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RESOLUCIÓN de 3 de mayo de 2013, del Director General de Ordenación Académica, por la que se modifica la autorización del centro privado "María Inmaculada" de Zaragoza.

Publicado el 20/05/2013 (Nº 96)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Examinado el expediente administrativo instruido a instancia de la representante de la entidad titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "María Inmaculada", con domicilio en Vía Hispanidad, 91-93 de Zaragoza, solicitando la modificación de la autorización para la implantación de tres unidades del nivel educativo de Educación Infantil de 1er ciclo.

Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 9 del Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Modificar la autorización del centro docente privado que se describe a continuación:

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y secundaria

Denominación específica: "María Inmaculada"

Código: 50006803

Titular: RR. de María Inmaculada Misioneras Claretianas

Domicilio: Vía Hispanidad, 91-93

Localidad: Zaragoza

Municipio: Zaragoza

Provincia: Zaragoza

Enseñanzas que se autorizan:

- Implantación de Educación Infantil de Primer Ciclo, 3 unidades:

-1 unidad de 1-2 años / 13 puestos escolares.

-2 unidades de 2-3 años / 40 puestos escolares

Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:

Educación Infantil de Primer Ciclo, 3 unidades y 53 pp.ee.

- 1 unidad de 1 a 2 años, 13 pp.ee.

- 2 unidades de 2 a 3 años, 40 pp.ee.

Educación Infantil de Segundo Ciclo, 6 unidades y 150 pp.ee.

Educación Primaria, 12 unidades y 300 pp.ee.

Educación Secundaria Obligatoria, 9 unidades y 270 pp.ee.

Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para las nuevas enseñanzas autorizadas.

Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Universidad, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.

Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.

Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.

Sexto.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción establecida por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de los artículos 16 y 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.

Zaragoza, 3 de mayo de 2013

El Director General

de Ordenación Académica,

MARCO A. RANDO RANDO