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ORDEN de 2 de abril de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), para la realización de actuaciones de fomento de la internacionalización de las empresas aragonesas.

Publicado el 10/04/2014 (Nº 72)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0061 el convenio suscrito, con fecha 25 de marzo de 2014, por el Consejero de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón y el Presidente de CREA, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 2 de abril de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA CONFEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE ARAGÓN, PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES DE FOMENTO DE LA INTERNACIONALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS ARAGONESAS

En Zaragoza, a 25 de marzo de 2014.

REUNIDOS

De una parte: El Excmo. Sr. D. Francisco Bono Ríos, Consejero de Economía y Empleo, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultado para este acto, por Acuerdo del Gobierno de Aragón, de fecha 11 de marzo de 2014.

De otra: El Sr. D. Fernando Callizo Oliván, en calidad de Presidente de la Confederación de Empresarios de Aragón, elegido en Asamblea general, celebrada válidamente el día 19 de noviembre de 2013, de acuerdo con el artículo 25 de los estatutos de la Confederación de Empresarios de Aragón.

Reconociéndose ambas partes capacidad jurídica para formalizar el presente convenio,

EXPONEN

El artículo 71.32.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, atribuye a la Comunidad Autónoma de Aragón competencia exclusiva en el fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

El Decreto 19/2012, de 24 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Economía y Empleo, contempla, entre sus competencias, la de planificación, coordinación y ejecución de la política económica de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como la mejora de la competitividad y la internacionalización de la economía aragonesa. En particular, corresponde al Departamento de Economía y Empleo el desarrollo y seguimiento de la planificación relativa a la internacionalización de la Comunidad Autónoma.

Con el objetivo de impulsar la creación de empleo, la mejora de la competitividad y la dinamización de la economía aragonesa, el Gobierno de Aragón ha elaborado la "Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento", cuya implementación durante este año 2014 se realizará en aplicación de lo dispuesto en el título séptimo de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

La "Estrategia Aragonesa de Competitividad y Crecimiento" reconoce la internacionalización como uno de los factores determinantes de la competitividad de las empresas y, por consiguiente, de la economía aragonesa. La implementación durante el año 2014 de esta estrategia se va a realizar a través del "Fondo para el Fomento del Empleo y la Competitividad", contemplado en el título séptimo de la Ley 1/2014, de 23 de enero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2014.

Asimismo, el Gobierno de Aragón consciente de estos objetivos, comparte con los agentes sociales, tal y como queda refrendado en el Acuerdo Social para la Competitividad y el Empleo de Aragón 2012-2015, que la internacionalización no se limita a la promoción en el exterior.

El Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón entienden que el fomento de la competitividad y la internacionalización de las empresas aragonesas es fundamental para la consolidación del tejido empresarial aragonés y para el desarrollo económico de nuestra Comunidad Autónoma, y ello exige desarrollar una política activa que impulse la participación de las empresas aragonesas en un ámbito donde existe un gran potencial por desarrollar como es el de las licitaciones y los concursos públicos internacionales.

El Gobierno de Aragón es consciente de la relevancia que para la economía y el prestigio de Aragón en el exterior puede tener el hecho de que empresas aragonesas participen en licitaciones convocadas por la Comisión Europea.

La contratación pública ha adquirido una importancia creciente en la actividad económica, es notable el incremento de las ventas al exterior que se produce en un contexto de crisis global gracias al compromiso y esfuerzo de las empresas exportadoras.

El comercio internacional derivado de la contratación pública está impulsando la recuperación de la actividad económica y debe ejercer ese papel de manera estructural. Además, el comercio internacional crecerá porque las inversiones públicas en los países emergentes se realizarán bajo crecientes disciplinas de transparencia y no discriminación que aseguren la competencia, minimicen el gasto para gobiernos y contribuyentes y eviten prácticas corruptas (por ejemplo: licitaciones de ayuda humanitaria de urgencia, convocadas por la Oficina Humanitaria de la Comunidad Europea; licitaciones de ayuda al desarrollo, convocadas por la Dirección General de Desarrollo de los países de África, Caribe y Pacífico, de la Comisión Europea o ayudas destinadas a países en vías de desarrollo de América Latina, países del sur del Mediterráneo y Asia).

Así, son necesarias empresas exportadoras e inversoras que produzcan bienes y servicios comerciables competitivos de alto valor añadido y los vendan en los mercados que más van a crecer, asegurando que éstos estén abiertos y puedan operar en competencia para aprovechar las inmensas oportunidades de negocio que ofrecen. Entre éstas, las que brindan los mercados de contratación pública encierran un potencial que no se puede desaprovechar.

Las empresas aragonesas son plenamente capaces de presentar ofertas altamente competitivas en procesos licitatorios, sin embargo los procedimientos de adjudicación son todavía desconocidos para muchas empresas aragonesas y con ello pierden valiosas oportunidades de ampliar su actividad empresarial y obtener contratos y financiación de instancias comunitarias.

La Confederación de Empresarios de Aragón es una organización que representa al conjunto del empresariado de la Comunidad Autónoma aragonesa, siendo la organización que, por su características, medios y experiencia en la problemática, inquietudes e intereses, puede desarrollar las finalidades que se pretenden conseguir, en relación con los aspectos apuntados en torno a la internacionalización de las empresas aragonesas y su participación en concursos y licitaciones públicas internacionales.

Por este motivo, es voluntad del Gobierno de Aragón colaborar con la Confederación de Empresarios de Aragón mediante su apoyo en la planificación, desarrollo y financiación de los programas contemplados en el presente convenio.

La colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Confederación de Empresarios de Aragón en este campo es una importante oportunidad que beneficia al conjunto de la Comunidad Autónoma, al fortalecer la internacionalización de las empresas aragonesas.

Los programas recogidos en el presente convenio responden a razones de evidente interés económico para la Comunidad Autónoma de Aragón, por cuanto contribuyen al desarrollo económico, a través del fomento de la capacidad empresarial, que permite anticiparse y atender las necesidades que demanda el mercado y propiciar el desarrollo de nuevas actividades, como se pone de manifiesto en los párrafos anteriores.

El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, contribuirá al desarrollo de estos proyectos mediante el otorgamiento de una subvención a la Confederación de Empresarios de Aragón, al quedar acreditado el interés social y económico de las actuaciones para las empresas aragonesas y su impulso económico en el exterior, de acuerdo con la posibilidad de conceder directamente una subvención al cumplir los requisitos excepcionales contemplados en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En el presente convenio se determinarán las condiciones y compromisos de esta subvención, de acuerdo con lo enunciado en el artículo 28.1 de la citada ley.

El presente convenio está incluido en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Economía y Empleo, aprobado por Orden de 15 de febrero de 2012, del Consejero de Economía y Empleo, modificado por Órdenes de 4 de abril y de 4 de octubre de 2012, en cumplimento del punto 90 del apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado por el Gobierno de Aragón, en sesión de 13 de septiembre de 2011.

Considerando que el Gobierno de Aragón ha acordado la aprobación de este texto, en su reunión de 11 de marzo de 2014, por cuanto antecede, se formaliza el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

El objeto de este convenio es establecer mecanismos de cooperación entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Economía y Empleo, y la Confederación de Empresarios de Aragón (CREA), que permitan potenciar la imagen y presencia de las empresas aragonesas en el exterior, impulsando la participación de las empresas aragonesas en un ámbito donde existe un gran potencial por desarrollar como es el de las licitaciones y los concursos públicos internacionales.

Segunda.- Programas.

La Confederación de Empresarios de Aragón, a través del establecimiento del Servicio Aragonés de Licitaciones Internacionales, desarrollará actuaciones encaminadas al desarrollo económico de nuestra Comunidad, facilitando la internacionalización de la empresa aragonesa a través de mayor participación en licitaciones y concursos públicos internacionales.

Los principales objetivos de estas actuaciones dirigidas a impulsar la internacionalización de las empresas aragonesas son la promoción de información y asesoramiento a empresas y organismos aragoneses, para que participen en las licitaciones financiadas por la Unión Europea y otras instituciones multilaterales.

Tercera.- Compromisos de la Confederación de Empresarios de Aragón.

La Confederación de Empresarios de Aragón, en el desarrollo de los programas contemplados en el presente convenio, se compromete a:

- La celebración de un mínimo de 4 jornadas/seminarios especializados de trabajo con representantes de los principales organismos multilaterales para conocer en detalle las líneas de trabajo y de algunos países, así como talleres prácticos intensivos para explicar la participación en licitaciones y concursos internacionales.

- Renovación del portal interactivo "Servicio Aragonés de Licitaciones Internacionales" (SAL), de acuerdo a las necesidades de las empresas detectadas por la Confederación de Empresarios de Aragón durante el transcurso del 2014. El portal contará con un nuevo apartado en el que las empresas aragonesas podrán buscar socios extranjeros y españoles para concurrir conjuntamente a licitaciones internacionales.

- Mantenimiento y actualización semanal del portal interactivo "Servicio Aragonés de Licitaciones Internacionales" (SAL).

- Inserción anual de más de 500 de licitaciones y concursos internacionales, con sus pliegos de condiciones correspondientes, de los sectores de interés para el tejido empresarial aragonés.

- El establecimiento de vínculos de información fluidos y permanentes con las principales instituciones financieras multilaterales adjudicatarias de contratos.

- La comunicación directa con los responsables de las licitaciones y con los organismos capacitados para apoyar las licitaciones de empresas aragonesas.

- La publicación y difusión de informaciones actualizadas sobre la convocatoria de licitaciones y otras oportunidades de negocio, así como de acciones formativas.

