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RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2015, del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado en la especialidad de aparatos elevadores en las categorías de operador de grúas móviles autopropulsadas A y B.

Publicado el 13/03/2015 (Nº 50)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA E INNOVACIÓN

Texto completo:

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón, se convocan pruebas para la obtención del certificado de profesional habilitado especialidad de aparatos elevadores, categoría de operador de grúas móviles autopropulsadas A y B, con sujeción a las siguientes bases:

1.ª Solicitudes.

Las solicitudes deberán presentarse en los quince días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".

Para dicha solicitud se deberá utilizar el modelo E0107 (versión 1) según lo dispuesto en la Orden de 22 de marzo de 2013, por la que se modifican los anexos del Reglamento de las acreditaciones profesionales, la autorización de empresas y la acreditación de entidades de formación en materia de seguridad industrial, aprobado mediante Decreto 116/2003, de 3 de junio, del Gobierno de Aragón. Dichos impresos en la versión actualizada estarán a disposición de los interesados en las dependencias de los Servicios Provinciales de Industria e Innovación y en la página web del Gobierno de Aragón (http://www.aragon.es Departamento de Industria e Innovación).

Las solicitudes irán dirigidas al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, presentándose en el Registro de Entrada del citado Servicio Provincial en Plaza Cervantes, 1 planta baja, o en cualquiera de los registros o dependencias administrativas contempladas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

A la solicitud se acompañara fotocopia del D.N.I. o documento identificativo oficial y documentación compulsada acreditativa del cumplimiento de los requisitos señalados en el punto 3.º de la convocatoria, así como del ejemplar para la Administración del modelo de liquidación que acredite el pago de los derechos de examen que figura en el punto 2.º de la convocatoria.

2.ª Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en 30,25 euros, de acuerdo con la Ley 14/2014, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 256, de 31 de diciembre de 2014), que deberán realizarse mediante autoliquidación según Modelo 514, Tasa 14, apartado 5, Orden de 7 de enero de 2015, del Departamento de Industria e Innovación, por el que se aprueba el Modelo 514, de autoliquidación de determinadas Tarifas de la Tasa 14, por servicios en materia de ordenación de actividades industriales, energéticas, metrológicas, mineras y comerciales ("Boletín Oficial de Aragón", número 12, de 20 de enero de 2015). Los interesados podrán obtener el correspondiente modelo en los Servicios Provinciales de Industria e Innovación o directamente a través del Portal Web del Gobierno de Aragón en la dirección (http://www.aragon.es).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.ª Requisitos admisión al examen reglamentario.

Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria o equivalente.

Tener cumplidos dieciocho años en el momento de realizar la solicitud del curso al que se alude en el apartado siguiente.

Haber recibido y superado el curso impartido por una entidad de formación autorizada en Aragón en la especialidad de aparatos de elevación (categoría de operador de grúas móviles autopropulsadas A ó B según caso), cuya duración y contenido se ajustarán a lo establecido en el apartado 8 anexo II del Decreto 116/2003, modificado por la Orden del Departamento de Industria e innovación, de 22 de marzo de 2013 ("Boletín Oficial de Aragón", número 73, de 16 de abril de 2013).

4.ª Admisión y exclusión de candidatos al examen reglamentario.

Terminado el plazo de presentación de solicitudes se comprobará por la Comisión provincial de evaluación el cumplimiento de los requisitos generales de los solicitantes al objeto de determinar su admisión o no al examen reglamentario.

Se expondrá la lista provisional de admitidos y excluidos al examen reglamentario en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, sito en Plaza Cervantes,1 planta baja, y en la página Web del Gobierno de Aragón, concediéndose un plazo de diez días hábiles para la subsanación de los defectos que hayan motivado la exclusión.

Analizadas las alegaciones presentadas a la lista provisional de admitidos y excluidos, se publicará, por el mismo procedimiento, la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.

5.ª Lugar, fecha y hora de realización del examen.

Lugar: Escuela Universitaria Politécnica de Huesca, sita en Carretera de Cuarte, s/n de Huesca.

Fecha: 28 de abril de 2015.

Hora:

Categoría A de operador de grúas móviles autopropulsadas: 17 horas

Categoría B de operador de grúas móviles autopropulsadas: 17 horas

6.ª Contenido y desarrollo de los ejercicios.

En cualquier momento el tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

Los candidatos serán convocados en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas quienes no comparezcan, salvo casos discrecionalmente apreciados por la Comisión provincial de evaluación.

La prueba consistirá en la realización de un ejercicio tipo test teórico y práctico, sobre los contenidos mínimos contemplados en el anexo VII Real Decreto 837/2003, de 27 de junio, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción técnica complementaria "MIE-AEM-4" del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas. ("Boletín Oficial del Estado", de 17 de julio de 2003) según su redacción vigente a fecha de la convocatoria.

7.ª Comisión provincial de evaluación.

Presidente:

Titular: D.ª Marta P. Rodríguez Vicente

Suplente: D. Antonio Gómez Rodríguez

Vocales:

Titular: D. José Luis Ara Porté

Suplente: D. Bernardo Mariblanca Gregorio

Titular: D. Roberto Borruel Nacenta

Suplente: D.ª Aurora Sabariego Ruiz

Titular: D.ª Yolanda Latorre Lacoma

Suplente: D.ª Natalia Martínez Cebollada

Secretario (con voz, pero sin voto):

Titular: D.ª M.ª Isabel Castán Barrabés

Suplente: D.ª Alicia Laliena Ara.

Los miembros de la Comisión provincial de evaluación deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a las pruebas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros de la Comisión provincial de evaluación cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

El Presidente de la Comisión provincial de evaluación coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz sin voto.

La Comisión provincial de evaluación resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

El procedimiento de actuación de la Comisión provincial de evaluación se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio del Gobierno de Aragón.

8.ª Resultados y notificaciones.

La valoración de los exámenes reglamentarios dará lugar a la calificación de aptos ó no aptos.

La Comisión provincial de evaluación hará público el resultado del examen en el tablón de anuncios del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Huesca, así como en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal.

Las solicitudes de revisión de examen se realizarán en el plazo de tres días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la relación definitiva de aspirantes aptos y no aptos en el tablón de anuncios del Servicio Provincial.

Efectuadas las revisiones solicitadas y en el caso de que se produzcan variaciones en los aspirantes declarados aptos o no aptos, se publicarán dichas variaciones por el mismo procedimiento.

9.ª Emisión del certificado de profesional habilitado.

Quienes superen la prueba señalada en el punto 6 anterior, para la expedición de certificado de profesional habilitado deberán aportar:

Ejemplar para la Administración del modelo de autoliquidación que acredite el pago de la tasa por expedición de certificado de profesional habilitado modelo 514 apartado 5 tarifa 48.1 que podrá obtenerse por los medios indicados en el punto 2 de esta convocatoria.

Certificado de haber superado un examen médico psicotécnico y físico especifico para este tipo de actividades, que incluye examen sobre agudeza visual, sentido de la orientación, equilibrio y agudeza auditiva.

Dicha documentación se acompañará del modelo E0101 (versión 5) disponible según indicado en el apartado 1 de la presente convocatoria.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación de la Comisión provincial de evaluación podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la interposición de recurso de alzada ante el Consejero de Industria e Innovación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación.

Huesca, 23 de febrero de 2015.

La Directora del Servicio Provincial de Industria e Innovación, MARTA P. RODRÍGUEZ VICENTE