Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/2087/2017, de 10 de noviembre, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón, el Parque Tecnológico Walqa, S.A., la Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno en Aragón y la Asociación Española de Pilas de Combustible (APPICE), para la celebración en el Parque Tecnológico Walqa (Huesca) del Congreso Iberoamericano del Hidrógeno y Pilas de Combustible - IBERCONAPPICE 2017.

Publicado el 22/12/2017 (Nº 244)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0153 el convenio de colaboración suscrito, con fecha 18 de octubre de 2017, por la Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón la Directora Gerente de Parque Tecnológico Walqa, S.A., y la Presidenta de la Asociación Española de Pilas de Combustible, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 10 de noviembre de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN, EL PARQUE TECNOLÓGICO WALQA, S.A., LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS DEL HIDRÓGENO EN ARAGÓN y LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE PILAS DE COMBUSTIBLE (APPICE), PARA LA CELEBRACIÓN EN EL PARQUE TECNOLÓGICO WALQA (HUESCA) DEL CONGRESO IBEROAMERICANO DE HIDRÓGENO Y PILAS DE COMBUSTIBLE - IBERCONAPPICE 2017

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Marta Gastón Menal, en su calidad de Consejera de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, en virtud del Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que dispone su nombramiento, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo de este órgano de fecha 17 de octubre de 2017, y en calidad de Presidenta del Patronato de la Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno en Aragón, con N.I.F. G-22280010, y domicilio en Parque Tecnológico Walqa, Ctra. Zaragoza-Huesca, N-330a, km 566 Cuarte (Huesca), de conformidad con lo previsto en los Estatutos de la Fundación, según su artículo 15.

De otra parte,

D.ª Cristina de la Hera Pascual, actuando en calidad de Directora Gerente de la sociedad mercantil autonómica "Parque Tecnológico Walqa, S.A.", con N.I.F. A-22266217 y domicilio en Ctra. Zaragoza-Huesca, N-330a, km 566 Cuarte (Huesca), en nombre y representación de la misma, y de conformidad con el otorgamiento de poderes adoptado por el Consejo de Administración de la sociedad, en reunión celebrado el día 23 de noviembre de 2015.

Y D.ª Loreto Daza Bertrand, Presidente de la Asociación Española de Pilas de Combustible (APPICE), nombrada en la Junta General de 13 de octubre de 2004, y renovada en el cargo en la Junta General de 20 de abril de 2016. Esta Asociación está inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el número de Registro 169804, con domicilio en C/ Utrecht 3, 28232 Las Rozas de Madrid (Madrid), y con NIF G83413864.

Todas las partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio y de común acuerdo

Primero.- La promoción de las tecnologías del hidrógeno viene siendo desde el año 2003 una línea estratégica fundamental, de los sucesivos Gobiernos de nuestra Comunidad Autónoma, en materia energética y, particularmente en materia de política industrial, con una clara apuesta por las pequeñas y medianas empresas y sectores como el de fabricación de vehículos y material de transporte, químico, energético, y en sintonía con la apuesta por la actividad logística, para permitir a nuestro sector industrial tomar una ventaja competitiva y aprovechar las oportunidades de las nuevas motorizaciones y nuevos combustibles.

Segundo.- El Gobierno de Aragón en consonancia con las políticas europeas en materia energética e industrial y de I+D+i, continua impulsando la investigación y el desarrollo tecnológico en torno al hidrógeno, que nos ha situado como uno de los territorios de referencia en esta materia, nueva tecnología emergente que podría reemplazar a una gran parte de los actuales sistemas basados en combustibles fósiles, constituyéndose como vector energético para almacenar la energía procedente de cualquier fuente energética que sea capaz de generar energía eléctrica, especialmente la producida a partir de energías renovables.

Consecuentemente con lo expuesto, el Gobierno de Aragón a través del Departamento competente en materia de industria es miembro de la Asociación Española de Pilas de Combustible (APPICE) desde el año 2004.

Tercero.- El Decreto 133/2017, de 5 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía, Industria y Empleo, establece que corresponde a este Departamento, en el marco de las competencias atribuidas en el Estatuto de Autonomía de Aragón, entre otras materias, el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma en materia de actividad industrial, fomento a la Pequeña y Mediana Empresa y la ordenación, gestión, planificación e inspección en materia energética.

