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ORDEN de 28 de octubre de 2013, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del Protocolo adicional 2013, entre el Gobierno de Aragón y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI).

Publicado el 19/11/2013 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2013/3/0014 el Protocolo suscrito, con fecha 30 de septiembre de 2013, por el Consejero de Presidencia y Justicia del Gobierno de Aragón y el Secretario General de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado Protocolo, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 28 de octubre de 2013.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO: PROTOCOLO ADICIONAL 2013, ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (OEI)

En Zaragoza/Madrid, a 30 de septiembre de 2013.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Roberto Bermúdez de Castro Mur, Consejero de Presidencia y Justicia, en representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con el Acuerdo de Gobierno de Aragón, de fecha de 24 de septiembre de 2013.

Y, de otra parte, el Sr. D. Álvaro Marchesi Ullastres, como Secretario General de la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, nombrado por Resolución número 6 de la XI Reunión Ordinaria de la Asamblea General de la OEI, de fecha 12 de septiembre de 2010, en nombre y representación de la misma, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de los estatutos de la OEI, y los artículos 24 y 42 del Reglamento de la organización.

MANIFIESTAN

Que el Gobierno de Aragón ejerce, a través del Departamento de Presidencia y Justicia, competencias en materia de cooperación, conforme a lo previsto en el Decreto de 15 de julio de 2011, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, y el Decreto 315/2011, de 27 de septiembre, del Gobierno de Aragón, de estructura orgánica del Departamento de Presidencia y Justicia.

Que la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI) es un organismo internacional de carácter gubernamental, del que forma parte España, para la cooperación entre los países iberoamericanos en el campo de la educación, la ciencia, la tecnología y la cultura en el contexto del desarrollo integral, la democracia y la integración regional.

Que en virtud del artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo con el artículo 9.2 del Reglamento aprobado por el Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, la Administración de la Comunidad Autónoma puede proceder a la ejecución directa de programas que incidan en el desarrollo económico y social de los pueblos y para ello podrá establecer convenios de colaboración con la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales, Regiones Europeas y otras personas jurídicas de derecho público o privado comprometidas en acciones de desarrollo, siempre que exista una identidad de fines.

Que con el fin de dar cumplimiento a la cláusula segunda del convenio marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Organización de Estados Iberoamericanos (OEI), suscrito el 20 de septiembre de 2000, en concordancia con el Protocolo general para el establecimiento de un marco de cooperación recíproco entre ambas entidades, suscrito con fecha 16 de noviembre de 2012, y en el marco del Reglamento del régimen jurídico de las ayudas y de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo, aprobado por Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, ha quedado establecido el siguiente Protocolo adicional 2013, en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- De acuerdo con este Protocolo, ambas partes se comprometen a ejecutar el siguiente Plan operativo: "Fortalecimiento de los ambientes escolares para una cultura de los derechos humanos (Colombia)", con un coste total de 95.000 €, según el presupuesto que figura en el anexo técnico. La financiación del Gobierno de Aragón asciende a 40.000 €.

Este Plan operativo se halla enmarcado dentro de las ayudas a programas que incidan en el desarrollo económico y social de los pueblos previstas en el Reglamento del régimen jurídico de las ayudas y de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo, aprobado por el Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón, en su modalidad de programas de formación y asistencia técnica .

Segunda.- El Gobierno de Aragón transferirá a la OEI el importe global de 40.000 euros con cargo al Fondo de Solidaridad con los países más desfavorecidos para el año 2013, partida presupuestaria 10050/1341/780004/91002, del Departamento de Presidencia y Justicia para el ejercicio 2013, ingresándolo en la entidad bancaria que previamente designe esta organización, con el objeto de que la OEI canalice esos fondos presupuestarios a la ejecución del Programa operativo recogido en la cláusula primera y especificado en anexo. La fiscalización de esta aportación se realizará conforme a las normas y procedimientos establecidos por el Gobierno de Aragón.

A esta subvención se le aplicará el régimen previsto en el Reglamento del régimen jurídico de las ayudas y de las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo, aprobado por el Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón. De acuerdo con el artículo 34.4 de este Reglamento, dado que se trata de una organización internacional, se librará de forma anticipada el 100% de la aportación económica del Gobierno de Aragón, sin necesidad de que se aporten garantías. No obstante, la OEI adelantará los fondos en tanto no se haga efectiva esa transferencia y ello con la finalidad de garantizar el cumplimiento del plazo de ejecución recogido en la cláusula tercera.

