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RESOLUCIÓN de 28 de noviembre de 2017, de la Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía, por la que se publicitan los nuevos modelos de impresos que de manera transitoria se utilizarán en la Comunidad Autónoma de Aragón en las tramitaciones de las instalaciones de protección contra incendios, como consecuencia de variaciones en la legislación básica del Estado.

Publicado el 13/12/2017 (Nº 237)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Por Orden de 25 de noviembre de 2005, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de protección contra incendios y por la que se modifican los requisitos para la autorización de empresas de esta especialidad, se aprobó en el artículo 10 la documentación a aportar para cumplir con este procedimiento en base al Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios aprobado por el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre.

En esta misma orden, en la disposición adicional cuarta, se autoriza a la Dirección General competente en materia de industria para que mediante resolución pueda modificar aspectos formales en los anexos de esta orden que no afecten a las obligaciones impuestas en la misma.

El Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, tiene por objeto la determinación de las condiciones y los requisitos exigibles al diseño, instalación/aplicación, mantenimiento e inspección de los equipos, sistemas y componentes que conforman las instalaciones de protección activa contra incendios y deroga el Real Decreto 1942/1993, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios, la Orden del Ministerio de Industria y Energía, de 16 de abril de 1998, sobre normas de procedimiento y desarrollo del citado real decreto y cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan lo dispuesto en este real decreto.

Al objeto de facilitar los trámites administrativos de estas instalaciones a partir del 12 de diciembre de 2017, fecha de entrada en vigor de este nuevo Reglamento, y considerando la competencia de la Dirección General de Industria, PYMES, Comercio y Artesanía en esta materia, se hace necesario dictar esta resolución, que tendrá carácter transitorio hasta la publicación de la orden donde se establezca el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de protección activa contra incendios reguladas por el nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Por todo ello, resuelvo:

Primero.- Que los expedientes relativos a las instalaciones de protección contra incendios, que con la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, el 12 de diciembre de 2017, se encontraran en trámite, proseguirán hasta su finalización atendiendo a lo dispuesto en la Orden de 25 de noviembre de 2005, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de protección contra incendios y por la que se modifican los requisitos para la autorización de empresas de esta especialidad.

Segundo.- Que en tanto no se ordene un nuevo procedimiento de acreditación del cumplimiento de las condiciones de seguridad industrial de las instalaciones de protección contra incendios, reguladas por el nuevo Reglamento aprobado por Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, la gestión de expedientes sobre dichas instalaciones se realizará mediante el formulario de comunicación E0011, recogido en el anexo I, atendiendo a lo dispuesto en esta resolución y en el nuevo Reglamento de seguridad para instalaciones de protección contra incendios.

Tercero.- Que para la puesta en servicio de las instalaciones de protección contra incendios, objeto del nuevo Reglamento, se establecen los siguientes requisitos documentales:

a) Formulario de comunicación modelo E0011.

b) Proyecto o memoria técnica, según proceda de la instalación realmente ejecutada.

c) Certificado de Instalación de la/s empresa/s instaladora/s de Protección Contra Incendios que ha/n intervenido, firmado por el técnico titulado competente de cada empresa, modelo C0013.

d) Certificado General de Instalación de Protección Contra Incendios, emitido por técnico titulado competente y visado por el Colegio Oficial correspondiente, modelo C0012.

Cuarto.- Establecer el nuevo modelo E0011, recogido en el anexo I de esta resolución, como nuevo formulario de comunicación de las instalaciones de protección contra incendios, reguladas por el nuevo Reglamento aprobado por Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo. Así como los nuevos modelos C0012 y C0013.

Quinto.- Que las comunicaciones mediante los nuevos modelos de formularios recogidos en los apartados anteriores de esta resolución serán obligatorias a partir del 12 de diciembre de 2017.

Zaragoza, 28 de noviembre de 2017.

El Director General de Industria,

Pymes, Comercio y Artesanía,

FERNANDO FERNÁNDEZ CUELLO