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RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de julio de 2016, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de recría de reproductoras con capacidad para 444 UGM (3.700 plazas), ubicada en el polígono 107, parcela 123, del término municipal de Marracos (Zaragoza), y promovida por D.ª Ana Belén Diloy Hernández (Número Expte. INAGA 500601/02/2016/08467).

Publicado el 15/11/2016 (Nº 220)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 23 de agosto de 2016, presenta en este Instituto, D.ª Ana Belén Diloy Hernández, solicitud de modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación, otorgada por Resolución de este mismo Instituto, de 8 de julio de 2016, por modificaciones en las nuevas construcciones autorizadas en dicha resolución, motivada por una mayor economía de recursos y un mejor manejo de la explotación en su conjunto. Aporta documento de la ingeniero técnico agrícola, Rocío Rifaterra Bielsa, consistente en una memoria descriptiva y justificativa de las modificaciones, así como los planos de ubicación y distribución correspondientes.

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de 8 de julio de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se formuló la declaración de impacto ambiental y se otorgó la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de recría de reproductoras con capacidad para 444 UGM (3.700 plazas), ubicada en el polígono 107, parcela 123, del término municipal de Marracos (Zaragoza), y promovida por D.ª Ana Belén Diloy Hernández, y publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 157, de 16 de agosto de 2016 (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/02390).

Segundo.- El promotor solicita, aportando memoria y planos, una modificación consistente en la sustitución de las dos nuevas naves a construir, por una sola de dimensiones 80,75 x 15,20 m; construir un almacén-garaje de 10 x 6 m; ampliar la nueva balsa de purines hasta 2.000 m³ y mantener la fosa de cadáveres existente por ser suficiente su capacidad, 24 m³. Además, el promotor pretende disminuir la capacidad total a 3.536 plazas, 424,32 UGM. Se garantiza el cumplimiento del Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos.

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución del 8 de julio de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de recría de reproductoras con capacidad para 444 UGM (3.700 plazas), ubicada en el polígono 107, parcela 123, del término municipal de Marracos (Zaragoza) en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2 queda redactado de la siguiente manera:

"2. Otorgar la autorización ambiental integrada a D.ª Ana Belén Diloy Hernández, con NIF: 25158627P, para la explotación porcina de recría de reproductores con una capacidad de 424,32 UGM (3.536 plazas) a ubicar en el polígono 107, parcela 123 (segregada de la 48, según SIGPAC), del término municipal de Marracos (Zaragoza), con unas coordenadas UTM ETRS 89, huso 30, de: X = 684.080 - Y = 4.660.480 - Z = 380 m. La presente autorización se otorga con la descripción, condiciones, obligaciones y derechos que se indican a continuación y se considera adaptada a la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales:".

El punto 2.1 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.1. Las instalaciones existentes autorizadas para el desarrollo de la actividad, con código REGA ES509020000001, con capacidad autorizada para 2.000 plazas de cebo de recría de reproductores, se corresponden con: dos naves para cebo, de dimensiones 60 x 14,49 m; una caseta de oficina-vestuarios, de 15 m²; una balsa de agua con 517 m³ de capacidad; un depósito elevado, de 315 m³; una balsa de purín de 2.000 m³ de capacidad; una fosa de cadáveres de 24 m³; badén de desinfección y vallado perimetral.

Las instalaciones proyectadas se corresponden con: una nueva nave para cebo, que albergará la ampliación de capacidad, de dimensiones interiores 80,35 x 14,80 m; una nueva balsa de purines de 2.000 m³ de capacidad y un almacén-garaje, de 10 x 6 m".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 30 de septiembre de 2016.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL