Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN de 1 de abril de 2014, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón e Ibercaja Banco, S.A., para potenciar el desarrollo de los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en los centros educativos.

Publicado el 10/04/2014 (Nº 72)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2014/7/0060 el convenio suscrito, con fecha 25 de marzo de 2014, por la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Director de Marketing y Banca Multicanal de Ibercaja Banco, S.A., y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 1 de abril de 2014.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN E IBERCAJA BANCO, S.A., PARA POTENCIAR EL DESARROLLO DE LOS JUEGOS DEPORTIVOS EN EDAD ESCOLAR DE ARAGÓN, Y LA PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE EN CENTROS EDUCATIVOS

En Zaragoza, a 25 de marzo de 2014.

REUNIDOS

De una parte, D.ª Dolores Serrat Moré, en nombre y representación del Gobierno de Aragón, como Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del mismo, autorizada por Acuerdo de 4 de marzo de 2014.

Y de otra parte, D. José Ignacio Oto Ribate, con DNI 25139284P, en calidad de Director de Marketing y Banca Multicanal de Ibercaja Banco, S.A. (en adelante, Ibercaja), en nombre y representación de éste, con CIF: A99319030, y domicilio social en Zaragoza, plaza Basilio Paraíso, 2.

En virtud de la representación indicada por cada una de las partes, los firmantes se reconocen mutuamente plena capacidad jurídica y de obrar para la formalización del presente convenio.

ANTECEDENTES

I. El Gobierno de Aragón, a través del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte (Dirección General del Deporte), promueve y organiza los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, con la asistencia técnica de federaciones deportivas aragonesas y la colaboración en la organización de ayuntamientos y comarcas.

II. Ibercaja, dentro de sus actuaciones de promoción, contempla el patrocinio y colaboración con entidades públicas y privadas en programas destinados a fomentar actividades deportivas en nuestra juventud.

III. Para financiar los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en centros educativos, el Gobierno de Aragón asigna anualmente en sus presupuestos la dotación necesaria para cubrir los gastos derivados de su organización.

IV. Con el fin de concertar el patrocinio ya señalado de Ibercaja a los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en centros educativos, aplicando unos mayores recursos para potenciar el deporte escolar, incentivando la competición y dotando de medios a las entidades y deportistas participantes, se suscribe el presente convenio de colaboración que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- El Gobierno de Aragón, como entidad promotora y organizadora de los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en centros educativos, diseñará las condiciones, normas y características de los mismos, escogiendo a todos los proveedores, dirigiendo y controlando su desarrollo.

Segunda.- Ibercaja aportará, para el desarrollo y financiación de estas actividades, la cantidad de 80.000 €, IVA incluido, procediendo a realizar, previo informe de la Dirección General del Deporte, y con un límite de 40.000 € en 2014 y 40.000 € en 2015, directamente los pagos a los proveedores o empresas, personal o profesionales que realicen los servicios necesarios para la ejecución de los programas, hasta la cuantía estipulada. Una vez presentadas las facturas a Ibercaja, se abonarán en un plazo máximo de 75 días.

Ibercaja podrá colaborar aportando algún soporte técnico y material (camisetas, dorsales, cartelería,...), sin coste para la Dirección General del Deporte, en aquellas acciones comunes relacionadas con el deporte escolar o cualquier otra actuación de interés para ambas partes.

Estas aportaciones podrán ser revisadas anualmente si el Gobierno de Aragón e Ibercaja, conjuntamente, lo consideran conveniente.

Tercera.- El Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General del Deporte de la Consejería de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, como contraprestación por la colaboración de Ibercaja, se compromete a los siguientes puntos:

a) Hacer constar la colaboración de Ibercaja de forma destacada en todos aquellos medios de información y promoción que se utilicen en el lanzamiento y desarrollo de los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en centros educativos, entre otros, la web, así como en el equipamiento y material deportivo que se pueda entregar a los participantes en las fases finales del campeonato.

b) Se realizarán e intensificarán acciones publicitarias sobre los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en centros educativos, siempre mencionando la organización del Gobierno de Aragón, a través de la Dirección General del Deporte de la Consejería de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, y la colaboración de Ibercaja, en prensa, radio y otros medios que se consideren adecuados.

c) Autorización para ubicar publicidad estática de Ibercaja en los espacios utilizados para la realización de los distintos programas, durante su desarrollo, siempre que esos espacios no tengan otras limitaciones impuestas por terceros o vulneren las normas de identidad gráfica corporativa del Gobierno de Aragón.

d) Utilización del conjunto de identidad corporativa de Ibercaja, en su caso, en todas las tarjetas identificativas de los usuarios y participantes de los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, durante la vigencia del convenio.