Cuarto.- La sociedad mercantil autonómica "Parque Tecnológico Walqa, S.A.", en adelante PT Walqa, fue crea mediante el Decreto 299/2002, de 17 de septiembre, del Gobierno de Aragón.

Según consta en sus estatutos, la empresa pública PT Walqa se rige por sus estatutos sociales, por la legislación relativa a las sociedades anónimas y demás normas de derecho privado, sin perjuicio de las reglas específicas que figuran en la legislación reguladora de la organización y funcionamiento de la Administración Pública aragonesa, y en la legislación de hacienda y patrimonio de la Comunidad Autónoma.

El objeto social, según el artículo 2.º de sus estatutos, es la promoción, gestión, explotación y adquisición de las edificaciones complementarias que se ubiquen en dicho parque, así como la venta, cesión y adjudicación, por cualquier título, de parcelas y terrenos propiedad de la sociedad gestora del PT Walqa.

Es, asimismo, objeto de la sociedad llevar a cabo las tareas técnicas y económicas tendentes a la promoción y gestión del PT Walqa en Huesca, mediante la captación y asentamiento en el mismo de empresas y entidades de investigación, innovación, desarrollo o producción singular de tecnología aplicada, preferentemente en el sector de las tecnologías de la información y comunicación.

De la misma manera, también podrá dedicar su actividad la formación de personal, en todos los ámbitos de la actividad empresarial.

PT Walqa tiene personalidad jurídica propia, con plena capacidad jurídica de obrar a través de sus representantes.

Quinto.- La Fundación para el Desarrollo de las Nuevas Tecnologías del Hidrógeno en Aragón, en adelante la Fundación, es una fundación privada cuyos objetivos son desarrollar las nuevas tecnologías relacionadas con el hidrógeno y las energías renovables, promocionar la incorporación de Aragón a las actividades económicas relacionadas con la utilización del hidrógeno como vector energético, y propiciar la investigación, el desarrollo tecnológico, cogeneración, adaptación industrial, contribuyendo a la modernización industrial y la mejora de la competitividad. Las actividades de la Fundación están orientadas hacia lograr el reconocimiento de Aragón como un actor de prestigio en lo relativo a las nuevas tecnologías de hidrógeno, favorecer la adaptación de las pequeñas y medianas empresas para situarlas en la cabeza de la innovación en las nuevas tecnologías del hidrógeno, incorporar a las energías renovables en los nuevos productos y procesos industriales, como motor de crecimiento y modernización, y organizar actividades que fomenten el conocimiento por el empresario y el público en general de los fines y consecuencias de la incorporación de Aragón a las actividades económicas relacionadas con la utilización del hidrógeno como vector energético.

Consecuentemente con lo expuesto, la Fundación es miembro de la Asociación Española de Pilas de Combustible (APPICE) desde el año 2004.

Sexto.- La Asociación Española de Pilas de Combustible (APPICE), en adelante APPICE, representa a nivel nacional al emergente sector de las tecnologías del hidrógeno y pilas de combustible, tiene por objetivo fomentar el desarrollo de las tecnologías del hidrógeno así como promover el desarrollo de las pilas de combustible desde la investigación básica hasta su comercialización. Sus actividades incluyen las de información y divulgación, representación, experiencia y promoción, reglamentación, y educación. Adicionalmente, ejecuta y promueve actividades de investigación científica y desarrollo tecnológico, y colabora con otras administraciones, empresas y entidades sin ánimo de lucro en el proceso de innovación tecnológica y en la mejora de la competitividad regional.

Séptimo.- APPICE organiza el Congreso Iberoamericano de Hidrógeno y Pilas de Combustible IBERCONAPPICE, anteriormente Congreso Nacional de Pilas de Combustible CONAPPICE, habiéndose celebrado hasta la fecha las siguientes ediciones: CONAPPICE 2004 en San Sebastián (13-15 octubre); CONAPPICE 2006 en Madrid (18-20 octubre); CONAPPICE 2008 en Zaragoza (24-26 septiembre), en la que se contó con la colaboración y Patrocinio del Gobierno de Aragón; CONAPPICE 2010 en Sevilla (16-18 junio); CONAPPICE 2012 en Madrid (21-23 noviembre); IBERCONAPPICE 2014 en Barcelona (15-17 octubre); IBERCONAPPICE 2016 en Málaga (20-22 abril).

