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EDICTO del Servicio Provincial de Salud y Consumo de Huesca. Notificación de la resolución, expediente sancionador 22/2009/SP/206.

Publicado el 29/06/2010 (Nº 126)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD Y CONSUMO

Texto completo:

No habiendo sido posible la notificación por correo del emplazamiento de pago de la sanción impuesta en la resolución dictada en el expediente sancionador 22/2009/SP/206 a D. Andrés Ortega Gutiérrez con último domicilio conocido en calle La Guardia nº 26, de Torredelcampo (Jaén) de conformidad con lo dispuesto en los arts. 58, 59.4 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se le notifica lo siguiente:

1.-Que la resolución del expediente sancionador número 22/2009/SP/206 por la que se le imponía una multa de 150 € es firme en vía administrativa. En consecuencia debe ingresar dicha cantidad en la cuenta corriente restringida núm. 2085/2052/09/0430001814 de Ibercaja, abierta a nombre del Servicio Provincial de Salud y Consumo, dentro de los plazos siguientes:

a) Publicada la presente notificación entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de la publicación hasta el día 20 del mes siguiente o, si éste fuera inhábil, el inmediato hábil posterior.

b) Publicada la presente notificación entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de publicación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste fuera inhábil el inmediato hábil siguiente.

2. Informarle que, transcurrido el plazo indicado sin que haya sido ingresada la cuantía de la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio, con el recargo del 20 por ciento más los intereses de demora, en su caso. De acuerdo con lo dispuesto en la resolución de 28 de marzo de 1989 de la Diputación General de Aragón, la interposición de recursos no producirá la suspensión del procedimiento de apremio, salvo que se garantice el pago de los débitos o se consigne el importe de ésta en la Caja de Depósitos de la Diputación General de Aragón, a disposición del Consejero de Economía y Hacienda. La garantía, en su caso, deberá prestarse en metálico, o aval, por una cantidad que cubra la deuda inicial más el 25 % de ésta.

Huesca, 14 de junio de 2010.-El Director Provincial de Huesca, Jacinto Lorea Lahoz.