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RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2014, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 4 de noviembre de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación avícola para gallinas ponedoras hasta 2.016 UGM, situada en el polígono 12, parcela 3, del término municipal de Salillas (Huesca), y promovida por la sociedad Ovo Productos Weko, S.L. (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/12786).

Publicado el 14/03/2014 (Nº 52)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Visto el escrito de fecha 20 de diciembre de 2013, presentado por D. Meritxel Pérez Muriel, en representación de Ovo Productos Weko, S.L., con NIF: B22266407, como promotora de una solicitud de prórroga en el plazo autorizado para la entrada en funcionamiento de la explotación descrita, resulta:

Antecedentes de hecho

Primero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 4 de noviembre de 2010, se otorgó autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación avícola para gallinas ponedoras hasta 2.016 UGM, situada en el polígono 12, parcela 3, del término municipal de Salillas (Huesca) (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/12457).

Segundo.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 8 de enero de 2013, se notificó la modificación no sustancial para adaptación al bienestar animal de la explotación descrita (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/12348).

Tercero.- Mediante Resolución de este Instituto, de fecha 1 de marzo de 2013, se modificó puntualmente el punto 1.2 de la autorización ambiental integrada con un nuevo dimensionamiento de las naves autorizadas (Número de Expediente INAGA 500601/02/2013/00539).

Fundamentos jurídicos

Primero.- De acuerdo a lo previsto en el artículo 59.2 de la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón, las autorizaciones ambientales integradas puedan establecer plazos mayores que sus resoluciones iniciales, a solicitud del titular de la instalación. Esta condición está establecida en el punto 3 de la Resolución de 4 de noviembre de 2010. El titular de la explotación justifica la citada prórroga por el retraso de las obras en la ejecución de la tercera y última fase.

Vistos, la Ley 7/2006, de 22 de junio, de protección ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 3/2002, de 11 de enero, relativo a las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Autorizar, la modificación puntual de la Resolución de 4 de noviembre de 2010, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga autorización ambiental integrada para la instalación de una explotación avícola para 201.600 gallinas ponedoras (equivalente a 2.016 UGM), situada en el polígono 12, parcela 3, del término municipal de Salillas (Huesca), y promovida por la sociedad Ovo Productos Weko, S. L (Número Expte. INAGA 500301/02/2009/12457).

El punto 3 de la resolución quedará sustituido por el siguiente:

«El comienzo de la actividad deberá ser anterior al 3 de marzo de 2014, de otra forma la presente resolución quedará anulada y sin efecto».

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de febrero de 2014.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

NURIA GAYÁN MARGELÍ