Octavo.- La Junta Directiva de APPICE adoptó en reunión celebrada el 10 de febrero de 2017 la decisión de seleccionar la candidatura de Huesca para albergar la próxima edición del Congreso Iberoamericano de Hidrógeno y Pilas de Combustible - IBERCONAPPICE 2017, que se celebrará del 17 al 20 de octubre.

Por todo lo expuesto, acuerdan formalizar el presente convenio de Colaboración, con sujeción a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- El objeto del presente convenio es el de establecer los términos de colaboración entre el Gobierno de Aragón, APPICE, PT Walqa y la Fundación para la celebración en el Parque Tecnológico Walqa, Huesca, del Congreso Iberoamericano de Hidrógeno y Pilas de Combustible - IBERCONAPPICE 2017.

Segunda.- APPICE reconocerá a Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, al PT Walqa y a la Fundación como entidades colaboradoras del Congreso, lo que supone que la denominación del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón, del PT Walqa, S.A. y de la Fundación y sus logotipos aparecerán en los diversos medios y soportes de difusión asociados al Congreso (Web, trípticos, etc.) tal como se establece en la cláusula novena.

Tercera.- PT Walqa aportará, para el correcto desarrollo del Congreso, el recinto y espacio donde se celebrará el Congreso dotados de mobiliario, equipos audiovisuales, iluminación, señalización del recinto y sonido, así como los espacios necesarios para la celebración de reuniones auxiliares y similares.

Los servicios de azafatas, traducción y otros de apoyo, decoración del espacio, cartel propio para el Congreso, apoyo a los ponentes y asistentes al Congreso, dirección, gestión y secretaría técnica y administrativa del Congreso serán asumidos por APPICE.

Cuarta.- Al objeto de colaborar en la organización del Congreso, hasta tres representantes del Departamento de Economía, Industria y Empleo y dos de la Fundación formarán parte del Comité Organizador del Congreso.

Quinta.- La Fundación facilitará la sede para la celebración de las reuniones que los distintos comités quieran celebrar en el PT Walqa, facilitando los recursos técnicos necesarios para la celebración de las mismas.

Sexta.- APPICE en reconocimiento al Gobierno de Aragón por la colaboración prestada para la celebración del Congreso considerará como miembro del Comité de Honor del Congreso al Excelentísimo Sr. Presidente del Gobierno de Aragón y a la Excelentísima Sra. Consejera de Economía, Industria y Empleo. APPICE, en reconocimiento a la ciudad de Huesca por acoger el Congreso ofrecerá al Excelentísimo Sr. Alcalde de Huesca ser miembro del Comité de Honor del Congreso.

Séptima.- Tanto el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, como PT Walqa y la Fundación colaborarán con la organización del Congreso en lo referente al establecimiento de los contactos que sean necesarios con las autoridades, entidades y empresas aragonesas.

Octava.- Tanto el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía, Industria y Empleo, como PT Walqa, S.A. y la Fundación publicitarán el Congreso a través de su página web. La Fundación publicitará así mismo el Congreso a través de su boletín electrónico y en los actos que realice.

Novena.- La Logomarca del Gobierno de Aragón figurará en todas las acciones de comunicación, publicidad e identificación, que se realicen en relación con el objeto de este convenio, tal y como se desprende de lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa y normativa reguladora aplicable. APPICE deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Décima.- APPICE facilitará al Departamento de Economía, Industria y Empleo, a la Fundación y al PT Walqa, para cada entidad, un máximo de 2 invitaciones al Congreso completo y un máximo de 20 pases para las sesiones de apertura y de clausura. Dichas invitaciones y pases serán facilitados al menos con quince días de antelación al inicio del Congreso. Al objeto de poder realizar el registro en el Congreso sin pago alguno y con la necesaria agilidad, las tres entidades facilitarán previamente a APPICE el listado de las personas con derecho a cada uno de estos tipos de invitación.

Undécima.- Los ingresos por posibles patrocinios y por las cuotas de inscripción serán percibidos por APPICE como entidad organizadora del Congreso.

Duodécima.- Este convenio no supone compromiso económico alguno entre las partes y no generará, ni dará lugar, para el Departamento de Economía, Industria y Empleo, a contraprestaciones financieras que requieran, en su caso, de otros acuerdos y formalidades, ni supondrá coste económico adicional al Gobierno de Aragón.

Decimotercera.- Al objeto de establecer, facilitar, acelerar, coordinar, realizar el seguimiento, y evaluar las actuaciones necesarias para el correcto cumplimiento de los fines de este convenio se crea una Comisión Mixta integrada por las siguientes personas en función del cargo que ocupan:

- D. Javier Navarro Espada, Asesor Técnico del Departamento de Economía, Industria y Empleo del Gobierno de Aragón.

- D.ª Cristina de la Hera Pascual, Directora Gerente de PT Walqa.

- D. Fernando Palacín Arizón, Director Gerente de la Fundación.

- D.ª Loreto Daza Bertrand, Presidente de APPICE.

Podrán participar en las reuniones de la Comisión responsables de las entidades que la forman y expertos externos, a propuesta de los representantes de cualquiera de las partes, cuando deban tratarse temas que requieran su presencia o asesoramiento.

La Comisión Mixta se reunirá cuantas veces sean precisas para el seguimiento del convenio y de la organización y desarrollo de IBERCONAPPICE 2017, y se dotará de un secretario designado entre los miembros de la comisión que levantará acta de sus acuerdos.

Decimocuarta.- Se le atribuyen a la Comisión Mixta las facultades para resolver todo tipo de controversias que puedan surgir entre las partes en relación con la interpretación o ejecución de este convenio de Colaboración.

Corresponderán específicamente a la Comisión Mixta las siguientes funciones:

a) Proponer cuando fuera preciso el programa de actuaciones conjuntas y los medios necesarios para el adecuado desarrollo y buen fin del objeto del presente convenio.

b) Realizar el seguimiento de lo acordado en este convenio y dirimir las cuestiones controvertidas, resolviendo los conflictos que puedan surgir.

Decimoquinta.- El incumplimiento de alguna obligación dimanante del convenio, cuando sea imputable a una de las partes, dará lugar a responsabilidad de la parte infractora. La parte agraviada podrá solicitar la rescisión del convenio. Las responsabilidades pertinentes se exigirán, en primera instancia, a través de la Comisión Mixta.

Cuando el incumplimiento de alguna obligación haya venido motivado por alguna causa comúnmente aceptada como fuerza mayor, la parte afectada no incurrirá en responsabilidad, si bien deberá notificar, a la mayor brevedad posible, a la otra parte, la aparición de tales causas, así como su cesación. En tales supuestos, la Comisión Mixta adoptará las decisiones que considere adecuadas.

Decimosexta.- Ninguna de las partes podrá ceder, transferir, sustituir o subrogar a terceros en los derechos y obligaciones contraídos en virtud del presente convenio sin el consentimiento expreso de la otra parte.

Decimoséptima.- Las Partes quedan excluidas expresamente de cualquier reclamación por lucro cesante, daños indirectos o consecuenciales derivados del cumplimiento o incumplimiento del presente convenio, excepto por aquellos daños derivados de dolo, en los términos del derecho español.

Decimoctava.- El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido de la aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo dispuesto en su artículo 4.1.d).

La competencia para conocer de las discrepancias que pudieran surgir entre las partes sobre la interpretación y ejecución del presente convenio serán sometidas a la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, con renuncia expresa de las partes a su propio fuero si lo tuvieran.

Decimonovena.- El presente convenio comenzará a aplicarse a partir de la fecha de su firma y tendrá su duración vinculada al correcto y completo cumplimiento de sus acuerdos y en todo caso su vigencia no será superior al 31 de diciembre de 2017.

Vigésima.- Las menciones genéricas en masculino que aparecen en el texto del presente convenio se entenderán referidas también a su correspondiente femenino.

Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, firman por duplicado el presente convenio en Zaragoza a 18 de octubre de 2017.