EDICTO de la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, por el que se notifica a los interesados el laudo dictado en los expedientes que se relacionan en el anexo.
No habiendo sido posible notificar el laudo dictado por la Junta Arbitral de Consumo de Aragón en el expediente de referencia, se procede a su notificación conforme determina el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero, a las personas o entidades que a continuación se detallan en el anexo, y se hace constar que los interesados tienen a su disposición en la Junta Arbitral de Consumo de Aragón, adscrita al Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, Dirección General de Consumo (vía Universitas, 36, 6.ª planta, 50017 Zaragoza) y en el Servicio Provincial del Departamento en Huesca (c/ San Jorge, 65, 22071 Huesca) el texto del laudo dictado.
Se les da por notificados a todos los efectos, haciéndoles saber que el laudo arbitral tiene carácter vinculante y ejecutivo y es eficaz desde el día de su notificación.
Contra el laudo podrá ejercitarse la acción de anulación ante la Sala de lo Civil y de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón. La acción de anulación habrá de ejercitarse dentro de los dos meses siguientes a su notificación o, en caso de que se haya solicitado corrección, aclaración, complemento o rectificación de la extralimitación parcial del laudo, desde la notificación de la resolución sobre esta solicitud, o desde la expiración del plazo para adoptarla. (Artículos 40, siguientes y concordantes de la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje, modificada por la Ley 11/2011, de 20 de mayo de 2011).
Zaragoza, 28 de noviembre de 2014.- El Presidente de la Junta Arbitral de Consumo de Aragón,- Pablo Martínez Royo.
Anexo:
Número expediente: 0656 /14-JA.
Nombre y apellidos: Jesús Alijarde Cavero.
Localidad: 22270 Almudévar (Huesca).