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ORDEN ECD/177/2017, de 8 de febrero, por la que se convoca a los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón para participar en el Programa franco-aragonés de inmersión lingüística para alumnado "Cruzando Fronteras", durante el curso 2017-2018.

Publicado el 01/03/2017 (Nº 41)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón recoge, en su artículo 73, que corresponde a la Comunidad Autónoma de Aragón la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

El artículo 8.1.q) del Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece que corresponden a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación los programas relacionados con las acciones de inmersión lingüística del alumnado.

Con fecha 1 de octubre de 2007 y con fecha 16 de marzo de 2015, el Gobierno de Aragón suscribió Convenios de colaboración con las Academias de Toulouse y de Burdeos (Francia) para el desarrollo de acciones de cooperación educativa.

En desarrollo del convenio con la Academia de Toulouse, durante los cuatro últimos cursos escolares, alumnado de nuestra comunidad ha participado en el Programa franco-aragonés de inmersión lingüística para alumnado "Cruzando Fronteras".

En desarrollo del convenio con la Academia de Burdeos, durante los dos últimos cursos escolares, un número reducido de alumnado de nuestra comunidad ha podido participar en la puesta en marcha y pilotaje del Programa franco-aragonés de intercambio e inmersión lingüística con alumnado de centros escolares de la Academia de Burdeos

Un programa de inmersión lingüística en un país extranjero constituye una práctica internacionalmente reconocida para mejorar la competencia lingüística del alumnado que cursa enseñanzas de idiomas. Una estancia de este tipo permite una inmersión en la cultura y en la vida familiar y educativa del país, y supone un incremento de la motivación para el aprendizaje de la lengua extranjera, a la vez que aporta elementos de contraste para una mejor compresión de nuestra propia cultura.

Los resultados del Programa "Cruzando Fronteras" y del pilotaje del Programa de intercambio e inmersión lingüística con alumnado de centros escolares de la Academia de Burdeos han sido positivos y el alumnado ha podido disfrutar de los beneficios lingüísticos y culturales que aporta la inmersión lingüística en un país extranjero.

Esta orden tiene por objeto seleccionar a los centros docentes sostenidos con fondos públicos interesados en que el alumnado de 3.º de ESO que curse lengua francesa en el curso 2016-2017 participe en el Programa durante el curso 2017-2018.

En su virtud, resuelvo:

Primero.- Objeto y finalidad.

1. Esta orden tiene por objeto convocar a los centros sostenidos con fondos públicos de niveles no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón a que soliciten participar en el Programa franco-aragonés de inmersión lingüística para alumnado "Cruzando Fronteras", durante el curso 2017-2018.

2. El Programa "Cruzando Fronteras" es una acción de cooperación educativa conjunta del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y las Academias de Toulouse y Burdeos (regiones de Midi-Pyrénées y Aquitania) de Francia.

3. La finalidad del programa es que alumnado que durante el curso 2016-2017 curse en 3.º de ESO la materia "lengua francesa" realice una estancia de inmersión lingüística y cultural en Francia en el curso 2017-2018, con el fin de mejorar su competencia en comunicación lingüística en lengua francesa y mejorar su conocimiento de la cultura y la forma de vida en Francia. Posteriormente, la familia del alumnado aragonés participante acogerá a un alumno francés durante su estancia en Aragón.

Segundo.- Destinatarios.

1. Podrán participar en esta convocatoria los centros educativos sostenidos con fondos públicos dependientes del Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la Comunidad Autónoma de Aragón que imparten las enseñanzas correspondientes a educación secundaria obligatoria.

2. Los centros solicitantes deberán contar con alumnado de 3.º de ESO interesado en participar en el Programa, que en el momento de la solicitud, esté estudiando curricularmente la materia de "Lengua francesa" y que continúe matriculado en dicha materia durante el curso 2017-18.

Tercero.- Características del Programa.

1. El Programa consiste en una inmersión lingüística y cultural en centros docentes que impartan enseñanzas del mismo nivel educativo a las de su centro de origen en las regiones de Midi-Pyrénées y Aquitania (Francia) a través de un intercambio de estudiantes.

