Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2016, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 8 de abril de 2013, por la que se renovó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina con capacidad para 1.500 cerdas reproductoras, ubicada en el polígono 78, parcela 33, del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovido por SAT 629 Plano Botero (Número Expte. INAGA 500601/02/2015/11565).

Publicado el 13/04/2016 (Nº 70)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Con fecha 10 de diciembre de 2015, se ha recibido en el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental escrito presentado por la SAT 629 Plano Botero, con NIF: F50107713, solicitando la modificación puntual de la autorización ambiental integrada que posee la explotación por adaptación a la normativa de bienestar animal.

Antecedentes de hecho

Primero.- La Resolución de 11 de diciembre de 2007, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, otorgó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina descrita, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 128, de 31 de octubre de 2007 (Número Expte. INAGA 500301/02/2006/09832).

Segundo.- Mediante Resolución de 8 de abril de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se renovó dicha autorización ambiental integrada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 82, de 29 de abril de 2013 (Número Expte. INAGA 500601/02/2011/04734).

Tercero.- Por Resolución de este Instituto, de fecha 18 de noviembre de 2013, se actualizó la autorización ambiental integrada, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 252, de 26 de diciembre de 2013 (Número Expte. INAGA 500601/02/2013/10117).

Cuarto.- Con fecha 21 de mayo de 2012, y por Resolución del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se considera como modificación no sustancial las obras de adaptación al bienestar animal de la explotación, con capacidad para 450 UGM, de reproductoras con lechones hasta 6 kg (Número Expte. INAGA 500301/02/2012/03893).

Fundamentos de derecho

De conformidad con lo establecido en la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental.

Vistos, La Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifican la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación y la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados; el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; el Decreto 27/2013, de 6 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica el Decreto 158/1998 de 1 de septiembre, por el que se regula la capacidad de las explotaciones porcinas de la Comunidad Autónoma de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de cerdos; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 10/2013,de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 8 de abril de 2013, del Insituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se renovó la autorización ambiental integrada para la explotación porcina con capacidad para 1.500 cerdas reproductoras, ubicada en el polígono 78, parcela 33, del término municipal de Caspe (Zaragoza), y promovido por SAT 629 Plano Botero, en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1. Otorgar la renovación de la autorización ambiental integrada a SAT 629 Plano Botero, con CIF: F50107713, para una explotación porcina con capacidad autorizada para 450 UGM, 1.648 cerdas reproductoras con lechones hasta 6 kg y 271 cerdas de reposición, situada en las coordenadas UTM (huso 30, ETRS 89): XM: 744.302, YM: 4.567.723, ZM 200, en el polígono 78, parcela 298, 333 y 350, en el término municipal de Caspe (Zaragoza). La renovación se otorga con el siguiente condicionado:".

El punto 1.1 de la resolución queda sustituido por lo siguiente:

"1.1. Las instalaciones autorizadas son las siguientes: cuatro naves de maternidad, de dimensiones 115,40 x 10 m, 125 x 7 m, 70 x 25 m, y 25 x 7 m; seis naves de gestación confirmada, de 50 x 14 m, 15 x 8 m, 25 x 8 m, 40 x 7 m, 25 x 20 m y 32,40 x 11,60 m; una nave de nulíparas, de 25 x 10 m; una nave de cubrición, de 30 x 9 m; dos naves de gestación control, de 50 x 20,20 m y 25 x 20,20 m; cinco naves auxiliares para oficinas, vestuario, comedor y dos almacenes, de 9 x 5 m, 15 x 5 m, 9 x 5 m, 25 x 10 m y 14,70 x 12,80 m, respectivamente; tres balsas de purines, de 1.720 m³, 210 m³ y 2.618,85 m³; una fosa de cadáveres, con una capacidad de 225 m³; dos depósitos de agua con 1.100 m³ de capacidad; vallado perimetral y vado sanitario".

El punto 1.1.2 queda anulado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 11 de marzo de 2016.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS