Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

EDICTO del Juzgado de 1ª Instancia número 16 de Zaragoza, relativo a cuenta del procurador 1276/2008 Sección C.

Publicado el 29/06/2010 (Nº 126)
Sección: IV. Administración de Justicia
Emisor: JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUMERO DIECISÉIS

Texto completo:

D. José Antonio Laguardia Hernando Secretario del Juzgado de Primera Instancia número 16 de Zaragoza, hace saber:

Que en virtud de lo acordado en resolución del día de la fecha dictado en el procedimiento Cuenta del Procurador 1276/2008 que se sigue en este Juzgado a instancia de Carmen Redondo Martínez, Cristina Sarasa Vivas y María José Lallana Angós, representadas las dos primeras por Dª. María del Carmen Redondo Martínez y la última por la procuradora Dª. Rosario Viñuales Royo, contra D. Arturo Cebollada Gracia en reclamación de 12.883,11 euros de principal e intereses moratorios y ordinarios vencidos más otros 3.865 euros fijados prudencialmente para intereses y costas de ejecución, por el presente se anuncia la venta en pública subasta, con antelación de veinte días cuando menos, de la siguiente finca propiedad del ejecutado:

Mitad indivisa de la finca nº 23.636-V del Registro de la Propiedad n° 11 de Zaragoza, tomo 2.824, libro 896 sección 3 D, folio P, letra E, sito en calle Padre Consolación, nº 16, 1º F.

La subasta se celebrará el próximo día 16 de septiembre de 2010, a las 10,30 horas en la Sala de Audiencias de este Juzgado sito en plaza del Pilar, 2, edificio tradicional, planta 5ª, conforme con las siguientes condiciones:

1º. La finca embargada ha sido valorada en 112.500 € (mitad indivisa), y una vez practicada la liquidación de cargas, su valoración a efecto de subasta es de 81.724,72 €.

2º. La certificación registral y, en su caso, la titulación del inmueble o inmuebles que se subastan estará de manifiesto en la Secretaría de este Juzgado.

3º. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.

4º. Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor continuarán subsistentes entendiéndose por el solo hecho de participar en la subasta, que el licitador los admite y queda subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.

5º. Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar, previamente, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad Banesto, cuenta nº 4951/0000/00/1276/08, el 30 por 100 del valor de la finca a efecto de subasta, devolviéndose las cantidades, una vez aprobado el remate, a aquellos que participen en la misma, excepto al mejor postor, salvo que soliciten su mantenimiento a disposición del Juzgado para el caso en que el rematante no consignare el resto del precio, debiendo consignar así mismo en dicho resguardo si, en su caso, las cantidades ingresadas pertenecen en todo o en parte a un tercero identificándole adecuadamente.

6º. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado al que se deberá acompañar el resguardo de haber realizado la consignación a que se refiere la condición anterior, los cuales serán abiertos al inicio de la subasta, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente. 7º. Sólo el ejecutante podrá hacer posturas con la facultad de ceder el remate a un tercero, pudiendo tomar parte en la subasta solo cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que hicieren.

8º. Para el caso de que se hagan posturas que no superen al menos el 50 por 100 del valor de tasación o aun siendo inferior cubran, al menos, la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas, no se aprobará el remate salvo que el Tribunal acuerde otra cosa a la vista de las circunstancias concurrentes en el procedimiento.

9º. El presente edicto estará expuesto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en los lugares públicos de costumbre hasta la fecha de celebración de la subasta.

10º. Para el caso de que la notificación del señalamiento al ejecutado resultante infructuoso por encontrarse en ignorado paradero, sirva la presente de notificación edictal para el mismo.

11º. En el supuesto de que por causa de fuerza mayor no pudiere llevarse a cabo la subasta en el día y hora señalados, se celebrará el día siguiente hábil.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en

Zaragoza, 11 de junio de 2010.-El Secretario.