RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2016, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Británico de Aragón", de Zaragoza.
Examinado el expediente administrativo instruido a instancia del representante de la titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria "Británico de Aragón", código 50005549, con domicilio en la Ctra. de Valencia, Km 8,5 de Zaragoza, solicitando modificación de la autorización por ampliación de una unidad de Educación Primaria y supresión de una unidad de Educación Infantil de 2.º Ciclo.
Vistos los informes emitidos por la Unidad Técnica de Construcción del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, sobre el cumplimiento de la normativa vigente, en cuanto a espacios mínimos se refiere, así como la adecuación de las instalaciones a los planos aprobados.
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros privados para impartir enseñanzas de régimen general, y en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 11 del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, el Director General de Planificación y Formación Profesional, resuelve:
Primero.- Modificar la autorización, con efectos desde el inicio del curso 2016-2017, del centro docente privado que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria
Denominación específica: "Británico de Aragón"
Código: 50005549
Titular: Colegio Británico de Aragón, S.A.
Domicilio: Ctra. de Valencia, km 8,5
Localidad: Zaragoza
Municipio: Zaragoza
Provincia: Zaragoza
Enseñanzas que se autorizan:
- Ampliación de 1 unidad de Educación Primaria / 25 pp.ee.
Enseñanzas que se suprimen:
- 1 unidad de Educación Infantil de 2.º ciclo / 25 pp.ee.
Como resultado de la modificación de la autorización, el centro queda configurado de la siguiente forma:
Educación Infantil de Primer Ciclo, 3 unidades / 41 pp.ee.
Educación Infantil de Segundo Ciclo, 7 unidades / 175 pp.ee.
Educación Primaria, 13 unidades y 325 pp.ee.
Educación Secundaria:
- Educación Secundaria Obligatoria, 8 unidades / 240 pp.ee.
- Bachillerato de Ciencias, 2 unidades / 70 pp.ee.
- Bachillerato de Humanidades y Ciencias Sociales, 2 unidades / 70 pp.ee.
Segundo.- La modificación de la autorización no implica concierto educativo para dichas enseñanzas.
Tercero.- El Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza, previo informe de la Inspección de Educación, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en el centro.
Cuarto.- El Centro deberá cumplir la normativa vigente en lo relativo a condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad y de seguridad, así como en lo referente a barreras arquitectónicas, CTE y cualquier otra normativa aplicable.
Quinto.- Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente en cada momento y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente resolución.
Sexto.- Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 58 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio.
Zaragoza, 5 de diciembre de 2016.
El Director General de Planificación y Formación Profesional, RICARDO ALMALÉ BANDRÉS