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ORDEN EIE/1892/2016, de 18 de noviembre de 2016, por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea aéreo-subterránea a 15 KV "P.I. Fuentes-Pina", en el término municipal de Fuentes de Ebro (Zaragoza), solicitada por Endesa Distribución Eléctrica SL.

Publicado el 29/12/2016 (Nº 249)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, a petición de Endesa Distribución Eléctrica SL, con domicilio en C/ San Miguel número 10, 50001 de Zaragoza, en fecha 24 de agosto de 2015, solicitando la declaración en concreto de la utilidad pública para la Línea aereo-subterranea a 15 kV "PI Fuentes-Pina" (Expte ZA-AT 0001/14), de acuerdo con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto el informe del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, de fecha 20 de septiembre de 2016, que señala que se consideran justificadas las razones que motivan la solicitud de 24 de agosto de 2015, solicitando la declaración en concreto de la utilidad pública para la Línea aereo-subterranea a 15 kV "PI Fuentes-Pina" (Expte ZA-AT 0001/14), formulada por la empresa Endesa Distribución Eléctrica SL, y resulta favorable a la misma.

Resultando que la Resolución de fecha 14 de octubre de 2014, del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Zaragoza, otorga la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación Línea aereo-subterranea a 15 kV "PI Fuentes-Pina" (Expte ZA-AT 0001/14); y publicada en el "Boletín Oficial de la Provincia" de Zaragoza de fecha 3 de noviembre de 2014.

Resultando que tramitado el expediente de conformidad con el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, arriba citado, y abierto el trámite de información pública a los afectados por el trazado de la línea, no se formulan alegaciones.

Resultando que la valoración de los perjuicios de la instalación se realiza mediante la determinación del justo precio, regulado en la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa y demás legislación concordante.

Considerando que el apartado 1 del artículo 140 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, establece que "De acuerdo con el artículo 52.1 de la Ley del Sector Eléctrico, se declaran de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso".

Considerando la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás legislación concordante.

Por cuanto antecede, en el ejercicio de las competencias de ordenación y gestión en materia de energética que me atribuye el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, resuelvo:

Primero.- Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica, cuyas características principales son:

Denominación: Línea aéreo-subterránea a 15 KV "PI Fuentes-Pina.

Titular: Endesa Distribución Electrica S.L.

Domicilio del titular: C/ San Miguel número 10. 50001. (Zaragoza)

Emplazamiento de la instalación: Fuentes de Ebro (Zaragoza)

Origen

Tramo 1: CD Z45142 "Pgno La Corona número 2", existente

Tramo 2: Nuevo apoyo número 15 (número 29 antiguo) de la línea existente

Final

Tramo 1: Nuevo apoyo número 11 (número 4 antiguo) de la línea existente

Tramo 2: Nuevo apoyo número 20 (número 88N antiguo) de la línea "Riegos" existente

Nota: Se renumerará la línea.

Longitud

Tramo 1: 1006 metros en subterráneo y 1326 metros en aéreo

Tramo 2: 1488 metros en aéreo

Recorrido: término municipal de Fuentes de Ebro

Tensión: 15 KV

Circuitos: uno, trifásico

Conductores: RHZ1 12/20 kV 3x1x400 mm² Al, en zanja, en el tramo subterráneo, y 94-AL1/22-ST1A (LA-110), sobre apoyos metálicos, en el tramo aéreo.

CD Z45142 "Pgno. La Corona Número 2"

Tipo: Prefabricado de superficie. Se instalará una nueva celda metálica con aislamiento de SF6, de 24 kV 630 A, conteniendo un interruptor-seccionador 24 kV 630 A y un seccionador de p.a.t.

En virtud de lo establecido en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre y en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, la declaración de utilidad pública lleva implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente, lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Segundo.- Notificar a los interesados y publicar el texto de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra esta orden que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, en el plazo de dos meses contados a partir al de su notificación al interesado, conforme al artículo 10 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Economía, Industria, y Empleo en el plazo de un mes, también contados a partir de la notificación de la presente orden, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 18 de noviembre de 2016.

La Consejera de Economía, Industria y Empleo, MARTA GASTÓN MENAL