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EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Primera), en procedimiento ordinario número 284/13-D.

Publicado el 21/02/2017 (Nº 35)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN

Texto completo:

Que conociendo del presente recurso contencioso-administrativo número 284/13-D, interpuesto por el Procurador D. Julian Gaspar Capapé Félez, en nombre y representación de Asociación Nacional de Editores de Libros y Material de Enseñanza (ANELE), como parte demandada la Diputación General de Aragón, Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte; la actuación recurrida Orden de 15 de octubre de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, por la que se regula el programa anTICIpate para la implantación de proyectos de libro digital en centros docentes públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón. Orden de 6 de febrero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, por la que se acreditan iniciativas para la implantación de Proyectos de libro digital dentro del programa anTICIpate, se dictó Sentencia de fecha 22 de abril de 2016, que es firme, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

III. Fallo

Estimar el presente recurso y en consecuencia:

Primero.- Declarar la nulidad de las dos Órdenes recurridas.

Segundo.- Hacer expresa imposición de las costas del presente recurso a la Administración demandada con el aludido".

Y tal como se interesa, se ha acordado la publicación de la parte dispositiva de dicha sentencia, a los efectos previstos en el artículo 72.2 de la LRJCA, por el citado órgano judicial.

Zaragoza, 9 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia, Sergio Bellido Hernández.