Cuarta.- Información y publicidad.

La logomarca del Gobierno de Aragón, Departamento de Economía y Empleo, figurará en todas las acciones de comunicación, publicidad e identificación, que se realicen en ejecución del presente convenio, tal y como se desprende de lo dispuesto en el Manual de Identidad Visual Corporativa del Gobierno de Aragón y normativa reguladora aplicable.

La autorización para la utilización del identificador corporativo del Gobierno de Aragón, en cualquiera de sus manifestaciones, deberá solicitarse a la Comisión de Comunicación Institucional, de acuerdo con las instrucciones establecidas en la página web del Gobierno de Aragón (www.aragon.es). El beneficiario solicitará, con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Esta obligación de solicitud de informe previo se extenderá, en su caso, a la creatividad y plan de medios de las actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquier de sus variantes, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

Quinta.- Compromisos del Gobierno de Aragón.

El Gobierno de Aragón cooperará económicamente en estos programas mediante la aportación económica a la Confederación de Empresarios de Aragón de un importe máximo de cincuenta y seis mil euros (56.000 €), equivalente al 80% sobre una base subvencionable de setenta mil euros (70.000 €), que se asignarán a las actuaciones anteriormente citadas.

La financiación correspondiente al Gobierno de Aragón se efectuará con cargo a la partida 15060 G/6122/480014/91002, del Presupuesto de gastos del Departamento de Economía y Empleo del Gobierno de Aragón para el ejercicio 2014.

En todo caso, la financiación por parte del Gobierno de Aragón de las actuaciones previstas en el presente convenio quedará subordinada a las disponibilidades presupuestarias.

Sexta.- Justificación.

1. Para acceder a la financiación aportada por el Gobierno de Aragón, la Confederación de Empresarios de Aragón deberá justificar la ejecución de una inversión de, al menos, 70.000 €, antes del 20 de septiembre de 2014, mediante la aportación de la siguiente documentación:

a) Certificado del representante legal de la entidad, detallando la aplicación de los fondos y su adecuación a los fines perseguidos.

b) Certificado de ingresos procedentes de otras ayudas, subvenciones, recursos o convenios, de manera que, de acuerdo con el artículo 19.3 de la Ley General de Subvenciones, el importe a percibir en concepto de subvención no podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

c) Memoria detallada de las acciones desarrolladas, especificando los ponentes, los participantes y demás extremos mencionados en este convenio.

d) Facturas originales y demás documentos acreditativos del gasto, así como justificantes de los pagos correspondientes a las actuaciones planteadas (original y copia).

e) Certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, Seguridad Social y Hacienda de la Comunidad Autónoma, acreditando que el beneficiario de la subvención se encuentra al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. En este sentido, se podrá autorizar al órgano gestor para obtener los citados certificados.

2. Las facturas emitidas por entidades vinculadas directamente con la beneficiaria requerirán autorización, previa a la justificación, del órgano gestor del Gobierno de Aragón.

3. La no justificación en plazo o de forma indebida supondrá, respecto de las cantidades no justificadas en tiempo o forma, la pérdida de eficacia del compromiso de financiación asumido por el Gobierno de Aragón.

Séptima.- Pago.

El pago por el Gobierno de Aragón se ajustará a lo dispuesto en el Decreto 186/1993, de 3 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre pago de subvenciones concedidas con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón, así como a lo establecido por la Ley General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo.

Octava.- Vigencia del convenio.

El plazo de vigencia del presente convenio finalizará con el cumplimiento, justificación y pago de las actuaciones y, en todo caso, antes del 20 de septiembre de 2014. Podrán imputarse al presente convenio los gastos originados como consecuencia de actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2014.

Novena.- Otras causas de extinción.

1. El presente convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él.

En caso de resolución del convenio por incumplimiento por parte de la Confederación de Empresarios de Aragón, se estará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con el reintegro de subvenciones.

2. El presente convenio también podrá resolverse por mutuo acuerdo de las partes, así como por imposibilidad sobrevenida.

Décima.- Naturaleza y jurisdicción.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa, no teniendo naturaleza contractual y, en consecuencia, no está sujeto a las prescripciones del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, ni a su normativa de desarrollo, de conformidad con lo enunciado en el artículo 4.1 d) del citado texto refundido.

La resolución de las controversias y diferencias que puedan surgir, en relación con la interpretación, ejecución, cumplimiento y extinción del mismo, serán de conocimiento y competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Undécima.- Plan de Racionalización del Gasto Corriente.

El presente convenio se acoge a los puntos que le son de aplicación, recogidos en el apartado III del Plan de Racionalización del Gasto Corriente, aprobado con fecha 13 de septiembre de 2011, por el Gobierno de Aragón.

Y en prueba de conformidad, firman el presente convenio por triplicado, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.