Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN PRE/1167/2016, de 22 de agosto, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Fundación bancaria "la Caixa", para el desarrollo del XVIII Congreso Estatal de Voluntariado 2016.

Publicado el 22/09/2016 (Nº 184)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/7/0069 el convenio suscrito, con fecha 6 de junio de 2016, por la Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón y el Director del Área de Personas y Estrategias de la Fundación bancaria "la Caixa", y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 22 de agosto de 2016.

El Consejero de Presidencia, P.S. (Decreto de 5 de julio de 2016, del Presidente del Gobierno de Aragón), el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda,

José Luis Soro Domingo

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FUNDACIÓN BANCARIA "LA CAIXA", PARA EL DESARROLLO DEL XVIII CONGRESO ESTATAL DE VOLUNTARIADO 2016

En Zaragoza, el día 6 de junio de 2016.

De una parte, la Excma. Sra. D.ª María Victoria Broto Cosculluela, Consejera de Ciudadanía y Derechos Sociales, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, según Acuerdo adoptado en la reunión de fecha 31 de mayo de 2016.

De otra, el Sr. Àngel Font Vidal, actuando en nombre y representación de la Fundación Bancaria Caixa d´Estalvis i Pensions de Barcelona, "la Caixa" (en adelante, Obra Social "la Caixa"), en su calidad de Director del Área de Personas y Estrategias, entidad domiciliada en Barcelona, avda. Diagonal, 621-629, y con NIF: G58899998.

Las partes se reconocen mutua y recíprocamente, en la condición en la que actúan, capacidad legal suficiente para suscribir el presente convenio y a tal efecto,

Primero.- El Congreso Estatal de Voluntariado es uno de los encuentros más importantes para el sector y está dirigido a personas y organizaciones que se mueven en el entorno de la tarea solidaria. Su propósito es profundizar en los aspectos que afectan al voluntariado y dar visibilidad social a una labor en la que ya participan cinco millones de personas en nuestro país. Según Acuerdo del Pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, en su sesión de 4 de marzo de 2015, el próximo Congreso Estatal de Voluntariado se celebrará en Aragón, en la ciudad de Huesca, en 2016. Es una gran oportunidad para fomentar, dar visibilidad y reconocer la labor de los voluntarios, así como para actualizar conocimientos y mejorar su gestión.

Segundo.- Que el artículo 15 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, establece que los poderes públicos aragoneses deben promover "la participación individual y colectiva en los ámbitos cívico, político, cultural y económico". Así, según su artículo 71.35.ª, corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia exclusiva en materia de "voluntariado social, que comprende la regulación, promoción y fomento de la participación solidaria ciudadana en actuaciones organizadas de voluntariado por medio de entidades públicas o privadas estables y democráticas, sin ánimo de lucro, así como la ordenación de las relaciones entre las Administraciones Públicas y dichas entidades".

Tercero.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 316/2015, de 15 de diciembre, de estructura orgánica del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, le corresponde al citado departamento, entre otras competencias, "propiciar la participación individual y colectiva de los ciudadanos en los ámbitos políticos, culturales y económicos y sociales". En concreto, el artículo 8.g) atribuye a la Dirección General de Participación Ciudadana, Transparencia, Cooperación y Acción Exterior "la planificación y coordinación en materia de voluntariado social". En el ejercicio de estas competencias, el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales, va a impulsar una estrategia de promoción, apoyo y coordinación del voluntariado en la Comunidad Autónoma.

Cuarto.- Que el Gobierno de Aragón, junto con el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Plataforma de Voluntariado de España, va a organizar los próximos 24, 25 y 26 de noviembre de 2016 el XVIII Congreso Estatal de Voluntariado en Huesca. Este congreso será un espacio de encuentro entorno a la magia transformadora del voluntariado, compartiendo una visión positiva desde el ámbito de la participación, innovación y solidaridad. Sus objetivos específicos son: compartir la diversidad y potencialidades que ofrece la nueva normativa sobre voluntariado y tercer sector; exponer conocimientos actualizados relacionados con la educación y el aprendizaje a lo largo de la vida de las personas para la construcción de una sociedad justa e igualitaria; abordar las tecnologías de la información y comunicación como elemento de gestión del conocimiento y promoción de la innovación y calidad.

Quinto.- Que la Obra Social "la Caixa" contempla entre sus objetivos la realización de obras benéficas y sociales, propias o en colaboración con instituciones del país, atendiendo las diferentes necesidades de la sociedad. La misión de la Obra Social "la Caixa" es construir una sociedad mejor y más justa, dando más oportunidades a las personas que más lo necesitan. La Obra Social "la Caixa" desarrolla programas sociales, de fomento de la investigación y el conocimiento, culturales y educativos con una vocación transformadora.

Sexto.- Que es voluntad de las partes establecer un marco de colaboración, para promover y garantizar el buen desarrollo del XVIII Congreso Estatal de Voluntariado en Huesca.

De conformidad con las anteriores manifestaciones, y conforme la representación que ostentan, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, sujeta a las siguientes

Primero.- Objeto del convenio.

El presente convenio tiene por objeto establecer el marco de la colaboración entre la Obra Social "la Caixa" y el Gobierno de Aragón, en el desarrollo de la XVIII edición del Congreso Estatal de Voluntariado, actividad organizada por el Gobierno de Aragón, en Huesca, el 24, 25 y 26 de noviembre de 2016.

Segundo.- Compromisos del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón, mediante la firma de este convenio, asume los siguientes compromisos:

a) A la aportación de todos los recursos humanos y materiales necesarios para llevar a término el XVIII Congreso Estatal de Voluntariado, así como coordinar y dinamizar el mismo, y llevar a cabo su seguimiento destinando íntegramente el importe de la aportación económica de la Obra Social "la Caixa" a su realización.

b) El Gobierno de Aragón promoverá la voluntad de colaboración de ambas organizaciones mediante la invitación a la Obra Social "la Caixa" al acto de apertura del congreso. Asimismo, pondrá a disposición de ésta diferentes espacios de intervención en el programa del congreso, para difundir el programa de Voluntariado de "la Caixa", y experiencias de los propios voluntarios.

c) A justificar ante la Obra Social "la Caixa" la aplicación de la aportación recibida a los fines fijados en el presente convenio, mediante la presentación de los certificados que lo acrediten.

d) A la finalización del mismo, presentará a la Obra Social "la Caixa", a través de sus representantes en la Comisión de seguimiento, un informe explicativo de la aplicación de los fondos percibidos, así como de los resultados conseguidos.

e) El Gobierno de Aragón acreditará la recepción de la aportación económica. El documento acreditativo deberá ser enviado a avda. Diagonal 621-629, Torre II, planta 5, 08028 Barcelona.

Tercero.- Compromisos de la Obra Social "la Caixa".

La Obra Social "la Caixa" se compromete, mediante la firma de este convenio, a realizar una aportación en favor del Gobierno de Aragón de la cantidad de 30.000 euros (impuestos, en su caso, incluidos), que se hará efectiva, después de la firma del convenio, mediante transferencia en una cuenta bancaria abierta a nombre del Gobierno de Aragón, previa presentación del correspondiente documento de pago.

Cuarto.- Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento del desarrollo de este convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento integrada por representantes de cada una de las partes firmantes, que establecerá de común acuerdo las normas relativas a su funcionamiento. A esta comisión, le corresponderán, entre otras funciones, las siguientes:

- Velar por el correcto desarrollo del proyecto y las necesidades que puedan surgir en la implementación del mismo.

- Evaluar el cumplimiento de los objetivos.

- Realizar el control y seguimiento, y velar por la correcta aplicación de la aportación económica efectuada por la Obra Social "la Caixa"

- Resolver las cuestiones que surjan en aspectos relativos a la difusión.

- Evaluar el resultado del proyecto y de la colaboración.

Y en general, todas aquellas que se desprenden del presente convenio y/o que las partes estimen convenientes.

La Comisión de seguimiento celebrará las pertinentes reuniones para el cumplimiento de las funciones que le son propias, tomando los acuerdos que se consideren oportunos. Sin perjuicio de lo anterior, se reunirán, a requerimiento de cualquiera de las partes, para tratar de aquellos asuntos que por su urgencia o especificidad no pudiesen ser demorados hasta la siguiente reunión periódica del mismo.

Los miembros de la comisión darán cuenta del resultado de su gestión a las respectivas instituciones.

Quinto.- Protección de datos de carácter personal.

El Departamento de Ciudadanía y Derechos Sociales del Gobierno de Aragón, la Fundación bancaria "la Caixa" y la Coordinadora Aragonesa de Voluntariado observarán todas las previsiones legales que se contienen en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la mencionada ley orgánica, y en cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre la materia.

Sexto.- Difusión.

El Gobierno de Aragón, previo consenso con la Obra Social "la Caixa", se compromete a difundir la colaboración de la misma en la publicidad y actos de difusión de las actividades realizadas con cargo a la dotación efectuada por ésta y, en su caso, en su memoria anual. La Obra Social "la Caixa" deberá aprobar previamente, en su caso, la utilización de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos, así como el alcance de su posible participación en actos o actividades de carácter público.

Por su parte, la Obra Social "la Caixa" podrá realizar la difusión que estime por conveniente de la colaboración regulada mediante este convenio, previa aprobación del Gobierno de Aragón en lo que se refiere al correcto uso de su imagen corporativa y el uso de sus signos distintivos.

Séptimo.- Vigencia del convenio.

El presente convenio producirá efectos desde el día de su firma y mantendrá su eficacia hasta el 31 de diciembre de 2016.

Octavo.- Causas de resolución anticipada.

Serán causas de resolución anticipada del presente convenio las siguientes:

- El incumplimiento de cualquiera de sus cláusulas por alguna de las partes.

- El mutuo acuerdo de las partes.

- La denuncia de cualquiera de las partes.

- La entrada en vigor de disposiciones legales o reglamentarias que impidan su cumplimiento.

En el supuesto de resolución anticipada del mismo por causas imputables al Gobierno de Aragón, ésta deberá proceder a la devolución de las cantidades entregadas y no destinadas a las finalidades del convenio.

Noveno.- Naturaleza del convenio y jurisdicción competente.

El presente convenio de colaboración tiene naturaleza administrativa, no teniendo carácter contractual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del convenio se resolverán por la Comisión de seguimiento. En defecto de acuerdo, la resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan surgir en la ejecución del mismo corresponderá al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y para dejar constancia de lo convenido, las partes firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.