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ORDEN PRE/2097/2017, de 16 de noviembre, por la que se dispone la publicación de la Adenda al convenio de colaboración con la Federación Aragonesa de Montañismo, como consecuencia de incluir nuevas actuaciones en senderos de gran recorrido.

Publicado el 26/12/2017 (Nº 245)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2017/7/0160 la Adenda al convenio de colaboración suscrito, con fecha 23 de junio de 2017, por el Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda y, el Presidente de la Federación Aragonesa de Montañismo y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación de la citada adenda que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza

, 16 de noviembre de 2017.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA POR LA QUE SE MODIFICAN ASPECTOS DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 23 DE JUNIO DE 2017 ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA FEDERACIÓN ARAGONESA DE MONTAÑISMO, COMO CONSECUENCIA DE INCLUIR NUEVAS ACTUACIONES EN SENDEROS DE GRAN RECORRIDO

En Zaragoza, a 6 de noviembre de 2017.

De una parte, D. José Luis Soro Domingo, Consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, actuando en su nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, facultado para este acto por acuerdo del Gobierno de Aragón de fecha 31 de octubre de 2017.

Y de otra, D. Luis Masgrau Gómez, Presidente de la Federación Aragonesa de Montañismo.

Ambas partes se reconocen con capacidad legal suficiente para la celebración de esta adenda al convenio de Colaboración con arreglo a los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 23 de junio de 2017, se suscribió un convenio de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Federación Aragonesa de Montañismo, para la financiación de las actuaciones de adecuación y acondicionamiento de los senderos de gran recorrido GR 1, GR 11 y GR 16, en los tramos relacionados en el anexo del citado convenio, con el fin de garantizar la calidad y seguridad en el tránsito, así como el aumento de la frecuentación turística.

Segundo.- Con posterioridad a la firma del citado convenio, se ha considerado conveniente transformar la ruta que une las ciudades de Zaragoza y Huesca, conocida popularmente como "Ruta de la Jorgeada", en Sendero Turístico de Aragón bajo la modalidad de sendero de gran recorrido (GR), actuando la Federación Aragonesa de Montañismo, como promotor del mismo, de acuerdo con lo indicado en el Decreto 159/2012, de 19 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regulan los senderos de Aragón que revisten la condición de recursos turísticos.

Tercero.- Reunida la Comisión de Seguimiento se acuerda proponer la modificación del convenio, visto el incremento de disponibilidad presupuestaria para este concepto, incluyendo nuevas actuaciones para la señalización de la ruta senderista de "La Jorgeada" y redacción del proyecto para su conversión en sendero turístico de Aragón de Gran Recorrido, ruta que une la Plaza del Pilar de Zaragoza con la Ermita de San Jorge en Huesca y que se realiza el día 23 de abril, festividad de San Jorge.

Por ello, se considera conveniente incluir dichas actuaciones que completen las inicialmente previstas en el convenio de colaboración suscrito el 23 de junio de 2017, entre el Gobierno de Aragón y la Federación Aragonesa de Montañismo, modificando las cláusulas segunda, quinta y decimotercera, así como el anexo de actuaciones del citado convenio.

Por cuanto antecede, formalizan la presente adenda al convenio de colaboración en los términos señalados en los párrafos precedentes, con arreglo a las siguientes

Primera.- Modificación de la cláusula segunda.

Se modifica el contenido de la cláusula segunda que queda redactada como sigue:

"Segunda.- Actuaciones subvencionables.

Las actuaciones e importe, a realizar desde la firma del convenio hasta el plazo de justificación, de conformidad con lo relacionado en el anexo son las siguientes:

Segunda.- Modificación de la cláusula quinta.

Se modifica el contenido de la cláusula quinta que queda redactada como sigue:

"Quinta.- Importe de la subvención.

El Gobierno de Aragón -Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda- subvencionará a la Federación Aragonesa de Montañismo con doscientos ochenta mil euros (280.000 €), I.V.A. incluido, para la realización de las actuaciones contempladas en el presente Convenio de acuerdo al presupuesto realizado que figura en el Anexo, con cargo a la partida presupuestaria 13060 7511 780.031 91002, de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para el ejercicio 2017."

Tercera.- Modificación de la cláusula decimotercera.

Se modifica el contenido de la cláusula decimotercera que queda redactada como sigue:

"Decimotercera.- Período de vigencia.

El presente convenio estará vigente desde la fecha de la firma hasta el 31 de diciembre de 2017 y la documentación justificativa completa deberá ser aportada por la Federación Aragonesa de Montañismo (FAM) hasta el día 1 de diciembre de 2017."

Cuarta.- Condiciones del convenio.

Se mantiene la aplicación de las cláusulas establecidas en el convenio inicial no afectadas por la presente adenda.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.