2. El alumnado asistirá a las clases en Francia siguiendo el calendario escolar de esas regiones, cursando aquellas materias lo más similares posible a las que cursaría en su centro de origen.

3. La residencia e integración durante el intercambio se realizará en una familia de acogida en régimen de reciprocidad, asumiendo la familia del alumnado participante los compromisos establecidos en el apartado cuarto.

4. La duración del intercambio podrá ser de 12 o de 24 semanas (6 ó 12 semanas en cada país).

5. Será de 24 semanas (12 semanas de estancia en cada país) para el alumnado que realice el programa de inmersión lingüística y cultural con alumnado de centros de la Academia de Toulouse. El alumnado aragonés realizará la estancia desde el comienzo del curso en septiembre hasta noviembre/diciembre de 2017 y el alumnado francés realizará su estancia de marzo a mayo/ junio de 2018.

6. Será de 12 semanas (6 semanas de estancia en cada país) para el alumnado que realice el programa de inmersión lingüística y cultural con alumnado de centros de la Academia de Burdeos. El alumnado aragonés realizará la estancia en los meses de enero y febrero de 2018 y el alumnado francés realizará su estancia de abril a mayo/ junio de 2018.

7. Cada centro escolar podrá solicitar una de las tres modalidades de participación: Modalidad A) Programa de 24 semanas de duración con centros de la Academia de Toulouse; Modalidad B) Programa de 12 semanas de duración con centros de la Academia de Burdeos; Modalidad C) Participación indistinta en el Programa de 12 ó 24 semanas.

8. Cada centro escolar sólo será seleccionado para el intercambio con una de las dos Academias.

9. Para adjudicar cada una de las modalidades se tendrán en cuenta los listados priorizados de las tres provincias, respetando la opción escogida por cada centro. En el caso de haber elegido la Modalidad C), se iniciará la adjudicación por el programa de 24 semanas hasta completarlo y a continuación se hará la adjudicación del programa de 12 semanas.

10. Como norma general, de cada centro escolar, en el caso de centros aragoneses, participarán 2 alumnos.

11. El número previsto de alumnos participantes en el programa durante el curso escolar 2017-2018 será de 70 por cada país, 40 alumnos en la Academia de Toulouse y 30 alumnos en la Academia de Burdeos, no obstante estas cifras podrán variar en función de la disponibilidad de alumnos y familias en cada país.

Cuarto.- Compromisos de las familias y del alumnado participante.

1. En virtud del régimen de reciprocidad, la familia del alumnado participante se compromete a recibir en su casa a un alumno del otro país, de manera que no supondrá gasto alguno el alojamiento y manutención del alumnado, ni la asistencia al centro educativo en el extranjero.

2. Las familias del alumnado participante se ocuparán de organizar el transporte del alumnado al otro país y asumirán el coste del mismo, así como el dinero de bolsillo mientras los participantes se encuentren en el país de acogida.

3. Las familias deberán suscribir una póliza de accidentes y de responsabilidad civil para el alumno participante mientras esté en el país de acogida. Además, en el caso de que no pueda tener acceso a la tarjeta sanitaria de cobertura europea, las familias deberán suscribir una póliza de asistencia médica para el alumno mientras esté en el país de acogida.

4. El alumnado participante deberá cumplir con las características del programa y, salvo causa de fuerza mayor justificada, no podrá abandonar el programa una vez que lo haya comenzado.

Quinto.- Compromisos de los centros educativos.

1. Los centros interesados en participar en el Programa deberán presentar su solicitud, según anexo I, en la que se designará al tutor-coordinador, y constará que la participación ha sido aprobada por el Claustro de profesores y por el Consejo Escolar.

2. El centro solicitante deberá solicitar una única modalidad de Programa:

a) Modalidad A: Programa de 24 semanas con centros de la Academia de Toulouse

b) Modalidad B: Programa de 12 semanas con centros de la Academia de Burdeos

c) Modalidad C: Participación indistinta en el programa de 12 ó 24 semanas

3. Al presentar la solicitud de participación, el director del centro se compromete a desarrollar el proyecto planificado y a reconocer la validez de los aprendizajes realizados por el alumnado en el otro país.

4. Todos los miembros del equipo docente del centro se deben comprometer a la adaptación de su programación de aula para facilitar la reincorporación del alumnado participante de sus centros, una vez finalizado el periodo de estancia en el extranjero. Asimismo, se comprometen a prestar adecuado apoyo en el desarrollo de la actividad docente al alumnado extranjero durante su estancia en el centro, indicando la planificación de apoyo y refuerzo al mismo.

5. Los centros nombrarán a un tutor-coordinador para el alumnado que se marche y para el que acogen que podrá ser el mismo o diferente y que se responsabilizará del desarrollo y seguimiento del programa. Serán funciones de seguimiento del programa la relación con las familias y el alumnado participante, así como la relación con el centro de destino francés previamente y durante los dos periodos de intercambio del alumnado.

6. El tutor-coordinador tendrá una hora complementaria en su horario semanal para realizar labores de coordinación y seguimiento del programa

7. Una vez resuelta definitivamente esta convocatoria, los centros seleccionados deberán priorizar un máximo de 2 alumnos y un mínimo de 2 reservas como candidatos para realizar el intercambio. La selección se realizará conforme al procedimiento establecido en el apartado undécimo.

8. Los centros, a través de los tutores-coordinadores, serán los interlocutores directos con las familias y con el alumnado participante.

9. Los centros realizarán la matrícula de los alumnos franceses que acojan. Los inscribirán con fecha de alta, la fecha de llegada al centro, y fecha de baja la de finalización del programa. En observaciones constará la leyenda "Cruzando Fronteras", esta matrícula no contabiliza a efectos de vacantes.

10. Una vez finalizadas las estancias del alumnado aragonés y francés participante, el centro elaborará un informe de evaluación del Programa según lo previsto en el apartado décimotercero.

Sexto.- Solicitudes, forma, lugar y plazo de presentación.

1. Los centros interesados deberán cumplimentar electrónicamente la solicitud que se encuentra disponible en la página web http://convocatorias.educa.aragon.es/formulario/paso1.php. Este anexo deberá imprimirse, ser sellado y firmado por el Director del centro y presentarse en formato papel en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte correspondiente al centro educativo (Servicio Provincial de Zaragoza - C/ Juan Pablo II, 20; Servicio Provincial de Huesca - Plaza Cervantes, 1; en el del Servicio Provincial de Teruel - C/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de correos, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada.

El proyecto deberá realizarse según el anexo II (Proyecto de participación - Programa "Cruzando Fronteras" 2017/2018) y deberá adjuntarse, en formato PDF al cumplimentar electrónicamente el anexo I en el apartado "Adjuntar Proyecto".

2. Las solicitudes junto con la documentación necesaria, irán dirigidas al Director del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de la provincia correspondiente al domicilio del centro solicitante.

3. Las solicitudes también podrán presentarse en el Registro Telemático, a través del Entorno de tramitación Telemática del Gobierno de Aragón, accesible desde www.aragon.es, de acuerdo con la orden de 7 de febrero de 2014, por la que se regula la tramitación por medios telemáticos de los procedimientos administrativos del Departamento.

4. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el "Boletín Oficial de Aragón".

Séptimo.- Subsanación de las solicitudes.

Los Servicios Provinciales comprobarán la correcta presentación de las solicitudes. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos, el Servicio Provincial correspondiente requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

Octavo.- Comisión Provincial de Evaluación y criterios de la baremación de las solicitudes.

1. En cada Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte, se constituirá una Comisión provincial de evaluación de las solicitudes compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: El Jefe de la Unidad de Programas Educativos o persona que designe el Director del Servicio Provincial.

b) Vocales: Al menos un asesor de la Unidad de Programas Educativos y un Inspector de la Inspección Educativa.

c) Secretario: Un funcionario adscrito a la Unidad de Programas del Servicio Provincial.

2. Los proyectos de participación (anexo II) serán valorados por la Comisión provincial de evaluación de acuerdo con los siguientes criterios:

a) Por la propuesta de procedimiento de difusión del programa y selección del alumnado, hasta 1 punto.

b) Por la propuesta de actividades para facilitar la reincorporación del alumnado aragonés tras la estancia en Francia, hasta 1 punto.

c) Por la propuesta de planificación del seguimiento del alumnado aragonés y alumnado francés durante el desarrollo del programa de inmersión lingüística y cultural, hasta 1 punto.

d) Por la planificación de la acogida del alumnado francés, hasta 1,5.

e) Por haber realizado intercambios de alumnado en los cursos 13-14, 14-15 y 15-16, hasta 1,5 puntos.

Se concederá un máximo 0,25 por intercambio realizado con centros ubicados en países de habla francesa y 0,1 por intercambio con centros situados en otros países.

De cada intercambio se indicará el nombre del centro y país, las fechas y curso de realización, y el número de alumnos participantes.

f) Por otras actividades y proyectos que se hayan llevado a cabo en el centro, tales como programas europeos (eTwinning, Erasmus+, Comenius, Leonardo, Grundtvig), Portfolio Europeo de las Lenguas, Estancias Formativas y otros, en los cursos 13-14, 14-15 y 15-16, y cuya lengua de trabajo sea el francés: hasta 1,5 puntos.

Se concederá un máximo de 0,25 puntos por programa y curso.

De cada actividad o proyecto se indicará el título, las fechas de realización y el número de alumnos participantes.

g) Por participar en programas o proyectos cuya temática sea el desarrollo de la lengua francesa, que se hayan desarrollado en el centro (Programas de bilingüismo, Proyectos de Potenciación de Lenguas Extranjeras (POLE)), en los cursos 13-14, 14-15 y 15-16, hasta 1,5 puntos.

Se concederá un máximo de 0,5 puntos por curso por participación en programa de Bilingüismo en lengua francesa y un máximo de 0,25 por curso por la participación en Proyectos de Potenciación de Lenguas Extranjeras (POLE) en lengua francesa.

h) Por haber participado en el programa "Cruzando Fronteras" o en el Programa Piloto franco-aragonés de inmersión lingüística y cultural con alumnado de centros de la Academia de Burdeos, en cursos anteriores, hasta 0,25 puntos.

Se deberá detallar, curso por curso, el programa en el que se ha participado y el número de alumnos participantes.

3. Valoradas las solicitudes, la Comisión Provincial elaborará un listado priorizado de los centros de su provincia con el siguiente contenido:

a) Número de orden priorizado.

b) Nombre del centro.

c) Localidad.

d) Puntuación del centro.

e) Modalidad solicitada

f) Observaciones.

Del mismo modo deberán elaborar el listado de las solicitudes excluidas, así como la causa de exclusión.

El Director del Servicio Provincial remitirá el listado priorizado a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación en el plazo máximo de 20 días naturales desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Noveno.- Comisión Autonómica de Evaluación.

1. En la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación se constituirá una Comisión de Selección y Evaluación Autonómica que estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidente: la Jefa de Servicio de Innovación, Evaluación y Participación Educativa.

b) Vocales: Al menos un Asesor de la Unidad de lenguas Extranjeras y Programas Educativos con el Exterior adscrito a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación y un asesor de la Unidad de Programas de cada uno de los Servicios Provinciales.

c) Secretario: un funcionario adscrito a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación.

2. La Comisión de Selección y Evaluación Autonómica tendrá las siguientes funciones:

a) Analizar las solicitudes y listados remitidos por los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte.

b) Adjudicar el programa correspondiente a cada centro escolar

c) Elevar al Director General de Innovación, Equidad y Participación un informe que sirva de base a la propuesta provisional de resolución.

Décimo.- Resolución de la convocatoria.

1. El Director General de Innovación, Equidad y Participación, a propuesta de las Comisión Autonómica, dictará propuesta de resolución provisional, que será hecha pública en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org) y en los tablones de anuncios de los Servicios Provinciales, especificando:

a) Centros provisionalmente seleccionados para participar en el programa de 24 semanas de duración, en el curso 2017-18, con centros escolares de la Academia de Toulouse, ordenados por puntuación y por provincias.

b) Centros provisionalmente seleccionados para participar en el programa de 12 semanas de duración, en el curso 2017-18, con centros escolares de la Academia de Burdeos, ordenados por puntuación y por provincias.

c) Centros provisionalmente en reserva, ordenados por puntuación y por provincias.

d) Centros provisionalmente excluidos, con indicación de la causa de exclusión, ordenados

por provincias.

