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ORDEN PRE/778/2016, de 18 de julio, por la que se delega en el Director General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado, la competencia para la aprobación y resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a las Casas y Centros de Aragón y a los miembros de las Comunidades Aragonesas del Exterior.

Publicado el 29/07/2016 (Nº 146)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Mediante Decreto de 1 de junio de 2016, de la Presidencia del Gobierno de Aragón se procede a reasignar determinadas competencias a los departamentos del Gobierno de Aragón, atribuyendo al Departamento de Presidencia las competencias hasta ahora asignadas al Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales en materia de acción exterior.

Como consecuencia de esta modificación en la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma, mediante Decreto 79/2016, de 14 de junio, del Gobierno de Aragón, se modifica el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, de modo que se adapta la estructura orgánica básica a la nueva organización departamental.

Esta modificación en la organización administrativa debe completarse con el correspondiente decreto que lleve a cabo las modificaciones pertinentes en las estructuras de los departamentos afectados donde se procederá a la redistribución de competencias entre los distintos órganos administrativos.

Aprobadas las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las Casas y Centros de Aragón y a los miembros de las Comunidades Aragonesas del Exterior Hasta y hasta tanto se produzca tal modificación, la necesidad de garantizar la adecuada agilidad en la actuación administrativa justifica que el Consejero de Presidencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y del artículo 34 y 35 del Texto refundido de la Ley de Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto 2/2001, de 3 de julio, delegue en el Director General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado la competencia para aprobar la convocatoria así como la proceder a la resolución de las referidas subvenciones

En su virtud, dispongo:

Primero.- Delegar en el Director General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Voluntariado la competencia para la aprobación y resolución de la convocatoria de subvenciones destinadas a las Casas y Centros de Aragón y a los miembros de las Comunidades Aragonesas del Exterior.

Segundo.- La delegación de competencia efectuada por la presente orden se entiende sin perjuicio de que el órgano delegante pueda revocarla en cualquier momento, en los términos establecidos en el artículo 13.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en el artículo 35 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación indicarán expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por el órgano delegante.

Cuarto.- Salvo autorización expresa de una Ley, no podrán delegarse las competencias que se ejerzan por delegación.

Quinto.- Esta orden comenzará a producir sus efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 18 de julio de 2016.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO