Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 26 de abril de 2022, del Director General de Innovación y Formación Profesional, por la que se autoriza la incorporación de centros públicos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón al Modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lengua Extranjera a partir del curso 2022-2023.

Publicado el 09/05/2022 (Nº 87)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

En el "Boletín Oficial de Aragón", número 101, de 28 de mayo, se publicó la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, por la que regula el Modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lenguas Extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional sexta, se habilita al Director General competente en materia de bilingüismo para que dicte las instrucciones o resoluciones que resulten necesarias para el desarrollo y adecuada ejecución de dicha Orden.

El artículo 1 del Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, recoge que corresponde a dicho Departamento la planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón, así como el ejercicio de las funciones y servicios que corresponden a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de enseñanza, cultura, patrimonio cultural, deporte y política lingüística.

Igualmente, su artículo 10.1.i) señala que corresponde a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional el desarrollo de los programas relacionados con el bilingüismo en los distintos niveles del sistema educativo, así como las acciones de inmersión lingüística del alumnado.

En virtud de lo expresado, una vez llevadas a cabo las actuaciones correspondientes, de conformidad con el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, del Gobierno de Aragón, y dando cumplimiento a lo establecido en la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, resuelvo:

Primero.- Incorporación de centros docentes al Modelo BRIT-Aragón.

1. Se autoriza la incorporación al Modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lengua extranjera en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón, a partir del curso escolar 2022-2023, a los centros docentes públicos relacionados en el anexo a la presente Resolución.

2. El Modelo BRIT-Aragón se implantará en los centros referidos en las condiciones establecidas en la Orden ECD/823/2018, de 18 de mayo, por la que se regula el Modelo BRIT-Aragón para el desarrollo de la Competencia Lingüística de y en Lenguas Extranjeras en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Documentación.

1. Los centros públicos autorizados incluidos en el anexo de esta Resolución deberán elaborar y aprobar, a través de sus órganos colegiados, el Itinerario Bilingüe conforme al modelo que se facilitará a estos centros por la Dirección General de Innovación y Formación Profesional.

2. Una vez aprobado, el Itinerario Bilingüe deberá remitirse, antes del 18 de noviembre de 2022, a la Dirección General de Innovación y Formación Profesional.

Tercero.- Efectos.

La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Cuarto.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", conforme a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 64.1 de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

El recurso de alzada podrá presentarse a través del Registro Electrónico General de Aragón en la dirección https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion, o de forma presencial o electrónica, según proceda, en cualquiera de los registros y oficinas indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Los centros públicos no están legitimados para interponer dicho recurso. No obstante, podrán oponerse a esta Resolución mediante escrito motivado, indicando las razones que fundamentan su pretensión.

Zaragoza, 26 de abril de 2022.

El Director General de Innovación y Formación Profesional,

ANTONIO MARTÍNEZ RAMOS