Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ACUERDO de 21 de febrero de 2011, de la Junta de Gobierno de la Comarca de Tarazona y el Moncayo, por el que se aprueban las bases que han de regir la convocatoria para la provisión de una plaza de gerente del Plan de Competitividad Turística.

Publicado el 07/04/2011 (Nº 70)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: COMARCA DE TARAZONA Y EL MONCAYO

Texto completo:

Se va a suscribir próximamente un convenio de colaboración para desarrollar el Plan de Competitividad Turística «Naturaleza y Cultura», entre el Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), el Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Comunidad Autónoma de Aragón, a través de la empresa pública «Sociedad de Promoción y Gestión del Turismo Aragonés, S. A.U.» (Turismo de Aragón), la Comarca de Tarazona y el Moncayo, la Asociación de Comercio, Servicios e Industria de Tarazona y la Asociación de Casas Rurales del Moncayo.

Este convenio tiene una duración de cuatro años y se cofinancia por las tres Administraciones Públicas firmantes. El total de inversión prevista para todo el periodo es de 2.300.001,00 euros.

El Plan tiene la finalidad de impulsar el turismo de naturaleza y el patrimonio cultural en la Comarca de la Comarca de Tarazona y el Moncayo aprovechando los recursos del Parque Natural de Moncayo y los entornos del Monasterio de Veruela y la Ciudad de Tarazona, respetando en todo momento la triple sostenibilidad que debe observar su desarrollo (social, medioambiental y económico).

La dirección del Plan de Competitividad corresponde a la Comisión de Seguimiento, formada por las partes que han suscrito el convenio.

La cláusula Novena del convenio dice:

«1. Para la puesta en práctica de las actuaciones del presente convenio, la Administración ejecutora podrá contar con una Gerencia del Plan, que no tendrá personalidad jurídica y que actuará como órgano de apoyo a la Comisión de Seguimiento.

La Gerencia dependerá a todos los efectos de la Comisión de Seguimiento...

4. Antes de la firma del presente Convenio, la Administración ejecutora procederá a convocar el puesto de gerente, por uno u otro sistema.

No obstante, la designación entre el personal de la administración ejecutora o la adjudicación externa de la gerencia no se llevará a cabo hasta que se haya constituido la Comisión de Seguimiento y ésta lo haya autorizado. La Administración ejecutora podrá imputar los gastos derivados del procedimiento de selección externa del gerente a las correspondientes presupuestos del Plan, una vez firmado el convenio.»

Por todo lo anterior, las presentes bases regirán el proceso de selección del gerente:

Primera.-Normas Generales.

El objeto de la convocatoria es la contratación de una persona física, mediante contrato de alta dirección, durante el tiempo de desarrollo del Plan de Competitividad. La remuneración anual por los servicios de gerente será de 36.000 euros, a abonar en doce pagas anuales.

Segunda.-Funciones del puesto de trabajo.

Las funciones a desarrollar por la Gerencia, de acuerdo a la cláusula novena del Convenio, serán:

1. Impulsar las actuaciones del Plan.

2. Difundir los objetivos y las actuaciones del Plan.

3. Efectuar propuestas de actuaciones.

4. Procurar la coordinación del Plan con otras actuaciones que puedan llevar a cabo en la zona las administraciones representadas en el Convenio.

5. Recabar la documentación precisa para la justificación de las actuaciones del Plan y en particular la referida al FEDER en los casos en que sea preciso.

6. Ejercer la secretaría de la Comisión de Seguimiento y del Plan.

7. Cualquier otra que le asigne la Comisión de Seguimiento.

Dado el carácter itinerante de la plaza, que desarrollará sus funciones en los municipios integrantes de la Comarca, los desplazamientos se realizarán por sus propios medios, abonándose, con cargo al Plan de Competitividad, los gastos derivados de los desplazamientos efectuados en el desarrollo de sus funciones.

Tercera.-Condiciones contractuales del puesto de trabajo.

a) La contratación se efectuará con la categoría profesional de Gerente, mediante un contrato de alta dirección, regulado por el art. 13 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como en el R.D. 1382/1985, de 1 de agosto, por el que se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

b) La duración del contrato será por el tiempo de vigencia del Plan y hasta la finalización del mismo, incluidas las prórrogas, si las hubiere.

c) Se establecerá un periodo de prueba inicial de seis meses.

d) El desempeño de los servicios de gerente será incompatible con el ejercicio de cualquier otra actividad remunerada pública o privada.

e) El régimen de trabajo, en cuanto a tiempo de trabajo y descanso, será de dedicación especial, ya incluida en la retribución fijada, por lo que podrá desempeñarse en jornada flexible, siempre que la adecuada prestación del servicio lo recomiende, y podrá ser requerido para el servicio fuera de su horario habitual.

Cuarta.-Perfil necesario.

El perfil necesario para desempeñar el puesto de Gerente es el de una persona con capacidad de planificación estratégica, autonomía e iniciativa en el desempeño de sus funciones, capacidad de liderazgo de los agentes locales y de relación y negociación con operadores nacionales y extranjeros, así como con altos responsables de las Administraciones públicas.

Quinta.-Requisitos de los aspirantes.

Podrán tomar parte en las pruebas selectivas todos aquellos aspirantes que reúnan, en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, las condiciones siguientes:

a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.

b) Tener la nacionalidad española, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.

c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas

d) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del título oficial de Diplomado Universitario o superior, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

f) En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación, adjuntándose además al título su Traducción Jurada.

g) Permiso de conducir B1.

h) Cumplir la obligatoriedad del carácter itinerante del puesto de trabajo por sus propios medios.

i) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo a realizar.

j) No haber sido separado o suspendido mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

k) Aceptar las bases de esta convocatoria y comprometerse a desarrollar las funciones y tareas propias del puesto de trabajo.

Sexta.-Presentación de solicitudes.

Las solicitudes requiriendo tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las presentes bases generales, se dirigirán al Sr. Presidente de la Comarca de Tarazona y el Moncayo y se presentarán en el Registro General de la Comarca de Tarazona y el Moncayo, en Avda. de La Paz 6 Portal 8 Local-1 en Tarazona (50.500), en horario de oficina de 9:00 a 15:00 horas o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».

A la solicitud se acompañará:

a) Fotocopia del DNI o NIE, o documentación equivalente en su caso.

b) Fotocopia de la titulación exigida.

c) Copia del resguardo bancario que acredite haber abonado en concepto de tasa por derechos de examen la cantidad de 6,00 € (seis euros), en la cuenta corriente nº 2085 1119 5103 3011 2988 de la Comarca de Tarazona y el Moncayo, especificando que se trata del presente proceso de selección y haciendo constar la identificación del opositor.

d) Fotocopia del permiso de conducir

e) Sobre cerrado indicando la identificación del opositor y la convocatoria, en el que se incluirá la siguiente documentación:

a. Currículum vitae.

b. Documentación acreditativa de los méritos y circunstancias que se aleguen para la fase de concurso, y que deben ser valorados de acuerdo al baremo establecido.

No se valorarán aquellos méritos que no sean debidamente acreditados documentalmente.

Séptima.-Admisión y exclusión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Comarca dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la. Provincia de Zaragoza y en el tablón de anuncios de la Comarca, concediendo un plazo de diez días para la subsanación.

Transcurrido el plazo de subsanación por la Presidencia se dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la. Provincia y en el Tablón de Edictos de la Comarca.

En el supuesto de que no se presentaran escritos de subsanación de tales defectos, la lista de admitidos y excluidos se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de dictar nueva resolución, lo que se anunciará en el tablón de edictos de la Comarca.

En la misma publicación se hará constar el lugar, fecha y hora en que habrán de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para posteriores ejercicios se hará mediante la publicación en el tablón de anuncios de la entidad; en este supuesto, los anuncios de la celebración de las sucesivas pruebas se harán públicos por el órgano de selección en los locales donde se haya celebrado la prueba anterior, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de este, si se trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. En la misma publicación se indicará el nombramiento de los miembros del Tribunal.

Octava.-Tribunal calificador.

La composición del Tribunal calificador, de acuerdo con lo previsto en el art. 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y estará constituido de la siguiente forma:

- Presidente: Secretaria-Interventora de la Comarca de Tarazona y el Moncayo.

- Secretario: Será secretario el de uno de los Ayuntamientos que integran la Comarca.

- Vocales: Un técnico de Turespaña. Un técnico del Departamento de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno de Aragón. Un representante de la Asociación de Comercio, Servicios e Industria de Tarazona. Un representante de la Asociación de Casas Rurales del Moncayo. Un Gerente del Plan de Dinamización del Producto Turístico de otra Comarca.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. La pertenencia al Tribunal calificador será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

Podrá disponerse la incorporación de asesores especialistas para todas o alguna de las pruebas, quienes colaborarán con el órgano de selección, exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y tendrán voz, pero no voto.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar, sin la asistencia de más de la mitad de los miembros titulares o suplentes, indistintamente, siendo necesaria la presencia del Presidente y del Secretario. Las decisiones se tomarán por mayoría. Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto.

Los miembros suplentes nombrados para componer el Tribunal calificador podrán actuar indistintamente con relación al respectivo titular, excepto una vez iniciada la sesión, en la que no se podrá actuar alternativamente.

