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ORDEN de 3 de noviembre de 2015, del Consejero de Presidencia, por la que se dispone la publicación del convenio específico, para el año 2015, del Protocolo general de colaboración, suscrito el 2 de junio de 1999, entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y el Gobierno de Aragón.

Publicado el 17/11/2015 (Nº 222)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2015/1/0055 el convenio suscrito, con fecha 19 de octubre de 2015, por el Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y el Consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 3 de noviembre de 2015.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

CONVENIO ESPECÍFICO, PARA EL AÑO 2015, DEL PROTOCOLO GENERAL DE COLABORACIÓN, SUSCRITO EL 2 DE JUNIO DE 1999, ENTRE EL MINISTERIO DEL INTERIOR (DELEGACIÓN DEL GOBIERNO PARA EL PLAN NACIONAL SOBRE DROGAS) Y LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

En Madrid, a 19 de octubre de 2015.

De una parte, D. Francisco de Asís Babín Vich, Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas, nombrado mediante Real Decreto 249/2012, de 23 de enero ("Boletín Oficial del Estado", número 20, de 24 de enero de 2012), en nombre y representación del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto, 1.b) de la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero, sobre delegación de competencias ("Boletín Oficial del Estado", número 28, de 1 de febrero de 2013).

De otra, D. Sebastián Celaya Pérez, Consejero de Sanidad del Gobierno de Aragón, nombrado por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, actuando en ejercicio de las facultades que tiene atribuidas por Decreto 337/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, modificado por Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y autorizado expresamente para este acto por Acuerdo del Gobierno de Aragón, en su reunión de 13 de octubre de 2015.

Que el Ministerio del Interior y el Departamento de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Aragón suscribieron un Protocolo general de colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y el Departamento de Sanidad de dicha Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en dicho Protocolo general, se establecerán en un convenio específico anual, en virtud de lo cual

Primero.- Que la actuación del Departamento de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, en el año 2015, se concretará en el desarrollo de los programas:

- Programa de inserción para drogodependientes en Aragón: 63.000 €.

- Prevención selectiva e indicada dirigida a menores en situación de vulnerabilidad en la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón: 35.000 €.

Segundo.- Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de estos programas, según la Resolución de la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, de fecha 24 de abril de 2015, con un total de 98.000 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, por la que se regula el Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de fondos se realizará tras la firma del presente convenio.

Tercero.- Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, el Departamento de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas, y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.- Que los programas citados en el acuerdo primero, se desarrollarán por el Departamento de Sanidad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el ejercicio 2015.

Quinto.- Que en el desarrollo y aplicación de este convenio, se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.- El presente convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c) del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. Serán de aplicación los principios de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del resto de normativa en materia de subvenciones, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicados.