Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 1 de agosto de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se autoriza a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalan para la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera.

Publicado el 20/08/2014 (Nº 162)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Por Orden de 20 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, se convoca a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera. ("Boletín Oficial de Aragón", número 34, de 18 de febrero de 2014).

Mediante Resolución de 1 de julio de 2014, del Director General de Política Educativa y Educación Permanente, se autorizó de forma provisional a los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón que se señalaban para la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera.

La Comisión de selección prevista en el apartado sexto.1 de la Orden de 20 de enero de 2014 ha revisado las alegaciones presentadas en tiempo y forma en relación con dicha resolución provisional.

Vista la propuesta de resolución definitiva de la convocatoria elevada por el Director General de Política Educativa y Educación Permanente, y de acuerdo con el apartado séptimo.3 de la Orden de 20 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero.- Autorizar la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera a los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo I, hasta un máximo de 10.

Los centros autorizados recibirán, desde el Servicio Provincial correspondiente, las instrucciones necesarias para la firma de dicho compromiso según las características de su proyecto bilingüe.

Segundo.- No autorizar la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera a los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón que se relacionan en el anexo II, por los motivos que se indican.

Tercero.- Los centros autorizados para proceder a la firma de un compromiso ad futurum para impartir una modalidad de bilingüismo en lengua extranjera deberán asumir los compromisos previstos en el apartado octavo de la Orden de 20 de enero de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

Cuarto.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte podrá revocar la autorización para la firma del compromiso ad futurum en los siguientes casos:

a) A petición del centro educativo, previo informe del Consejo Escolar y de la Inspección de Educación.

b) Cuando se detecten anomalías, incumplimiento de la normativa vigente o el centro deje de contar con los requisitos que garantizan la continuidad del programa, previo informe de la Inspección de Educación.

Quinto.- El Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte asume las siguientes obligaciones con los centros con los que se firme un compromiso ad futurum:

a) Ofertar actividades de formación del profesorado implicado en las futuras enseñanzas bilingües con el fin de que adquieran la competencia necesaria para asumir la enseñanza bilingüe en un plazo máximo de 5 años.

b) Modificar los perfiles de la plantilla del centro, según las necesidades de su programa de bilingüismo.

Sexto.- Se faculta a los Directores Generales de Política Educativa y Educación Permanente, y de Gestión de Personal para que adopten las medidas oportunas para la ejecución de la presente orden.

Los Directores de los Servicios Provinciales, en el ámbito de sus competencias, realizarán las actuaciones necesarias para el cumplimiento de lo previsto en esta orden.

Séptimo.- La presente orden surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 1 de agosto de 2014.

La Consejera de Educación, Universidad, Cultura Y Deporte,

(P.S. por Decreto de 29 de julio de 2014, de la Presidenta del Gobierno)

El Consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente

Modesto Lobón Sobrino