establece que «la identificación de las instalaciones se debe realizar en el plazo de seis meses desde la fecha de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la resolución por la que se inscriben en el registro de régimen retributivo específico en estado de preasignación a las ofertas adjudicatarias. Transcurrido dicho plazo, la información aportada para la identificación de las instalaciones no podrá modificarse.». Dicho plazo finalizó el 13 de abril de 2018.

En cumplimiento de dicha obligación se ha presentado por las mercantiles promotoras copia de los documentos aportados ante el Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital (MINETAD) justificativos de la identificación de los proyectos de las plantas fotovoltaicas «Los Belos» y «Torrubia» dentro del cupo de la potencia de 200,000 MW adjudicada a la mercantil «Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S.L», no así del proyecto fotovoltaico «El Muelle».

En consecuencia, dado que este proyecto no ha sido identificado en el registro de régimen retributivo específico, no procede impulsar su declaración como inversión de interés autonómico, dado que el mismo incumple el requisito exigido para aplicar el criterio interpretativo segundo establecido en el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 14 de febrero de 2017, esto es, que dichos proyectos sean promovidos por empresas que hayan resultado adjudicatarias en la subasta estatal y dado que ya ha concluido el plazo señalado por la normativa estatal, que dichos proyectos hayan sido identificados en el registro, a efectos de que puedan agilizar sus trámites y cumplir los plazos establecidos en la normativa estatal.

Por lo tanto, la declaración de inversión de interés autonómico solo resulta procedente respecto de los proyectos «Los Belos» de 50,00 MW y «Torrubia» de 50,00 MW, ambos ubicados en los municipios de La Muela y Muel (Zaragoza).

En cuanto al impacto socio económico de dichos proyectos, según los datos incorporados en la memoria justificativa presentada, los promotores estiman que la construcción de las dos plantas fotovoltaicas que se pretenden instalar en nuestra Comunidad Autónoma, con una potencia instalada total que alcanzará los 100,00 MWp, supondrá una inversión aproximada de 80 millones de euros (en torno a un millón de euros por megavatio).

Asimismo, se indica que la zona del término municipal de La Muela tiene entre 1.980 y 2.478 horas solares equivalentes, lo que justifica que los promotores estimen que la generación de energía eléctrica que producirán las dos plantas sea aproximadamente de 158 MWh/año. Desde el punto de vista medioambiental, se considera por los promotores que por cada kWh generado en un parque fotovoltaico, se evita liberar a la atmosfera 7 gramos de CO2.

Además de los beneficios medioambientales que conllevará la producción de energía eléctrica a partir de fuentes renovables, un impacto positivo para la economía local y de Aragón será la creación de empleos directos e indirectos vinculados a la construcción de los parques fotovoltaicos y posteriormente, a su fase de explotación, que ayudará a fijar la población.

Atendiendo a las estimaciones realizadas por las empresas promotoras, durante la construcción de las plantas, entre puestos de trabajo directos e indirectos, se podrán crear en torno a los 7 empleos por MW instalado, y en la fase de explotación, durante sus aproximadamente 25 años de vida útil, se generarán en torno a los 3 empleos de trabajo estable por MW instalado. De acuerdo con dichas estimaciones, en la fase de construcción de las dos plantas fotovoltaicas se crearían unos 700 puestos de trabajo, y en la fase de explotación, en torno a 300 puestos de trabajo estables.

Dichas estimaciones se consideran muy significativas y relevantes para el desarrollo de los municipios de La Muela, y Muel, ubicados en las Comarcas de Valdejalón y Campo de Cariñena, respectivamente, así como en otros municipios próximos.

En virtud de lo expuesto, dado que los proyectos presentados están vinculados a una empresa que ha resultado adjudicataria en la subasta estatal, nos hallamos ante unos proyectos de inversión que cumplen los criterios establecidos por el Gobierno de Aragón en su acuerdo de 14 de febrero de 2017 para poder declarar una inversión de interés autonómico en materia de energía renovable. Como se indica en el acuerdo, la finalidad no es otra que atraer hacia Aragón estas inversiones empresariales al ofrecer una tramitación administrativa preferente y urgente que favorece y facilita la implantación de sus proyectos.

Por otra parte, dichas inversiones cumplen los objetivos de favorecer tanto la producción energética en Aragón, como la creación de riqueza y empleo en el territorio aragonés. Es por ello que cabe afirmar los proyectos de inversión presentados reúnen los requisitos para que puedan ser declarados de interés estratégico para Aragón al amparo del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre.

Así se ha considerado por la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Economía, Industria y Empleo, que tras analizar los proyectos, ha emitido un informe de carácter favorable a la declaración como inversión de interés autonómico de los mismos, siempre que el solicitante aporte documentación justificativa de la identificación de los proyectos de las plantas fotovoltaicas ante el MINETAD, dentro de la potencia adjudicada a la mercantil «Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S. L.». Dicha documentación, como se ha expuesto, se ha aportado en relación con los proyectos fotovoltaicos «Los Belos» y «Torrubia».

En virtud de lo expuesto, en aplicación de los criterios interpretativos establecidos por el Gobierno de Aragón en el acuerdo de 14 de febrero de 2017 y con la finalidad de cumplir el doble objetivo señalado en el mismo de continuar con el desarrollo de políticas públicas para el crecimiento de la energía de origen renovable en Aragón y de facilitar la implantación de proyectos de energías renovables en el territorio aragonés, se considera necesario proceder a declarar los dos proyectos de plantas fotovoltaicas y de sus infraestructuras de evacuación, como una inversión de interés autonómico, con los efectos previstos en los artículos 6 y siguientes del Decreto Ley 1/2008, de 30 de octubre, del Gobierno de Aragón.

En este sentido, hay que indicar que el proyecto de las dos plantas fotovoltaicas cuya declaración de inversión de interés autonómico se ha solicitado, con un total de 100,00 MW de potencia instalada, incide en el desarrollo y potenciación de la energía solar fotovoltaica en Aragón, uniéndose a otros proyectos que se están tramitando en nuestra Comunidad Autónoma y que convertirán a Aragón en una gran potencia en la producción de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica en España.

La declaración de inversión de interés autonómico, conforme ya se ha indicado, conlleva que todos los trámites administrativos vinculados a la autorización y ejecución de los proyectos tendrán un impulso preferente y urgente por parte de las Administraciones Públicas aragonesas, reduciéndose a la mitad los plazos ordinarios de trámite en los procedimientos administrativos previstos en la normativa aragonesa, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, con las especificaciones establecidas en los artículos 10 y 11 del citado Decreto Ley en materia de urbanismo y medio ambiente. La declaración no exime al solicitante del cumplimiento de los requisitos legales exigidos para que se otorguen las autorizaciones necesarias, ni condiciona a la Administración en la aplicación de la normativa legalmente exigible.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del citado Decreto Ley, las declaraciones de inversión de interés autonómico deberán acordarse a propuesta de cualquiera de los miembros del Gobierno de Aragón, en cualquier momento de la tramitación administrativa del expediente, si bien sólo surtirán efectos a partir de la fecha en que se declare el interés autonómico de la inversión. Es competente para el impulso del procedimiento correspondiente el Departamento que lo sea por razón de la materia, en el presente caso, el Departamento de Economía, Industria y Empleo (artículo 7.2).

En consecuencia, a propuesta de la Excma. Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo, previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 24 de abril de 2018, se adopta el siguiente

ACUERDO

PRIMERO. - Declarar como inversiones de interés autonómico, a los efectos previstos en el Decreto Ley 1/2008 de 30 de octubre, de medidas administrativas urgentes para facilitar la actividad económica en Aragón, los siguientes proyectos de inversión de centrales eléctricas de tecnología solar fotovoltaica y sus infraestructuras de evacuación, con una potencia total instalada de 100,00 MW, promovidos por sociedades vinculadas a la mercantil «Otras Producciones de Energía Fotovoltaica, S. L.» (Grupo OPDE):

Segundo.- Publicar el presente acuerdo en el "Boletín Oficial de Aragón".