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 28 y 29 de la Ley 39/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El Tribunal tendrá la categoría que corresponda al Grupo funcionarial al que se asimila la plaza. Los gastos de selección de la plaza de Gerente serán con cargo al Plan y a los efectos de percepción de asistencias por parte de sus miembros, corresponderá lo establecido en los arts. 29 a 32 de Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de los resultados.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse con la interpretación de la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como lo que deba hacerse en los casos no previstos, serán resueltas por el Tribunal, por mayoría. Las presentes bases se interpretarán en el sentido finalista que mejor garantice la preservación de los principios de igualdad, mérito y capacidad.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará, por razón de analogía y en cuanto sea posible, a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y procedimiento común.

Novena.-Procedimiento de selección.

Los aspirantes serán convocados en llamamiento único, siendo excluidos del proceso quienes no comparezcan, salvo causa de fuerza mayor debidamente acreditada y libremente apreciada por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

Los candidatos deberán acudir provistos del DNI o, en su defecto, pasaporte o carné de conducir.

Si en cualquier momento del proceso de selección llegará a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Presidente de la Corporación, indicando las inexactitudes o falsedades a los efectos procedente.

Constará de dos fases:

Primera Fase: Será previa a la valoración de méritos. Consistirá en la realización de una prueba teórica eliminatoria, que planteará el Tribunal para los aspirantes.

Esta prueba consistirá en la elaboración de un proyecto de gestión de alguna de las actuaciones previstas en el Plan de Competitividad aprobado, en la que se valorará los conocimientos sobre los recursos materiales, humanos y administrativos, la capacidad de planificación de las actuaciones a llevar a cabo, así como la coordinación con los diferentes agentes e instituciones públicas y privadas.

El candidato expondrá y defenderá el proyecto elaborado ante el Tribunal, cuyos miembros podrán dirigir cuantas preguntas consideren procedentes, tanto respecto al contenido del proyecto, como del perfil del candidato. Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de diez puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de cinco puntos para poder pasar a la siguiente fase.

Segunda Fase: Valoración de Méritos:

Los/as aspirantes que hayan superado la primera fase, pasarán a la fase de valoración de méritos, en la que serán valorados aquellos méritos que hayan sido debidamente acreditados de acuerdo al siguiente baremo (hasta un máximo de 10 puntos):

Titulación académica de rango superior a la exigida para el acceso, que acredite conocimientos especializados en áreas directamente relacionadas con el puesto a cubrir (Máximo 1 punto):

a) Licenciatura 0,5 por titulación.

Experiencia (Máximo 4 puntos): Se acreditará mediante certificación expedida por el Organismo Público o Entidad Privada, en el que deberá constar años, meses y días de servicio, así como el puesto que desempeñó.

a) Experiencia en el sector turístico, en áreas de desarrollo rural o en gestión pública del turismo, a razón de:

- 0,10 puntos por mes de servicios prestados en cualquier entidad de la administración pública en la gerencia de planes de excelencia y/o dinamización turística, o programas equivalentes, creación, promoción y comercialización de productos turísticos, culturales, mercados nacionales, gestión pública del turismo, promoción de servicios turísticos.

- 0,05 puntos por cada mes de servicio prestado en cualquier entidad privada en funciones de gerencia de planes de excelencia y/o dinamización turística, o programas equivalentes, creación, promoción y comercialización de productos turísticos, culturales, mercados nacionales, gestión pública del turismo, promoción de servicios turísticos.

b) Otra experiencia relacionada con la plaza objeto de la presente convocatoria o con la tramitación de procedimientos administrativos en materia de contratación, a razón de:

- 0,10 puntos por mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública que preste servicios en el ámbito territorial de la Comarca de Tarazona y el Moncayo.

- 0,05 puntos por mes de servicios prestados en cualquier Administración Pública.

- 0,02 puntos por mes de servicios prestados por cuenta ajena en cualquier entidad privada, en funciones propias de la categoría profesional y puesto de la plaza convocada.

Cuando los meses no sean completos, se computará la proporción de cada mes de servicios prestados.

Todas las certificaciones deberán estar expedidas en castellano o, en el caso de estar expedidas en otra lengua, debidamente traducidas.

Formación (Máximo 3 puntos): Cursos oficiales recibidos relacionados directamente con las funciones del puesto de trabajo: gestión de proyectos, idiomas, arte y patrimonio cultural, desarrollo, conocimientos ofimáticos...

De menos de 20 horas: 0,05 puntos.

De 20 a 40 horas: 0,10 puntos.

De 41 a 60 horas: 0,15 puntos.