Tercera.- La OEI se obliga por el presente Protocolo a:

1. Aportar la correspondiente financiación, así como su capacidad técnica y operativa a la realización del programa.

2. Realizar, coordinar y dar seguimiento a las actividades para las que se ha concedido la subvención y ajustar el programa a realizar, en todos sus términos, al anexo que se incluye en este Protocolo.

3. Ejecutar el programa en el plazo previsto de seis meses, desde la firma de este Protocolo.

4. Finalizado el programa y en un plazo de 3 meses, la OEI presentará un informe final detallado en el que consten los resultados y objetivos conseguidos y la evaluación global del impacto del programa, así como la justificación fehaciente de los gastos, aportando los documentos justificativos correspondientes a la ejecución del Programa operativo que se detalla en el anexo que se incluye en este Protocolo.

5. La presentación de toda la documentación anteriormente mencionada se hará ante el Departamento de Presidencia y Justicia, Departamento que ostenta las competencias en materia de cooperación para el desarrollo.

6. La OEI se compromete a comunicar al Departamento de Presidencia y Justicia la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

Cuarta.- La OEI adquiere el compromiso de hacer constar el hecho de recibir subvención de la Comunidad Autónoma de Aragón en cualquier tipo de publicidad, información, difusión y divulgación que pudiera preparar y estuviese relacionada directa o indirectamente con este programa. Así mismo, se compromete a anunciar en el lugar de la actuación, que la misma está cofinanciada por la Comunidad Autónoma de Aragón. Todo ello, conforme a lo previsto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Quinta.- Si el programa no se llevara a cabo por cualquier causa o se modificase significativamente sin la autorización del Departamento de Presidencia y Justicia, o concurriera alguna de las causas de reintegro estipuladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, procederá el reintegro del importe de la subvención y, en su caso, los intereses de demora, de acuerdo con el Reglamento aprobado por el Decreto 164/2004, de 6 de julio, del Gobierno de Aragón. Así mismo, procederá el reintegro de todo saldo de la subvención recibida no utilizado, una vez concluido el programa, si los gastos reales supusieran una cantidad inferior a la subvención recibida, salvo que se proponga su aplicación a otras actividades dirigidas a mejorar la consecución de los resultados del programa, previa autorización del Departamento mencionado.

Sexta.- La Comisión mixta a la que se refiere a la cláusula octava del convenio marco de colaboración estará formada por el Secretario de la OEI, o persona en quien delegue, la Directora General del Gobierno de Aragón competente en materia de cooperación, o persona en quien delegue, y el Director de la Oficina Regional de la OEI correspondiente.

Séptima.- El presente Protocolo, que tiene naturaleza administrativa, producirá efectos desde el día de su firma y mantendrá su eficacia hasta la finalización de la ejecución del programa, sin perjuicio de las obligaciones de justificación y control financiero exigidas por la normativa aplicable.

En prueba de conformidad con lo anterior, ambas partes firman el presente Protocolo, en el lugar y fecha indicados.

ANEXO TÉCNICO

PROTOCOLO ADICIONAL 2013, ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y LA OGANIZACIÓN DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA LA EDUCACIÓN, LA CIENCIA Y LA CULTURA (OEI)

1. Antecedentes.

Desde que en el año 2000 se firmase el convenio marco de colaboración entre el Gobierno de Aragón y la Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), se han suscrito diferentes protocolos adicionales para la realización de actuaciones en materia de cooperación al desarrollo de interés para ambas instituciones. En el Protocolo adicional correspondiente a este año 2013 se incluye un Programa operativo que se enmarca en la creación de un Instituto Iberoamericano para la Educación en los Derechos Humanos y la Democracia.