2. La selección de centros candidatos se realizará en proporción al número de centros educativos solicitantes de cada provincia en esta convocatoria, teniendo en cuenta la modalidad solicitada por cada centro educativo.

3. Los centros interesados podrán presentar alegaciones, dirigidas a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, contra la propuesta de resolución provisional en el plazo de 5 días naturales a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la misma en la página web.

4. Finalizado el plazo de presentación de alegaciones se reunirá la Comisión de Valoración al objeto de examinar las reclamaciones y subsanaciones presentadas en plazo y efectuar un nuevo informe que sirva de base a la propuesta definitiva de resolución que el Director General de Innovación, Equidad y Participación elevará a la Consejera de Educación, Cultura y Deporte.

5. Vista la propuesta definitiva de resolución, la Consejera de Educación Cultura y Deporte resolverá definitivamente la convocatoria mediante orden que se publicará en, "Boletín Oficial de Aragón", y en la web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte http//:www.educaragon.org. Dicha orden contendrá:

a) Centros seleccionados para participar en el programa de 24 semanas de duración en el curso 2017-18, con centros escolares de la Academia de Toulouse

b) Centros seleccionados para participar en el programa de 12 semanas de duración en el curso 2017-18, con centros escolares de la Academia de Burdeos

c) Centros en reserva.

d) Centros excluidos, con indicación de la causa de exclusión.

Figurar en el listado de centros seleccionados publicado en la orden de resolución de esta convocatoria no garantiza el intercambio final del alumnado seleccionado por el centro. Esto dependerá del número final de alumnado francés que las Academias de Toulouse y de Burdeos puedan seleccionar.

Undécimo.- Selección del alumnado participante.

1. Los centros seleccionados elegirán un máximo de 2 alumnos para participar en el intercambio. Así mismo seleccionarán un mínimo de 2 candidaturas reservas.

2. El alumnado interesado en participar en el Programa deberá presentar una solicitud dirigida al Director del centro (anexo III) junto con el anexo de Consentimiento de la familia (anexo IV) y el anexo de Compromiso de acogida (V).

3. El alumnado participante será seleccionado por una comisión formada por el tutor-coordinador, un profesor del departamento de francés y un miembro del equipo directivo. La comisión de selección podrá recabar información del tutor o del profesor de francés del alumnado solicitante.

4. La comisión de selección valorará las solicitudes recibidas, según el anexo VII, Valoración de la solicitud, utilizando los siguientes criterios:

a) Dominio de la lengua francesa.

b) Rendimiento académico.

c) Cualidades personales (capacidad de adaptación, grado de socialización, etc.).

d) Motivación personal y familiar (según lo indicado por el alumno y la familia en el anexo III, Formulario de solicitud del alumno).

e) Criterios específicos del centro para participar en las actividades extraescolares, si los hubiera establecido.

5. La comisión formalizará el acta de baremación, priorización y selección final, utilizando el modelo de anexo VIII.

6. Los centros seleccionados para participar en el programa de 24 semanas de duración, con centros escolares de la Academia de Toulouse, deberán remitir al respectivo Servicio Provincial del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Unidad de Programas Educativos) en el plazo de 20 días naturales desde la publicación de la resolución definitiva la documentación, relativa todo el alumnado incluido en el anexo VIII, que se indica a continuación:

a) Solicitudes individuales de cada estudiante (anexo III).

b) Consentimiento de la familia (anexo IV).

c) Compromiso de acogida (anexo V).

d) Confidencial (anexo VI).

e) Valoración de la solicitud (anexo VII).

f) Acta de baremación (anexo VIII).

7. Los centros seleccionados para participar en el programa de 12 semanas de duración, con centros escolares de la Academia de Burdeos, deberán remitir al respectivo Servicio Provincial del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (Unidad de Programas Educativos) antes del día 6 de octubre de 2017 la documentación que se indica a continuación relativa a todo el alumnado incluido en el anexo VIII.

a) Solicitudes individuales de cada estudiante (anexo III).

b) Consentimiento de la familia (anexo IV).

c) Compromiso de acogida (anexo V).

d) Confidencial (anexo VI).

e) Valoración de la solicitud (anexo VII).

f) Acta de baremación (anexo VIII).

