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ORDEN de 1 de abril de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón, la Universidad de Zaragoza, a través del Instituto Universitario de Biocomputación y Física de los Sistemas Complejos (BIFI), y la Fundación Ibercivis, para el desarrollo del programa "Ciencia ciudadana e Inteligencia colectiva".

Publicado el 10/04/2014 (Nº 72)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/4/0011 el convenio suscrito, con fecha 10 de febrero de 2014, por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, el Vicerrector de Política Científica de la Universidad de Zaragoza y el Director de la Fundación Ibercivis, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 1 de abril de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA, A TRAVÉS DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO DE BIOCOMPUTACIÓN Y FÍSICA DE LOS SISTEMAS COMPLEJOS (BIFI), Y LA FUNDACIÓN IBERCIVIS, PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA "CIENCIA CIUDADANA E INTELIGENCIA COLECTIVA"

Zaragoza, a 10 de febrero de 2014.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. D.ª Dolores Serrat Moré, Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, actuando en nombre y representación del Gobierno de Aragón, facultada para este acto, por Acuerdo de este órgano, de 4 de febrero de 2014.

De otra parte, D. Luis Miguel García Vinuesa, Vicerrector de Política Científica de la Universidad de Zaragoza, quien actúa en nombre y representación de la misma, en virtud de la delegación de competencias, realizada mediante Resolución de 17 de mayo de 2012, del Rector de la Universidad de Zaragoza, por la que se determina la estructura y régimen de funcionamiento del Consejo de Dirección y la delegación de competencias ("Boletín Oficial de Aragón", número 101, de 28 de mayo de 2012).

Y de otra parte, D. Alfonso Tarancón Lafita, Director de la Fundación Ibercivis, actuando en nombre y representación de la misma, en uso de la facultades que le confiere el artículo 19 de los estatutos de la Fundación, otorgados ante el notario de Madrid, Sr. Antonio de la Esperanza Rodríguez, de fecha 14 de noviembre de 2011, con número de protocolo 5.776.

Reconociéndose las partes con capacidad jurídica y de obrar suficiente para otorgar el presente documento,

EXPONEN

El Decreto 336/2011, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, modificado por el Decreto 178/2012, de 17 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, atribuye a este departamento competencias en materia de planificación, implantación, desarrollo, gestión y seguimiento de la educación en Aragón mediante el fomento y apoyo de programas de experimentación, innovación e investigación educativa.

La Universidad de Zaragoza es la principal institución del sistema universitario de Aragón, debido a su papel garante del servicio público de educación superior, derivado de su condición de universidad pública. Ello justifica las especiales relaciones de cooperación que deben existir entre el Gobierno de Aragón y dicha institución universitaria, tal y como dispone el artículo 3 de la Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón.

El artículo 10 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, define los Institutos Universitarios de Investigación como centros dedicados a la investigación científica y técnica o a la creación artística. Para el cumplimiento de sus objetivos, estos institutos pueden organizar y desarrollar programas y estudios de doctorado y de postgrado, y proporcionar asesoramiento técnico en el ámbito de sus competencias.

Entre los Institutos Universitarios de Investigación de la Universidad de Zaragoza se incluye el Instituto Universitario de Investigación de Biocomputación y Física de Sistemas Complejos (BIFI), creado mediante Decreto 311/2002, de 8 de octubre, del Gobierno de Aragón, y a través del cual se instrumentarán las acciones previstas en este convenio. El objetivo del BIFI es desarrollar actividades de investigación competitiva en las áreas de computación aplicadas a la física de sistemas complejos y modelos biológicos. Por otro lado, además de la investigación en ciencia básica, un punto fundamental del Instituto es la transferencia de tecnología entre la universidad y la sociedad.

Además de estos objetivos, el BIFI siempre ha realizado una labor de divulgación de la ciencia a la sociedad, así como de fomento de las vocaciones científicas entre los jóvenes. Fruto de este interés, el BIFI promovió la creación de la Fundación Ibercivis, fundación privada sin ánimo de lucro participada minoritariamente por la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. Los fines de la Fundación son, según sus estatutos, crear, desarrollar, impulsar y consolidar una plataforma ciudadana de computación, denominada plataforma Ibercivis, basada en la unión de equipos informáticos de hogares e instituciones públicas y privadas, aportados voluntaria y desinteresadamente para dar servicio a la comunidad científica a través de internet, de manera que puedan realizar todo tipo de cálculos que individualmente no serían posibles y realizar divulgación científica entre los ciudadanos partícipes, despertando el interés por las investigaciones, creando de esta manera un vínculo entre ciencia y sociedad.

De acuerdo con los artículos 22 y 23 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Comunidad Autónoma de Aragón podrá celebrar convenios con las universidades públicas para el fomento de la calidad docente, la investigación y la participación de las mismas en el desarrollo cultural, económico y social de Aragón.

Con fecha 7 de septiembre de 2012, el Gobierno de Aragón suscribió un convenio de colaboración con el Instituto Universitario de Biocomputación y Física de Complejos (BIFI) de la Universidad de Zaragoza, para la realización de actividades educativas y de divulgación científica en centros escolares, con el apoyo de la Fundación Ibercivis. Fruto de ese convenio, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte ha convocado el programa "Ciencia ciudadana e Inteligencia colectiva" para los cursos 2012/2013 y 2013/2014. Todas las partes valoran la calidad del programa y, en consecuencia, manifiestan su interés en continuar colaborando de modo indefinido en posteriores cursos.