El objetivo de este Instituto es apoyar los esfuerzos que hacen los gobiernos nacionales, especialmente a través de los Ministerios de Educación y los Ministerios del Interior, para promover y fortalecer el respeto a los derechos humanos, robustecer la cultura democrática y estimular los valores cívicos y democráticos mediante la operación de centros de formación, investigación y difusión, que también desarrollan estrategias encaminadas a elevar el nivel de gestión pública e impulsar la legitimidad del sistema político. Este Instituto tendrá su sede central en Bogotá, pero contará con dos delegaciones, una en El Salvador, para la coordinación de las actividades en Centroamérica y la otra en Uruguay, para el desarrollo de este Instituto en los países de Mercosur.

Su organización se estructurará en cuatro Escuelas:

- Escuela de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, cuyo objeto es contribuir con la formación y capacitación a docentes, directivos docentes, servidores públicos, líderes, minorías, sindicatos, empresarios, fuerza pública, medios de comunicación y realizar investigaciones y divulgación en materias relativas a los DDHH y DIH.

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- Escuela de los Derechos de la Infancia, cuyo objeto es contribuir al desarrollo de iniciativas que favorezcan y garanticen que se respeten los derechos de la primera infancia.

Concretamente, el proyecto que apoya el Gobierno de Aragón es el "Fortalecimiento de los ambientes escolares para un cultura de los derechos humanos", impulsado desde la Oficina Regional de la OEI en Colombia y enmarcado en la Escuela de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

2. Programa: "Fortalecimiento de los ambientes escolares para una cultura de los derechos humanos".

Ante los retos que le implica a Colombia avanzar en una cultura de los derechos humanos y en la comprensión y aplicación del Derecho Internacional Humanitario -DIH-, cuando se transita por un momento de negociación de un conflicto armado que data de más de medio siglo, el proyecto pretende fortalecer los ambientes escolares a través de la cualificación de los docentes y de directivos docentes que permitan la identificación y posible transformación de prácticas escolares que no favorecen la cultura de los derechos humanos, en el marco del Sistema Nacional de Derechos Humanos y de la implementación integral del Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos (PLANEDH).

Este proyecto responde a las prioridades recogidas en los instrumentos de planificación de la Cooperación Aragonesa para el Desarrollo, en concreto en el Plan Director 2012-2015 y en el Plan Anual 2013. En el Plan Director se recoge:

"Por lo que se refiere a la defensa de los derechos humanos, no podemos olvidar que ya nuestro primer Plan Director sitúa a la cooperación aragonesa en una referencia a nivel estatal por su inclusión de los derechos humanos entre las prioridades horizontales y sectoriales. A este respecto, debemos enfatizar la importancia de aspectos tales como la gobernabilidad y el crecimiento democrático."

En ambos documentos también se contemplan, como ámbitos sectoriales prioritarios de actuación, tanto la educación como la formación y capacitación de los recursos humanos.

Objetivo general: Se ha contribuido al fortalecimiento de los ambientes escolares que favorezca el reconocimiento de los derechos humanos, a través de la cualificación de docentes y los directivos docentes para la identificación de estrategias de innovación pertinentes a sus instituciones educativas.

Objetivo específico: Incrementado el conocimiento y las capacidades de cien (100) docentes y seis (6) directivos docentes de una de las entidades territoriales certificadas del país, a través de un proceso formativo presencial en materia de derechos humanos.

El plazo de ejecución es de 6 meses.

La sostenibilidad del proyecto y la garantía del resultado se obtienen con el cumplimiento y la permanencia de los compromisos por parte de los actores participantes en el proyecto.

El Ministerio de Educación Nacional y, en general, los diferentes niveles del sistema educativo colombiano (Secretarías de Educación e Instituciones Educativas) están comprometidas en el desarrollo del PLANEDH y en el marco del Sistema Nacional de Derechos Humanos. Este plan está orientado a la construcción de una política de Estado que garantice los derechos de todos los ciudadanos y la educación se constituye en el eje de este proceso.

Los funcionarios participantes deberán asumir y dar cumplimiento a los siguientes compromisos:

- Aplicar el conocimiento al interior de la organización y en todas sus actuaciones.

- Replicar el conocimiento y estrategias aprendidas en escenarios de su función como docentes y directivos.

Financiación total:

Coste total: 95.000 €.

Aportación Gobierno de Aragón: 40.000 €.

Aportación OEI: 15.000 €.

Otras aportaciones: 40.000 €.