De 61 a 80 horas: 0,20 puntos.

De 81 a 100 horas: 0,25 puntos.

De 101 de 200 horas: 0,5puntos.

Más de 200 horas: 1 puntos.

Los cursos se acreditarán mediante fotocopia del diploma o título expedido en el que conste el número de horas lectivas del curso y el organismo oficial que lo impartió. En el caso de cursos no completados, se computará la parte proporcional, siempre que se acredite mediante certificación.

Todas las certificaciones deberán estar expedidas en castellano o, en el caso de estar expedidas en otra lengua, debidamente traducidas.

Otros Méritos (máximo 2 puntos):

- Actividad docente:

Cursos oficiales impartidos relacionados directamente con las funciones del puesto de trabajo: gestión de proyectos, arte y patrimonio cultural....

De menos de 20 horas: 0,05 puntos.

De 20 a 40 horas: 0,10 puntos.

De 41 a 60 horas: 0,15 puntos.

De 61 a 80 horas: 0,20 puntos.

De 81 a 100 horas: 0,25 puntos.

De 101 de 200 horas: 0,5puntos.

Más de 200 horas: 1 puntos.

Los cursos impartidos se acreditarán mediante fotocopia del certificado acreditativo expedido por el organismo oficial correspondiente.

- Actividad investigadora:

Publicaciones (libros, revistas, artículos, ponencias, etc.) en materias relativas a "Naturaleza y Cultura".

Las publicaciones se acreditarán con una fotocopia de la publicación haciendo referencia al medio o editorial en que se ha publicado.

Décima.-Calificaciones

La calificación final del proceso selectivo quedará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

Las calificaciones se harán públicas en el mismo día en que se acuerden y serán expuestas en el tablón de anuncios de la Comarca de Tarazona y el Moncayo.

Undécima.-Lista de aprobados

Concluidas cada una de las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en los lugares de examen, así como en la Sede Comarcal, la relación de aspirantes que hayan superado cada una de ellas.

Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal elevará al Presidente de la Comarca, copia del acta de la última sesión en la que constará la relación definitiva de aspirantes aprobados, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones de cada uno de los ejercicios y la suma total, la cual será tenida en cuenta para cubrir el puesto de Gerente, en caso de vacante. Esta relación será hecha pública por el Tribunal en el lugar de celebración del último ejercicio y en la Sede de la Comarca.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. Cualquier propuesta que contravenga lo anteriormente establecido será nula de pleno derecho.

Duodécima.-Presentación de documentos y Nombramiento

Los aspirantes propuestos presentarán en el Área de RR.HH. de la Comarca, dentro del plazo de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación del nombre de la persona aprobada en el lugar indicado en estas bases, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del DNI o asimilable legalmente.

b) Copia autentificada o fotocopia compulsada del Título exigido o resguardo justificativo de haber solicitado su expedición.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia judicial firme.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

Si dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, los aspirantes propuestos no presentaran su documentación o no reunieren los requisitos exigidos, no podrán ser contratados y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia. En este caso, la Presidencia de la Comarca de Tarazona y el Moncayo, requerirá al Tribunal para que formule propuesta de contratación a favor del aspirante siguiente en la lista, el cual previo cumplimiento de los requisitos previstos en la convocatoria, será resuelta su contratación. A estos efectos, el plazo de presentación de documentación podrá reducirse a la mitad.

El candidato seleccionado, una vez presentada la documentación señalada en la base anterior, será contratado con carácter temporal en la modalidad de alta dirección, de acuerdo con lo establecido en estas bases.

La Resolución de Presidencia contratando al personal, se publicará en el Tablón de Edictos de la Comarca, una vez cumplidos los trámites anteriores, con expresión, en su caso, del recurso o recursos pertinentes y a los efectos previstos en el artículo 59.5.b) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Decimotercera.-Impugnación

Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Así mismo, la Jurisdicción competente para resolver las controversias en relación con los efectos y resolución del contrato laboral será la Jurisdicción Social.

Contra la convocatoria y sus bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por lo interesados recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Presidencia, previo al contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Zaragoza, a partir del día siguiente al de publicación de su anuncio en el Boletín Oficial de la. Provincia de Zaragoza (art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

Decimocuarta.-Publicación

Publíquese esta convocatoria de pruebas selectivas y de sus correspondientes bases en el «Boletín Oficial de Aragón» - Sección Zaragoza y en el tablón de anuncios de esta Comarca, de conformidad con el artículo 6 del Real Decreto 896/1191, de 7 de junio.

De acuerdo a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, pueden interponerse alternativamente recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso administrativo en la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación de las mismas en el BOPZ. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido una desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime pertinente.