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ORDEN ECD/2103/2017, de 5 de diciembre, por la que se resuelve la convocatoria de Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2016/2017.

Publicado el 26/12/2017 (Nº 245)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Mediante Orden ECD/1160/2017, de 15 de junio, publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 155, de 14 de agosto, se convocaron los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2016/2017.

De conformidad con lo establecido en el apartado octavo punto quinto de la convocatoria, y una vez seguidos los trámites procedimentales exigidos en la misma, mediante Resolución del Director General de Innovación, Equidad y Participación, de 13 de noviembre de 2017, se dictó la propuesta de resolución definitiva del procedimiento.

Igualmente, el apartado noveno punto primero de la convocatoria recoge que la concesión y notificación de los premios se realizará por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte mediante orden motivada que incluirá la relación de los alumnos premiados, el contenido del premio, la puntuación obtenida y los criterios de valoración seguidos, así como la relación de solicitudes excluidas y desestimadas debidamente fundamentada, y será notificada mediante su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", y difundida en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los respectivos Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Consta en expediente que los participantes que han optado a estos Premios reúnen los requisitos establecidos en el apartado segundo de la convocatoria. Igualmente, en la valoración de las solicitudes se ha atendido a los criterios establecidos en el apartado séptimo de la convocatoria. Asimismo, la Comisión de Valoración estimó la alegación presentada por la aspirante con NIF 47981503F contra su baremación provisional, lo que supone que la solicitud de la aspirante con NIF 73223158J, que figuraba inicialmente en la relación provisional de solicitantes concedidos, pase a formar parte de la relación de solicitudes desestimadas.

Visto lo anterior, a propuesta del Director General Innovación, Equidad y Participación, y dando cumplimiento a lo establecido en la convocatoria, resuelvo:

Primero.- Conceder los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria correspondientes al curso 2016/2017 a los alumnos que constan en la relación que figura como anexo I a esta orden, con su puntuación correspondiente.

Segundo.- Aprobar la relación de solicitudes desestimadas, con su puntuación y motivo correspondiente, que figura como anexo II a esta orden, y la relación de solicitudes excluidas, debidamente motivada, que figura como anexo III a la presente orden.

Tercero.- Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones contenidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 27 de septiembre, General de Subvenciones, en el artículo 9 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, y en el artículo 16 de la Orden ECD/312/2016, de 12 de abril, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de innovación, equidad y participación educativa.

Deberán igualmente someterse al control financiero ejercido por la Intervención General, así como a los controles que pudieran ejercerse por parte de la Cámara de Cuentas de Aragón y del Tribunal de Cuentas, en los términos establecidos en los artículos 51 y 52 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo.

De acuerdo con lo previsto en la convocatoria, así como en el artículo 9.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y de Participación Ciudadana de Aragón, los beneficiarios de subvenciones estarán obligados a suministrar a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, previo requerimiento, y en un plazo de quince días, toda la información necesaria para el cumplimiento por aquella de las obligaciones previstas en la Ley en materia de transparencia, con las consecuencias recogidas en su artículo 9.4.

Cuarto.- Ordenar que el premio conste en el expediente académico y en el historial académico del alumno premiado mediante diligencia realizada por el Secretario del centro docente correspondiente, de conformidad con el anexo IV a esta orden, recogido igualmente en la convocatoria.

Quinto.- La obtención del Premio Extraordinario de Educación Secundaria dará opción, previa inscripción, a concurrir al correspondiente Premio Nacional de Educación Secundaria Obligatoria que convoque el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte siguiendo los criterios de selección que esta convocatoria indique.

Sexto.- De conformidad con el apartado tercero punto primero de la convocatoria, el importe de los premios asciende a un total de tres mil euros (3.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 18050/G/4231/480093/91002 de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2017. Cada uno de los Premios Extraordinarios de Educación Secundaria Obligatoria de la Comunidad Autónoma de Aragón para el curso 2016/2017 resulta dotado con un importe de 200 euros tal y como establece el apartado tercero punto dos.

Séptimo.- Ordenar la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón", en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los respectivos Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Zaragoza, 5 de diciembre de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN