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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2016, del Director Gerente del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca la provisión, por el sistema de libre designación, del puesto de Subdirector de Tecnología Sanitaria del Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos del Servicio Aragonés de Salud.

Publicado el 29/07/2016 (Nº 146)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE SANIDAD

Texto completo:

La Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado por Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, artículos 25, 26, 42 y disposición adicional segunda del Decreto 23/2016, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad y del Servicio Aragonés de Salud, artículo 43 de la Ley 13/2000, de 27 de diciembre, de Medidas Tributarias y Administrativas, artículo 27 del Decreto 174/2010, de 21 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el reglamento de estructura y funcionamiento de las áreas y sectores del Sistema de Salud de Aragón, artículo 13 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y artículo 20 del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, sobre selección de personal estatutario y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social, convoca por el procedimiento de libre designación el puesto que a continuación se determina, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Objeto de la convocatoria.

La provisión del puesto de Subdirector de Tecnología Sanitaria del Centro de Gestión Integrada de Proyectos Corporativos.

Segunda.- Características del puesto.

Sistema de provisión: Libre designación, conforme a principios de mérito, capacidad y criterios de idoneidad.

Nivel de complemento de destino: El indicado en el anexo I.

Funciones: Las descritas en el anexo I

Desempeño: En régimen de dedicación exclusiva.

Régimen Retributivo: El fijado en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, aprobado por Ley 55/2003, de 16 de diciembre y en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás normativa de aplicación.

Continuidad y permanencia: Su ejercicio estará sujeto a evaluación periódica.

Cese: Podrá ser cesado discrecionalmente por el órgano que acordó su designación.

Tercera.- Requisitos de participación.

Podrá participar en este procedimiento el personal estatutario fijo de los Servicios de Salud, el personal funcionario de carrera incluido en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y el personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón adscrito a los Subgrupos de clasificación A1 o A2, que cumpla los siguientes requisitos:

a) Los generales requeridos por el apartado 5 del artículo 30 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de Salud.

b) Titulación universitaria.

c) Capacidad adecuada para el desempeño del puesto.

d) No encontrarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, profesionales o de la Seguridad Social.

Asimismo, de conformidad con lo previsto en la citada normativa, podrá participar simultáneamente el personal funcionario de carrera, el personal estatutario y el personal laboral que no se encuentre adscrito a los citados subgrupos. También, podrá participar el personal sin vinculación previa a la Administración, que cumpla con los requisitos anteriormente enunciados, con el fin de que el órgano de selección pueda contar con un mayor número de aspirantes que reúnan criterios de idoneidad en el proceso de selección. En estos supuestos, la provisión se formalizará con posterioridad a la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", del correspondiente nombramiento, conforme a lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de personal de alta dirección.

Cuarta.- Solicitudes.

Los interesados en participar en la presente convocatoria, deberán formular su solicitud según modelo que se adjunta en anexo II, dirigida a la Dirección Gerencia del Servicio Aragonés de Salud. Las solicitudes podrán presentarse, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Junto con su solicitud, los aspirantes aportarán fotocopia compulsada del documento nacional de identidad y de la titulación académica, acompañando "curriculum vitae", donde se recoja detalladamente los méritos que acrediten su idoneidad para el desempeño de las funciones del puesto y, en especial, la experiencia profesional y la formación que avalen la citada idoneidad, y los justificantes acreditativos de los méritos alegados. El personal estatutario o laboral fijo o funcionario de carrera, adjuntará su nombramiento, así como fotocopia compulsada de la resolución por la que se declara su actual situación administrativa respecto de la Categoría o Cuerpo de pertenencia.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Quinta.- Resolución de la convocatoria y efectos.

En el plazo máximo de seis meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", se realizará la preceptiva propuesta para su designación por el Consejero de Sanidad y se publicará el correspondiente nombramiento en el "Boletín Oficial de Aragón", que pondrá fin al procedimiento. La provisión del puesto convocado podrá declararse desierta, mediante resolución motivada, cuando no concurran candidatos idóneos para su desempeño. Transcurrido el plazo citado de seis meses sin que se haya publicado resolución alguna, los interesados en el presente procedimiento de provisión mediante libre designación, podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo.

Sexta.- Impugnación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.3 del texto refundido de la Ley del Servicio Aragonés de Salud, aprobado mediante Decreto Legislativo 2/2004, de 30 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 19 de julio de 2016

El Director Gerente del

Servicio Aragonés de Salud,

Javier Marión Buen