A tal efecto, las partes firmantes han decido suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es establecer las líneas de colaboración entre el Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y la Universidad de Zaragoza a través del Instituto Universitario de Biocomputación y Física de los Sistemas Complejos (BIFI) y la Fundación Ibercivis, para el desarrollo del programa "Ciencia ciudadana e Inteligencia colectiva" en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segunda.- Compromisos de la Universidad de Zaragoza.

1. En ejecución del presente convenio, la Universidad de Zaragoza, a través del Instituto Universitario de Biocomputación y Física de los Sistemas Complejos (BIFI), y la Fundación Ibercivis, se compromete a:

a) Diseñar actividades educativas relacionadas con las líneas de investigación científica que el BIFI y la Fundación Ibercivis llevan a cabo, y que cumplan un doble propósito: por un lado, acercar la ciencia a los alumnos y, por otro, enriquecer las investigaciones científicas con la participación de los alumnos. Estas actividades formarán parte del programa "Ciencia ciudadana e Inteligencia colectiva".

b) Proporcionar la información necesaria, tanto a profesores como a alumnos, para llevar a cabo las actividades educativas con el máximo aprovechamiento por ambas partes.

c) Informar a los centros docentes participantes en las actividades educativas del estado general de las líneas de investigación en las que han participado.

2. El desarrollo de las anteriores actividades no supondrá, en ningún caso, aportación económica por parte de la Universidad de Zaragoza ni de la Fundación Ibercivis, ni comportará contraprestaciones adicionales, pecuniarias o en especie.

3. Asimismo, la Universidad de Zaragoza y la Fundación Ibercivis se comprometen a comunicar al Gobierno de Aragón cualquier incidencia relacionada con las actividades enumeradas en el apartado primero de esta cláusula.

Tercera.- Compromisos del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

1. En ejecución del presente convenio, el Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte se compromete a:

a) Seleccionar los centros docentes que participarán en las actividades educativas y de divulgación científica previstas en la cláusula anterior. Dicha selección, se hará preferentemente a través de la convocatoria pública del programa "Ciencia ciudadana e Inteligencia colectiva". No obstante, en casos excepcionales de experiencias innovadoras en los que el número de centros que pueda participar sea muy reducido, los centros podrán ser seleccionados directamente.

b) Difundir dicho programa a través de las páginas web "http://www.educaragon.org/"y "http://www.catedu.es/ciencia/".

c) Informar a los padres de que sus hijos participan en el programa.

d) Acreditar la participación de los profesores que participen en el programa con el reconocimiento de las horas de formación que se indicarán en la correspondiente convocatoria.

e) Gestionar la comunicación con los centros educativos seleccionados para las diversas actividades.

2. El desarrollo de las anteriores actividades no supondrá, en ningún caso, aportación económica por parte del departamento ni comportará contraprestaciones adicionales, pecuniarias o en especie.

3. Asimismo, el Gobierno de Aragón se compromete a comunicar al BIFI y a la Fundación Ibercivis cualquier incidencia relacionada con los centros docentes que participan en dichas actividades.

Cuarta.- Difusión.

Cuando de las acciones contempladas en este convenio se deriven publicaciones, seminarios, conferencias e información en páginas web, entre otras, deberá constar en las mismas que se han realizado en colaboración con el Gobierno de Aragón, previo informe preceptivo de la Comisión de Comunicación institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Quinta.- Comisión mixta de seguimiento.

1. Ambas partes constituirán una comisión mixta paritaria que tendrá como finalidades, además de promover las acciones que permitan cumplir los objetivos y condiciones estipulados en el convenio, el desarrollo, seguimiento, interpretación y resolución de posibles controversias en relación con el presente convenio. Estará formada por un miembro en representación del BIFI, un miembro en representación de la Fundación Ibercivis y otros dos miembros en representación del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte.

2. La comisión se constituirá en el plazo de un mes a partir de la entrada en vigor del presente convenio.

3. Se reunirá con una periodicidad anual y siempre que lo solicite una de las partes. En su primera reunión, la comisión elegirá a las personas que la presidan y que levanten actas de sus reuniones.

Sexta.- Vigencia.

Este convenio será efectivo a partir de la fecha de suscripción y tendrá vigencia indefinida mediante prórrogas tácticas anuales, salvo que alguna de las partes manifieste lo contrario por escrito.

Séptima.- Causas de extinción.

1. Este convenio podrá ser resuelto, previa comunicación con un mes de antelación, por incumplimiento de los compromisos recogidos en él.

2. También podrá resolverse en los siguientes casos:

a) Por mutuo acuerdo, que deberá constar por acuerdo suscrito por las partes firmantes.

b) Por imposibilidad sobrevenida.

c) Por denuncia de una de las partes, realizada por escrito y con una antelación mínima de tres meses.

d) Por otras causas establecidas en la normativa vigente.

Octava.- Naturaleza y jurisdicción.

1. Este convenio tiene carácter jurídico-administrativo y se regulará por lo establecido en la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, quedando excluido del ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

2. Las controversias sobre la interpretación y ejecución de este convenio de colaboración, una vez agotada la vía de la Comisión mixta de seguimiento prevista en la cláusula quinta, deberán ser resueltas por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Y en prueba de conformidad, firman las partes el presente documento, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados al principio.