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RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2016, del Director General de Personal y Formación del Profesorado, por la que se reconoce como actividad de formación permanente del profesorado el "Encuentro de Investigación Coaching Educativo" promovida por la Asociación Coaching Educación y Formación, a celebrar en la Facultad de Educación de la Universidad de Zaragoza.

Publicado el 21/07/2016 (Nº 140)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El artículo 34 de la Orden de 18 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado, establece que la Dirección General competente en formación permanente del profesorado podrá reconocer, con carácter excepcional, actividades formativas realizadas por entidades colaboradoras que, ajustándose al desarrollo de la previsto en la citada orden, no hayan suscrito convenio ni presentado solicitud en la convocatoria de entidades, cuando se justifique que no existe actividad similar y esté dirigida por mismo perfil de interesados entre las ofertadas para el mismo curso escolar por la Administración o por las entidades colaboradoras.

Con fecha 13 de junio de 2016 se presenta por parte de la Asociación Coaching Educación y Formación la solicitud de reconocimiento como actividad permanente del profesorado el "Encuentro de Investigación Coaching Educativo", a celebrar en Zaragoza, en la Facultad de Educación, los días 20 y 21 de octubre de 2016.

Evaluada la actividad por parte de la Comisión autonómica de Valoración de actividades y comprobado que el proyecto reúne los requisitos del artículo 12 de la citada orden y en virtud de lo dispuesto en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Reconocer 10 horas de formación al profesorado participante en el citado Encuentro.

Segundo.- Para ello, los responsables de la evaluación y seguimiento del Proyecto deberán enviar al Servicio de Formación del Profesorado, en el plazo máximo de dos meses desde la finalización de la actividad, la documentación con los requisitos establecidos en la orden en su artículo 39.

Tercero.- Se procederá posteriormente a los trámites de inscripción en el Registro de Formación del Profesorado y a la emisión de las pertinentes certificaciones.

Cuarto.- Publicar la presente resolución en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Zaragoza, 2 de julio de 2016.

El Director General de Personal y Formación del Profesorado,

TOMÁS GUAJARDO CUERVO