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RESOLUCIÓN de 21 de septiembre de 2015, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se procede a dar de baja y extinguir la autorización ambiental integrada de la explotación porcina de recría de reproductores con capacidad para 3.000 plazas, ubicada en el polígono 11, parcela 37, término municipal de Peralta de Alcofea (Huesca), y promovida por D. Mariano Campo Tornos (Número de Expediente INAGA 500601/02/2015/05918).

Publicado el 05/11/2015 (Nº 214)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE DESARROLLO RURAL Y SOSTENIBILIDAD

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 17 de octubre de 2013, se inició de oficio, por parte de este Instituto, el expediente de actualización de la autorización ambiental integrada descrita en el encabezado, en base a lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, según redacción dada por la Ley 5/2013, de 11 de junio, no resolviéndose la misma al no ser localizado el promotor en el correspondiente trámite de audiencia, realizado con fecha 23 de octubre de 2013 y, posteriormente, publicado en el "Boletín Oficial de Aragón", número 239, de 4 de diciembre de 2013.

Segundo.- Con fecha 2 de junio de 2015, el Área VI de Medio Ambiente Agroganadero de este Instituto ha procedido a consultar la base de datos del Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas, para lo cual tiene autorización y clave de acceso, constatando que no existe explotación alguna a nombre del promotor.

Tercero.- Consultado el programa informático existente en este Instituto (INALOAD), para verificar la situación actual de las explotaciones ganaderas, se comprueba que, a fecha actual, no existe edificación alguna en la parcela y coordenadas en las que debería haberse construido la explotación.

Cuarto.- En base a los antecedentes de hecho descritos, este Instituto, con fecha 23 de junio de 2015, inicia de oficio el expediente de baja y extinción de la autorización ambiental integrada, otorgada a la explotación porcina de recría de reproductores con capacidad para 3.000 plazas, ubicada en el polígono 11, parcela 37, término municipal de Peralta de Alcofea (Huesca).

Quinto.- Por Resolución de 13 de enero de 2005, de la Dirección General de Calidad Ambiental, se otorgó autorización ambiental integrada para la explotación porcina en cuestión, promovida por D. Mariano Campo Tornos. Se publicó en el "Boletín Oficial de Aragón", número 13, de 28 de enero de 2005.

Sexto.- De la presente propuesta se da traslado, con fecha 28 de julio de 2015, al promotor, a las Direcciones Generales de Alimentación y Fomento Agroalimentario y de Sostenibilidad, así como al ayuntamiento, para su conocimiento y pronunciamiento si así lo considerasen.

Séptimo.- Ninguno de los receptores de la propuesta de resolución se ha pronunciado al respecto en el plazo establecido, por lo que se entiende no existe oposición a la misma.

Fundamentos jurídicos

Primero.- La Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, le atribuye la competencia de tramitación y resolución de los procedimientos administrativos a que dan lugar las materias que se relacionan en el anexo I de la ley, entre las que se incluye la competencia sobre autorizaciones ambientales integradas.

Segundo.- La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su artículo 42.1, dispone que la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación.

Tercero.- La Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón, establece que deberán contar con autorización ambiental integrada las explotaciones porcinas de cebo con capacidad superior a 2.500 plazas.

Vistos, la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

1. Proceder a dar de baja y extinguir la autorización ambiental integrada, otorgada por Resolución de 13 de enero de 2005, de la Dirección General de Calidad Ambiental, para la explotación porcina de recría de reproductores con capacidad para 3.000 plazas, ubicada en el polígono 11, parcela 37, término municipal de Peralta de Alcofea (Huesca).

2. Comunicar al Ayuntamiento de Peralta de Alcofea (Huesca) que la autorización ambiental integrada de la explotación de referencia queda sin efecto.

3. Comunicar al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a los efectos de proceder a dar de baja dicha autorización ambiental integrada en el inventario de instalaciones regulado en el artículo 8.2.a) de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Zaragoza, 21 de septiembre de 2015.

La Directora del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental,

MARTA PUENTE ARCOS