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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 16 de agosto de 2007, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para la ampliación de una explotación porcina de producción hasta 420 UGM, ubicada en el polígono 3, parcelas 65, 66, 67, 68, 71, 72, 73, 74, 75, 87, 98 106, 59 y 64, del término municipal de Pradilla de Ebro (Zaragoza) y polígono 6, parcela 95, del término municipal de Tauste (Zaragoza), y promovida por D. Santiago Borque Prades (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/02851).

Publicado el 23/07/2015 (Nº 141)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 26 de marzo de 2015, se presenta escrito en este Instituto, por D. Santiago Borque Prades, NIF: 17180378Z, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada de su explotación por cambio en el sistema de suministro energético.

Antecedentes de hecho

Primero.- La explotación dispone de autorización ambiental integrada, otorgada mediante Resolución de 16 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 104, de 3 de septiembre de 2007 (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/00765).

Segundo.- Mediante Resolución de 10 de enero de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se comunica el carácter sustancial de la modificación de dicha autorización ambiental integrada por cambio en la ubicación de las infraestructuras proyectadas (Número Expte. INAGA 500301/02/2007/11571).

Tercero.- Mediante Resolución de 5 de mayo de 2008, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 76, de 9 de junio de 2008, se modifica puntualmente la Resolución de 16 de agosto de 2007, por cambio de ubicación de las instalaciones, quedando localizadas finalmente en el polígono 3, parcelas 65, 66, 67, 68, 71, 72, 73, 74, 75, 87, 98 106, 59 y 64, del término municipal de Pradilla de Ebro (Zaragoza) y polígono 6, parcela 95, del término municipal de Tauste (Zaragoza) (Número Expte. INAGA 500601/02/2008/00393)

Cuarto.- Mediante Resolución de 13 de diciembre de 2013, de este Instituto, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013, se procede a la actualización de dicha autorización ambiental integrada (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10449).

Fundamentos jurídicos

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganadera; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 16 de agosto de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula la declaración de impacto ambiental y se otorga la autorización ambiental integrada para una explotación porcina de producción, en los términos municipales de Pradilla de Ebro (Zaragoza) y Tauste (Zaragoza), y promovida por D. Santiago Borque Prades, en el siguiente punto, dejando inalterado el resto:

El punto 2.4 de la resolución quedará sustituido por lo siguiente:

"2.4. El suministro de energía se realiza mediante conexión a línea eléctrica, estimándose un consumo medio de 16.790 kWh/año".

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 3 de julio de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