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ORDEN PRE/357/2016, de 12 de abril, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la desafectación de bien comunal del Ayuntamiento de Tauste (Cinco Villas) y su calificación como bien patrimonial, correspondiente a 2-04-50 hectáreas de finca denominada "Dehesa o Corraliza La Estanca", paraje denominado "Saso de Mira" para su posterior cesión.

Publicado el 28/04/2016 (Nº 81)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Acuerdo adoptado por el Gobierno de Aragón, en reunión celebrada el día 22 de marzo de 2016, por el que se aprueba la desafectación de bien comunal del Ayuntamiento de Tauste (Cinco Villas) y su calificación como bien patrimonial, correspondiente a 2-04-50 Hectáreas, sita en finca denominada "Dehesa o Corraliza La Estanca", paraje denominado "Saso de Mira", para su posterior cesión.

Zaragoza, 12 de abril de 2016.

El Consejero de Presidencia,

VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

Acuerdo de 22 de marzo de 2016 del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la desafectación de bien comunal del Ayuntamiento de Tauste (Cinco Villas) y su calificación como bien patrimonial, correspondiente a 2-04-50 hectáreas en finca denominada "Dehesa o Corraliza La Estanca", paraje denominado "Saso de Mira" para su posterior cesión

El Ayuntamiento de Tauste ha tramitado expediente para desafectar de su carácter comunal la superficie de 2-04-50 Hectáreas, sita en finca denominada "Dehesa o Corraliza La Estanca", paraje "Saso de Mira" y convertirla en bien patrimonial, para su posterior cesión, que permita la implantación de actividades ganaderas.

El Ayuntamiento de Tauste, en sesión celebrada el día 3 de diciembre de 2015, acordó alterar inicialmente la calificación jurídica de la finca descrita en el párrafo anterior, desafectándola del dominio público y quedando calificada como bien patrimonial.

Sometido el expediente a información pública por plazo de un mes y anunciada la misma en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza (número 287, del día 15 de diciembre de 2015) no se ha formulado reclamación alguna, según certificación expedida al efecto.

El acuerdo de aprobación provisional fue adoptado por el órgano competente, el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 4 de febrero de 2016, en que se solicita la aprobación de la Comunidad Autónoma, y con el quórum requerido por el artículo 47.2 letra n) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y por el artículo 180.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón.

El procedimiento ha sido tramitado cumpliendo las formalidades prescritas por el artículo 180.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, y, siendo el objeto de la desafectación la posterior transmisión, además de los requisitos de procedimiento que han quedado acreditados en el expediente, se requiere la aprobación del Gobierno de Aragón, con declaración de la utilidad pública o social del fin que motiva la transmisión.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, y previa deliberación del Gobierno de Aragón, en su reunión del día 22 de marzo de 2016, se acuerda:

Primero.- Aprobar la desafectación de su naturaleza comunal, para su posterior cesión, de la superficie de 2-04-50 Hectáreas, sita en finca denominada "Dehesa o Corraliza La Estanca", paraje denominado "Saso de Mira", solicitada por el Ayuntamiento de Tauste. Se corresponde con Polígono 25, Parcela número 89-parcial. Referencia catastral número 50255A025000890000DL.

Segundo.- De conformidad con lo establecido en el artículo 180.1 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, se declara la utilidad pública del fin que motiva la transmisión del dominio, cuyo destino y finalidad es facilitar la implantación de actividades ganaderas.