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RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2010, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución de instalación eléctrica «Minicentral hidroeléctrica en el embalse de Laverné». Referencia Exp. nº AT 267/2009 de la provincia de Zaragoza.

Publicado el 29/06/2010 (Nº 126)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza, a petición de Comunidad General de Regantes del Canal de las Bardenas, con domicilio en carretera Gallur-Sangüesa, s/n en Ejea de los Caballeros Zaragoza, solicitando la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución de la instalación «Minicentral hidroeléctrica en el embalse de Laverné» ubicada en el término municipal de Ejea de los Caballeros (Zaragoza), así como el expediente derivado de dicha solicitud.

Vistos, la resolución de autorización de la Confederación Hidrográfica del Ebro (CHE) a la citada Comunidad General de Regantes, de fecha 04/5/2009, para la explotación hidroeléctrica del desnivel existente entre la Acequia de Sora y el embalse lateral de Laverné dentro del proyecto constructivo del aprovechamiento hidroeléctrico del llenado del embalse de Laverné y la resolución con condiciones para autorización de las instalaciones de 2/4/2008 de la CHE y el informe favorable del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza, de fecha 26/4/2010, en el que consta cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Vistos los Reales Decretos 2596/1982 de 24 de julio, 539/1984 de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón en materia de industria, energía y minas, la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, modificada, entre otras, por el Real Decreto-Ley 7/2006, de 23 de junio, de medidas urgentes en el sector energético y por la Ley 17/2007, de 4 de julio, de adaptación a la Directiva 2003/54/CE sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad, el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, el Decreto 34/2005, de 8 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999 y demás legislación concordante.

Esta Dirección General ha resuelto:

Autorizar la instalación «Minicentral hidroeléctrica en el embalse de Laverné» y aprobar el proyecto de ejecución suscrito por Gerardo Cabezas Enríquez, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y Rioja en fecha 20/2/2009 y por José Javier García Domínguez, visado por el Colegio Oficial de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Aragón cuyas características son las siguientes:

Titular: Comunidad General de Regantes del Canal de las Bardenas

Domicilio del titular: Ctera. Gallur-Sangüesa, s/n en Ejea de los Caballeros Zaragoza

Ubicación de la instalación: Polígono 19, parcela 265 Ejea de los Caballeros (Zaragoza)

Instalación:

Potencia nominal 1.300 kW

Producción media minicentral 2.469 MWh /a

Instalaciones Electromecánicas:

- Una turbina tipo «Francis» de eje horizontal, con distribuidor móvil y palas móviles, y una potencia máxima de 1822 kW.

- Un generador de 1300 kW de potencia, síncrono trifásico de 6,3 kV.

- Cabinas de maniobra nivel de tensión 6,3 kV. Instaladas en el interior del edificio de la central, compuestas por una cabina de protección y una cabina de medida de 12 kV y 400 A.

- Subestación de transformación, del tipo intemperie, ubicada junto al edificio de la central, para la conexión a la red de distribución, con tensión 6,3 / 66 kV, con la aparamenta y medida, correspondientes, y un transformador de 2 MVA a 6,3/66 kV.

- Servicios auxiliares (consumos propios) formados por instalaciones a 6,3 kV para los receptores auxiliares de la generación y de 230/400 V para usos de fuerza, alumbrado e instalaciones de control edificios y de la planta.

- Línea de conexión de 66 kV doble circuito a la SET Valdeferrín Expte AT 403/2008

Condiciones del Aprovechamiento, no es concesión de aguas:

Únicamente se utilizará en el llenado por gravedad desde la acequia de Sora., por la cota mínima, del embalse de «Laverné» en la regulación del sistema Acequia de Sora-Embalse de Laverné, para luego su bombeo y restitución a la acequia.

Cota del Canal de Carga 422 m

Cota máxima de embalse 403 m

Cota mínima de embalse 366 m

Cota eje turbina 353 m

Caudal turbinado 5 m3/s

Salto bruto entre 19 m y 56 m

Tubería forzada desde cota canal de carga hasta cota mínima embalse, pasando por la turbina

Finalidad: Utilización de energía renovable y mayor eficiencia energética y económica

Presupuesto 2.848.615 €

La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1º. El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a l Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitiendo el certificado de dirección de obra firmado por Técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.

2º. El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución.

3º. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4º. Por el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza se comprobará si en la ejecución del proyecto se cumplen las condiciones dispuestas en los Reglamentos que rigen los servicios de electricidad, para lo cual el titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos, estando durante el período de construcción y asimismo, en el de explotación bajo vigilancia e inspección del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de Zaragoza en su totalidad.

5º. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.

6º. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

7º. Antes de la puesta en marcha deberá presentarse contrato suscrito con persona física o jurídica competente, en la que se haga responsable de mantener las instalaciones en el debido estado de conservación y funcionamiento.

8º. Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el artículo 13 del Reglamento de Centrales Eléctricas y Centros de Transformación así como en el articulo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

9º. Se cumplirán con los condicionados impuestos por la CHE en sus resoluciones de 4/5/2009 y de 2/4/2008 ya referenciadas. Asimismo se cumplirán con los condicionados impuestos en la declaración de impacto ambiental del proyecto general de regulación del sistema de riego Acequia Sora-embalse de Laverné al tratarse este proyecto de aprovechamiento hidroeléctrico de obras complementarias al mismo.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

La presente resolución se publicará en el «Boletín Oficial de Aragón».

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo en el plazo de un mes según lo previsto en el artículo 58.1 del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime procedente.

Zaragoza, 5 de mayo de 2010.-La Directora General de Energía y Minas, Pilar Molinero García.