Duodécimo.- Emparejamiento del alumnado participante.

1. La Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, junto con las Academias de Toulouse y de Burdeos, realizarán el emparejamiento del alumnado teniendo en cuenta las afinidades manifestadas en la documentación presentada por los interesados.

2. La adjudicación de un emparejamiento dependerá del número definitivo de alumnado que las Academias de Toulouse y de Burdeos puedan seleccionar. En el caso de tener que variar el número del alumnado participante, se aumentará o se disminuirá el número de alumnos españoles de los centros ya seleccionados hasta igualar el número de alumnado participante de ambos países. Para ello el procedimiento a seguir será el siguiente:

a) Se realizará un sorteo para determinar el orden de las provincias.

b) Si el número de alumnos es inferior al previsto, se irá disminuyendo, siguiendo el orden de las provincias resultantes del sorteo, un alumno de cada centro y provincia en orden ascendente, empezando por el último centro del listado priorizado de cada provincia.

c) Si el número de alumnos es superior al previsto, se irá aumentando, siguiendo el orden de las provincias resultantes del sorteo, un alumno reserva de cada centro seleccionado y provincia en orden descendente, empezando por el primer centro del listado priorizado de cada provincia

3. Antes del 30 de julio, la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación enviará a los centros participantes en el programa de 24 semanas de duración, con centros escolares de la Academia de Toulouse, la documentación de los centros y el alumnado francés para su traslado al alumnado aragonés participante.

Así mismo, antes del 30 de noviembre, la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación enviará a los centros participantes en el programa de 12 semanas de duración, con centros escolares de la Academia de Burdeos, la documentación de los centros y el alumnado francés para su traslado al alumnado aragonés participante

4. Los centros, una vez conocido el centro de destino de su alumnado y de procedencia del alumnado francés, se pondrán en contacto con ellos a fin de intercambiar la información necesaria para que el programa se desarrolle de forma satisfactoria para las partes.

Decimotercero.- Evaluación y seguimiento del Programa.

1. En el plazo de un mes después de haber finalizado ambas estancias del alumnado y tras recabar la información necesaria del alumnado participante y del centro de acogida, el centro aragonés deberá completar un informe con el siguiente contenido:

a) El grado de cumplimiento de los objetivos del programa.

b) La evaluación de la estancia del alumnado participante en los centros franceses, de la

incorporación al centro tras la estancia en Francia, y de la estancia del alumnado

francés.

c) Aspectos más generales y sugerencias de mejora que considere oportunas para ser tenidas en cuenta en próximos intercambios.

2. Dicho informe se remitirá, en formato PDF, a la dirección de correo electrónico: lenguas@aragon.es de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación.

Decimocuarto.- Reconocimiento y certificado de la participación en el programa.

1. A los tutores-coordinadores del programa les serán reconocidas 40 horas de formación si hay un solo tutor-coordinador en el centro y 20 horas, en el caso de haber un máximo de 2 tutores-coordinadores en el centro, por curso escolar.

Para formalizar la solicitud de horas de formación, los Directores de los centros deberán enviar a los Servicios Provinciales de Educación el anexo IX.

2. La Dirección General de Innovación, Equidad y Participación remitirá a los centros los certificados de participación con aprovechamiento del alumnado que haya realizado el programa.

Decimoquinto.- Referencia de género.

Las referencias contenidas en la presente orden al género masculino se entenderán también referidas a su correspondiente femenino.

Decimosexto.- Ejecución.

1. Se faculta al Director General de Innovación, Equidad y Participación para que adopte las medidas oportunas para la ejecución de la presente orden.

2. Los Directores de los Servicios Provinciales, en el ámbito de sus competencias, realizarán las actuaciones necesarias para el cumplimiento de lo previsto en esta orden y se les autoriza para resolver cualquier duda de interpretación que suscite la aplicación de esta orden.

Decimoséptimo.- Régimen de recursos.

1. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

2. De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión.

Decimoctavo.- Efectos.

La presente orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 8 de febrero de 2017.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN