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ORDEN de 26 de octubre de 2011, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se convoca el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón durante el año 2011.

Publicado el 22/11/2011 (Nº 230)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Decreto 246/2006 de 19 de diciembre de 2006 del Gobierno de Aragón y su modificación parcial por Decreto 40/2007, de 27 de marzo, se creó el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón.

El artículo 2 del citado Decreto establece que el premio se convocará anualmente, y en la disposición final primera se faculta a la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo del mismo.

Por cuanto antecede, tengo a bien disponer:

Primero.-Se convoca el concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón durante el año 2011, que se regirá por las bases que se adjuntan a la presente Orden.

Segundo.-El plazo de presentación de obras para esta convocatoria finalizará a las 14 horas del día 31 de marzo de 2012.

Tercero.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 26 de octubre de 2011

BASES DEL CONCURSO PARA LA CONCESIÓN DEL PREMIO AL LIBRO MEJOR EDITADO EN ARAGÓN DURANTE EL AÑO 2011

Primera.-Objeto del premio.

El objeto del presente concurso es premiar la mejor labor editorial realizada durante el año 2011, reconociendo así al libro mejor editado por sus características formales.

Segunda.-Requisitos de participación.

Los editores podrán concurrir a este premio con todas aquellas obras que reúnan las siguientes condiciones:

a) Las obras deberán tener la condición de libro.

b) Haber sido editadas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2011.

c) Cumplir los requisitos legales que rigen en las fases de producción y difusión de los libros.

Se considerarán libros editados en Aragón aquéllos realizados por editoriales radicadas en esta Comunidad Autónoma e incluso las coediciones, con independencia del lugar de impresión. La fecha de edición quedará determinada por la fecha de presentación de la obra en el depósito legal.

Quedarán excluidos del concurso:

a) Los libros que carezcan de depósito legal e I.S.B.N.

b) Las reediciones que no aporten mejora o variación sustancial respecto a la edición original.

Tercera.-Premio.

1. Se concederá un solo premio de carácter honorífico, careciendo de dotación económica.

2. El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, a través de la Dirección General de Cultura, dará la mayor difusión posible a los libros premiados dentro de sus acciones de promoción del libro, en especial a través de ferias nacionales e internacionales en las que participe.

3. El editor de la/s obra/s premiada/s podrá hacer uso publicitario de tal circunstancia, indicando en los ejemplares de manera expresa el año que corresponda.

Cuarta.-Solicitudes.

Los editores podrán participar en el concurso con una o varias obras, mediante solicitud cuyo modelo oficial se adjunta. El modelo de solicitud podrá descargarse de la página https://servicios.aragon.es/desforc-web. A la misma se acompañarán:

a) Dos ejemplares de cada obra presentada.

b) En caso de reediciones que supongan mejoras o variaciones respecto a la primera edición, un ejemplar de la primera edición.

c) Una breve descripción argumental de las mismas resaltando los elementos que, a juicio del editor, constituyen los méritos de la publicación (como máximo un folio a dos espacios)

Quinta.-Lugar de presentación.

Las solicitudes se presentarán en las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o bien por cualesquiera de los cauces previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. Se dirigirán a la Dirección General de Cultura, avenida Gómez Laguna, 25, 6ª planta, 50009 Zaragoza.

Sexta.-Plazo de presentación.

El plazo de presentación de las obras finalizará a las 14 horas del día 31 de marzo de 2012.

Séptima.-Jurado.

1.-El fallo del Concurso corresponderá a un Jurado constituido al efecto, presidido por el Director General de Cultura. Formarán parte del mismo el Director del Centro del Libro de Aragón, y tres vocales, designados por el Presidente, entre personas de reconocido prestigio en la materia objeto del premio, uno de ellos será miembro del Consejo Asesor del Libro. Actuará como secretario del Jurado, con voz pero sin voto, el Jefe de la Sección de Gestión y Ediciones.

2.-El Jurado acordará una propuesta de concesión del Premio al libro mejor editado en Aragón durante el año 2011 que será elevada para su aprobación al Gobierno de Aragón.

3.-La propuesta será decidida por el Jurado por mayoría de votos de los miembros que asistan personalmente a las reuniones, pudiendo declarar desierto el premio cuando los libros presentados no reúnan la calidad suficiente.

4.-Como criterio de valoración de las obras el Jurado tendrá en cuenta la conjunción de todos los elementos que intervienen en la edición, pero únicamente podrán ser seleccionados aquellos libros que tengan un elevado nivel en el cuidado general de la misma.

Octava.-Resolución.

La resolución del concurso para la concesión del premio al libro mejor editado en Aragón durante el año 2011 se dictará en el plazo máximo de seis meses contados a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón». El Decreto del Gobierno de Aragón será conforme a la propuesta elevada por el Jurado.

Novena.-Entrega del Premio.

El Premio se entregará en el mismo acto de entrega de los premios literarios convocados cada año por el Gobierno de Aragón, «Miguel Labordeta», «Arnal Cavero», «Guillem Nicolau», y el «Premio a la trayectoria profesional en el sector del libro de Aragón».

Décima.-Difusión.

Los ejemplares de las obras premiadas quedarán en propiedad de la Dirección General de Cultura, a efectos de lo dispuesto en la base tercera, 2 y, posteriormente, serán definitivamente integrados en bibliotecas que se determinen.

Las obras no premiadas quedarán a disposición de los editores propietarios, quienes podrán retirarlas antes del 31 de diciembre de cada año. En caso contrario, serán destinadas a bibliotecas públicas de la Red de la Comunidad Autónoma de Aragón.