Todos los elementos publicitarios, promocionales y de merchandising que sean exclusivos de Ibercaja (corpóreos, hinchables, pancartas u otros) serán colocados por la empresa proveedora de Ibercaja, siempre y cuando se informe al Gobierno de Aragón de los elementos que se van a instalar durante la vigencia del convenio. Así mismo, Ibercaja habrá de aportar al Gobierno de Aragón, con el tiempo suficiente para que puedan ser aplicados a los distintos soportes y elementos publicitarios y promocionales, en los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en los centros educativos, las distintas versiones de su logotipo, en soporte informático y los formatos adecuados, en los casos que sea necesario.

Antes de la realización de cualquier material con el logo de Ibercaja, el Gobierno de Aragón hará llegar a Ibercaja una prueba del mismo para que ésta de su visto bueno al uso de su identidad corporativa. Ibercaja deberá dar su visto bueno a la correspondiente propuesta del Gobierno de Aragón en un plazo máximo de dos días laborables desde su comunicación. Caso de no hacerse esta validación y de que, en los materiales empleados, no se hubiere reproducido correctamente el logo de Ibercaja, el Gobierno de Aragón se compromete a su rectificación.

e) Se autoriza a Ibercaja a cualquier uso publicitario de su patrocinio en los programas deportivos recogidos en el acuerdo.

f) Además de lo reflejado como aspectos básicos, el Gobierno de Aragón deja abierta la posibilidad de llevar a cabo nuevas actividades deportivas en colaboración con Ibercaja.

Cuarta.- Ibercaja podrá organizar, con la cooperación del Gobierno de Aragón, concursos y/o actividades para los participantes de los programas objeto de convenio, a través de las acciones comerciales oportunas.

Ibercaja podrá realizar cuantas acciones publicitarias sobre los Juegos Deportivos en Edad Escolar de Aragón, y la promoción de la actividad física y el deporte en centros educativos, considere conveniente con cargo a sus propios recursos, haciendo constar siempre al Gobierno de Aragón como entidad promotora, previa comunicación.

Quinta.- Los pagos que debe asumir Ibercaja a los distintos proveedores se abonarán, a lo largo de la vigencia del convenio, por las cantidades indicadas en la cláusula segunda y corresponderán con gastos realizados dentro del año natural correspondiente.

Sexta.- Se constituirá una comisión mixta de la que formará parte, en representación de:

El Gobierno de Aragón:

- El Ilmo. Sr. Director General del Deporte.

- El Jefe de Servicio de Deporte Federado, Escolar y Tecnificación.

- El Jefe de Sección de Deporte Escolar.

Ibercaja:

- El Jefe de Imagen y Campañas.

- El Responsable de Imagen Institucional.

A dicha comisión le corresponde el control y seguimiento del desarrollo de los programas y actividades, así como el visto bueno a cada memoria y balance final.

Séptima.- El presente acuerdo tendrá vigencia desde la fecha de su firma hasta el 31 de diciembre de 2015. Será causa de resolución del convenio, por causas distintas a la finalización de su periodo de vigencia, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las cláusulas estipuladas en el mismo, en tal caso será requisito cursar un preaviso a la contraparte con 10 días antelación, cesando desde entonces cualquier prestación pendiente de realizar, sin perjuicio de la reclamación de los posibles daños y perjuicios causados.

Al término de la vigencia del presente convenio, se prorrogará o negociará con Ibercaja la renovación del mismo o la firma de un nuevo acuerdo, según el interés de las partes.

Y de conformidad, se firma el presente convenio que consta de cuatro páginas, por duplicado ejemplar, en la ciudad y fecha que se indica al comienzo del mismo.