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ORDEN IIU/1181/2016, de 19 de agosto, por la que se concede a la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza, una subvención no sujeta a convocatoria específica, para la publicación de un libro titulado "La Real Academia de Ciencias de Zaragoza. Un siglo de servicio a la sociedad".

Publicado el 22/09/2016 (Nº 184)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

La Comunidad Autónoma de Aragón, en virtud del artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón reformado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, tiene atribuida la competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica que comprende, en todo caso, la planificación, programación y coordinación de la actividad investigadora de la Universidad y de los demás centros públicos y privados, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información. Este titulo competencial permite, sin lugar a dudas, que la Comunidad Autónoma pueda ejercer la actividad de fomento en dicha materia, como así se ha consagrado en el artículo 79 del Estatuto de Autonomía.

El ejercicio de las citadas competencias corresponde en la actualidad al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, de conformidad con lo establecido en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del citado departamento y se le atribuyen, en particular, las funciones previstas en el artículo 3 de la Ley 9/2003, de 12 de marzo, de fomento y coordinación de la investigación, desarrollo y la transferencia de conocimientos en Aragón, así como la promoción y fomento de la innovación, la relación con el sector empresarial en la transferencia de conocimiento y el desarrollo de acciones conjuntas en materia de I+D+i.

Por otro lado, el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad 2016-2019, aprobado mediante Orden de 18 de febrero de 2016, de la Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, propone como objetivo estratégico de las líneas de subvenciones para fomento de la investigación y la innovación, "favorecer el marco adecuado que impulse y coordine la I+D+i como motor del progreso económico, social y cultural de Aragón, en particular apoyando la transferencia tecnológica e innovación y la difusión de la investigación y la innovación", y en su programa "Fomento de la Investigación", línea de subvención 18, se establece la colaboración con entidades sin ánimo de lucro, organismos públicos, en cuanto se trate de actividades de interés general de cierta especialidad.

Con fecha 29 de julio de 2016, se ha publicado la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, cuyo Título l, Capítulo VIII establece como línea de subvención las "Subvenciones para la realización en Aragón de eventos y actividades que promuevan, divulguen y difundan la ciencia, la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación", entre las que se citan simposios, seminarios, foros, jornadas y otras actividades análogas.

La Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza, en adelante RACZAR, es un organismo académico español creado en 1916 que dispone de las secciones y denominación actuales desde 1971, y está asociada al Instituto de España (organismo que reúne y coordina a las Reales Academias nacionales y territoriales) desde el 17 de mayo de 2001. Sus dos principios fundacionales son el compromiso con el avance de la ciencia y el vínculo con el desarrollo de la sociedad aragonesa.

Los fines de la RACZAR son la investigación, el estudio y la difusión de la Ciencia en sus distintas Secciones: Exactas, Físicas, Químicas, y Naturales. Como Real Academia, es un centro de cultivo del saber y de difusión del conocimiento, y representa la excelencia en los diversos campos de las ciencias que le competen. Sus valores esenciales son, por un lado, la categoría de sus miembros, en quienes concurren los más altos méritos intelectuales y científicos, y por otro, su estabilidad e independencia frente a intereses económicos o políticos.

Las actividades ordinarias de la Academia son los discursos y conferencias de sus miembros, así como las de expertos invitados y la promoción y apoyo a la celebración de congresos nacionales e internacionales, pero, sobre todo, el apoyo a la investigación científica a través de los Premios de Investigación que anualmente otorga, y la difusión de la ciencia que lleva a cabo mediante su actividad editorial de varias publicaciones de orden científico: revistas incluyendo trabajos de investigación científica de todas sus secciones, discursos de los académicos y conferencias, y monografías sobre aspectos actuales del quehacer científico.

Tras un siglo de vida, la Academia se encuentra activa y celebra en 2016 su centenario con diversas actividades, entre otras la edición y publicación de una historia que recopila su existencia y actividades bajo el título "La Real Academia de Ciencias de Zaragoza. Un siglo de servicio a la sociedad" y el acto central, programado el pasado día 25 de mayo y celebrado en el Paraninfo, que ha supuesto un revulsivo en las actividades de los académicos, que servirá de impulso para la labor de servicio a la sociedad que ha guiado su desarrollo.

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 11 de julio de 2016 tiene entrada en el registro del Gobierno de Aragón una solicitud de subvención no sujeta a convocatoria específica, presentada por la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza, para financiar gasto corriente por un importe de 3.363,19 euros derivados de la edición y publicación de un libro titulado "La Real Academia de Ciencias de Zaragoza. Un siglo de servicio a la sociedad" al objeto de darle difusión en la página web de la RACZAR.

Segundo.- La actuación a financiar se encuadra entre los eventos programados para la conmemoración del centenario de la RACZAR, que han supuesto un elemento importante de conexión con la sociedad, se están realizando a lo largo del año, incluyen conferencias, entregas de premios de investigación y la actuación concreta para la que se solicita financiación, consistente en la edición y publicación de un libro que recoge la historia de los cien años de actividad y recopila las contribuciones científicas de la RACZAR conseguidas a lo largo de ese período.

Una primera parte del libro está dedicada a la vida de la Academia desde su fundación hasta nuestros días, con referencia al contexto social de cada momento. Incluye los asuntos tratados en sus sesiones de trabajo, los nombramientos, las acciones emprendidas, relación de todos los académicos, títulos de los discursos de ingreso, actividad de los académicos y su reflejo en publicaciones de la Revista de la Academia.

La segunda parte recoge la contribución de la Academia al último siglo de desarrollo de la Ciencia en Aragón y está dispuesta en cuatro apartados, uno por cada una de sus secciones, con un trabajo de coordinación para la redacción final.

La edición y publicación del libro "La Real Academia de Ciencias de Zaragoza. Un siglo de servicio a la sociedad", cuyo presupuesto asciende a 3.363,19 euros, para la que se solicita la ayuda del Gobierno de Aragón, da difusión a la actividad y aportaciones científicas de la RACZAR, dejando constancia de sus objetivos fundacionales: el fomento y desarrollo de la ciencia, y el servicio a la sociedad. Las actividades recopiladas en el citado libro muestran la utilidad social y el impacto de la Real Academia en todas sus secciones (Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales) analizando las contribuciones científicas de todas ellas, así como su orientación a la aplicación y transferencia a la sociedad, que ha sido clave para elevar el nivel de la investigación realizada Aragón, al tiempo que contribuye a la difusión del conocimiento en la sociedad, lo que justifica el interés general y social para la Comunidad Autónoma, además de contribuir a los fines y estrategias del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón.

Tercero.- Debido a la importancia que revisten las actuaciones propuestas, indicadas en la memoria justificativa-económica de la Dirección General de Investigación e Innovación, de fecha 5 de agosto de 2016, se propone la concesión de una ayuda a favor de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza, por importe de dos mil quinientos euros (2.500 euros)

Vistos la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón; la Ley 1/2016, de 28 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2016; la Ley de Hacienda de la Comunidad de Aragón cuyo texto refundido fue aprobado por el Decreto Legislativo 1/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón; el Decreto 23/2003, de 28 de enero, del Gobierno de Aragón, que aprueba el Reglamento que desarrolla el control de la actividad económica y financiera de la Administración de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad; la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, y demás normativa aplicable, se formulan los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La ayuda solicitada se ampara en el artículo 28 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el capitulo lV de la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de este Departamento, que regulan la concesión directa de subvenciones, con carácter excepcional cuando concurran razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. En este sentido el objeto de la subvención solicitada cumple el requisito de interés público, social y económico, ya que da difusión a la actividad y contribuciones científicas de la RACZAR, aportando su mejor conocimiento y trabajo, dejando constancia de sus fines iniciales: el fomento y desarrollo de la ciencia y el servicio a la sociedad. Las actividades recopiladas en el citado libro, muestran la utilidad social y el impacto de la Real Academia en todas sus secciones (Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales) analizando las contribuciones científicas de todas ellas, así como su orientación a la aplicación y transferencia a la sociedad, que han sido clave para elevar el nivel de la investigación realizada Aragón, al tiempo que contribuye a la difusión del conocimiento en la sociedad, lo que justifica el interés general y social para la Comunidad Autónoma, además de contribuir a los fines y estrategias del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad.

Segundo.- El carácter excepcional de esta ayuda deriva de la exclusividad de los actos de conmemoración del centenario de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza, que le otorga un alcance difícil de conseguir en otro momento. La imposibilidad de concurrencia competitiva proviene del carácter de la Real Academia como entidad específica que agrupa las cuatro secciones científicas, lo que le confiere el carácter de único sujeto capacitado para realizar la iniciativa presentada. Por lo tanto, no existe ni puede articularse convocatoria de concurrencia competitiva con el mismo objeto.

Tercero.- De acuerdo con la información obrante en el expediente Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza se ha acreditado que la mencionada entidad cumple con los requisitos para obtener la condición de beneficiario que se establecen en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad, y demás normativa en materia de subvenciones.

Por todo lo expuesto, vista la propuesta de la Dirección General de Investigación e Innovación, teniendo en cuenta que la referida actividad es considerada de interés público y social dentro del territorio de Aragón y que dicha actuación no ha obtenido subvención alguna en otro procedimiento sujeto a convocatoria, y en ejercicio de las competencias atribuidas al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, de conformidad con lo establecido en el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba su estructura orgánica, resuelvo:

Primero.- Conceder una subvención por un importe máximo de dos mil quinientos euros (2.500 euros) a la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza para financiar los gastos de 3.363,19 euros derivados de la edición y publicación de un libro titulado "La Real Academia de Ciencias de Zaragoza. Un siglo de servicio a la sociedad", con cargo a la aplicación presupuestaria 17030 G/5423/480071/91002, del presupuesto de gastos del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad para el año 2016.

Segundo.- Serán gastos subvencionables los derivados de la edición y publicación del libro "La Real Academia de Ciencias de Zaragoza. Un siglo de servicio a la sociedad", suponiendo la cuantía de la ayuda el 74.33 % del coste total de la edición y difusión de la misma en la página web de la RACZAR, según el presupuesto presentado.

Tercero.- Para poder proceder al pago de la subvención, la beneficiaria deberá estar al corriente de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y con la Seguridad Social, así como no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.

El pago de la ayuda por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, se efectuará una vez se haya acreditado el cumplimiento de la finalidad para la que fue otorgada y se haya justificado la ejecución de la actuación subvencionada y el gasto realizado.

Para el pago de la ayuda, la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza deberá aportar, antes del 30 de noviembre de 2016, conforme al articulo 72 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, una memoria económica del coste de la actuación junto a una memoria justificativa de la misma, así como la documentación acreditativa del gasto y del pago realizado, y justificación fehaciente de que se ha efectuado la difusión del libro subvencionado a través de la web de la entidad, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad y demás normativa vigente en materia de pago de subvenciones.

Cuarto.- Sin perjuicio de cualesquiera otras obligaciones impuestas por la normativa vigente en materia de subvenciones y ayudas públicas, la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas, Químicas y Naturales de Zaragoza queda sometida al cumplimiento de las siguientes obligaciones:

a) Cumplir el objetivo y realizar la actuación que fundamentó la concesión de la subvención.

b) Justificar ante el órgano concedente la realización de la actuación subvencionada.

c) Facilitar a la Administración de la Comunidad Autónoma cuanta información precise para entender cumplida la obligación de justificación de la subvención.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como a cualesquiera otras de comprobación y control financiero que pudieran realizar la Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón u otros órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

e) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos en tanto puedan ser objeto de comprobación y control.

f) Comunicar al Departamento concedente en el plazo de un mes y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención concedida al amparo de esta orden, la obtención de cualquier otra subvención, ayuda, ingresos o recursos que financien la misma actuación subvencionada, procedente de otras Administraciones Públicas o entes públicos y privados.

g) Acreditar previamente al cobro, que se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no tener deuda alguna pendiente de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23.3 de la Ley 38/2013 la presentación de la solicitud para la concesión de subvenciones por parte del beneficiario conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social.

h) Suministrar, previo requerimiento y en un plazo de quince días, la información necesaria para acreditar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Título II de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana.

i) Respecto a la publicidad relativa al carácter público de la financiación del objeto de la subvención y para hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, deberá contar con el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, previamente solicitado, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011 de 13 de diciembre del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, para la realización de actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes, la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá contar con el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, solicitado con carácter previo, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

j) Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.

k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en la normativa aplicable.

Quinto.- Para que la concesión de esta subvención por resolución sea efectiva, deberá producirse la aceptación del beneficiario en el plazo de quince días desde que se notifique la resolución. Transcurrido este plazo, se entenderá que el beneficiario renuncia a la misma.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, en el plazo de un mes computado a partir del día siguiente al de su notificación. Asimismo, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su notificación, sin que en ningún caso pueda hacerse un uso simultáneo de ambas vías de recurso.

Zaragoza, 19 de agosto de 2016.

La Consejera de Innovación, Investigación y

Universidad,

PILAR ALEGRÍA CONTINENTE