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ORDEN de 28 de octubre de 2013, del Consejero de Presidencia y Justicia, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre el Instituto Aragonés de Fomento y la Comarca de la Ribagorza, para la coordinación de actuaciones de apoyo al emprendedor en el Centro de Emprendedores de Graus.

Publicado el 19/11/2013 (Nº 228)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y JUSTICIA

Texto completo:

Inscrito en el Registro General de Convenios con el núm. 2013/6/0322 el convenio suscrito, con fecha 9 de julio de 2013, por el Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y el Presidente de la Comarca de la Ribagorza, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto:

Ordenar la publicación del citado convenio, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 28 de octubre de 2013.

El Consejero de Presidencia y Justicia,

ROBERTO BERMÚDEZ DE CASTRO MUR

ANEXO

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA COMARCA DE LA RIBAGORZA Y EL INSTITUTO ARAGONÉS DE FOMENTO, PARA LA COORDINACIÓN DE ACTUACIONES DE APOYO AL EMPRENDEDOR EN EL CENTRO DE EMPRENDEDORES DE GRAUS

En Graus, a 9 de julio de 2013.

REUNIDOS

De una parte, D. Arturo Aliaga López, Consejero de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón y Presidente del Instituto Aragonés de Fomento, con sede en calle Teniente Coronel Valenzuela, número 9, 50004-Zaragoza, CIF: Q5095004G, actuando en nombre y representación del mismo, se encuentra facultado para este acto, en virtud de Acuerdo del Consejo de Dirección del citado Instituto, adoptado en fecha 28 de mayo de 2012.

Y de otra, D. José Franch Aventín, Presidente de la Comarca de la Ribagorza, con sede en plaza mayor, número 17, 22430-Graus, provincia de Huesca, con CIF: P2200126G, actuando en nombre y representación de dicha organización, en virtud del Acuerdo adoptado por el Consejo Comarcal de la Ribagorza, en la sesión constitutiva de fecha 20 de julio de 2011.

Intervienen en función de sus respectivos cargos, que han quedado expresados, y en el ejercicio de las facultades que a cada uno le están conferidas, con plena capacidad legal para formalizar el presente convenio y, a tal efecto

EXPONEN

1. Que el Instituto Aragonés de Fomento es una entidad de derecho público, adscrita al Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón, que se rige por el Decreto-Legislativo 4/2000, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, con personalidad jurídica propia y plena capacidad jurídica y de obrar. Tiene como objetivos fundamentales favorecer el desarrollo socioeconómico de Aragón, favorecer el incremento y consolidación del empleo y corregir los desequilibrios intraterritoriales.

2. Que la Comarca de la Ribagorza fue creada por la Ley 12/2002, de 28 de mayo, del Gobierno de Aragón y se configura como ente local que representa los intereses de la población y el territorio comprendido dentro de la delimitación comarcal. Tiene entre sus competencias el poder ejercer la iniciativa pública para la realización de actividades económicas de interés comarcal.

3. La Comarca de la Ribagorza y el Instituto Aragonés de Fomento, prestan a los ciudadanos y usuarios los servicios de orientación hacia el empleo y apoyo a personas emprendedoras que quieren desarrollar iniciativas de empresa viables en Aragón, por ello deciden cooperar en el fomento de la cultura emprendedora y en la prestación de servicios de apoyo al emprendedor, en el ámbito del territorio comarcal de referencia de la provincia de Huesca, conforme a lo estipulado en las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- Objeto.

Establecer un marco general de acción conjunta entre las entidades firmantes en la coordinación de cuantas actuaciones se dirijan a la prestación de servicios de apoyo a los emprendedores, y en particular, en la realización de actividades formativas, de asesoramiento y de divulgación de los valores de las personas emprendedoras entre la población residente en la provincia de Huesca y, en concreto, en el ámbito de actuación de la Comarca de la Ribagorza.

Segunda.- Lugar de prestación de los servicios.

El Instituto Aragonés de Fomento es titular de un derecho de superficie sobre unas instalaciones situadas en el polígono industrial Fabardo, Graus, con la denominación de "Centro de Emprendedores de Graus", que cuentan con naves para la ubicación de proyectos empresariales en fase inicial, despachos para preincubación de proyectos, prestación de asistencia técnica, etc., y zonas de uso común.

En dichas instalaciones se viene prestando servicio de información y asesoramiento a emprendedores y empresarios, así como se gestiona la ubicación temporal de nuevas iniciativas empresariales, y será donde se prestarán los servicios recogidos en el presente convenio.

La Comarca de la Ribagorza viene prestando servicio de información y asesoramiento a emprendedores y empresarios, en las instalaciones en las que actualmente tienen ubicado su domicilio social, por parte de personal adscrito a sus respectivas organizaciones.

Tercera.- Compromisos de la Comarca de la Ribagorza.

La Comarca de la Ribagorza prestará los servicios dirigidos a emprendedores y empresarios en las instalaciones del Centro de Emprendedores de Graus, asumiendo los siguientes compromisos de medios técnicos y humanos:

- La Comarca de la Ribagorza, pasará a prestar la información y asesoramiento a emprendedores y nuevos proyectos en las instalaciones del Centro de Emprendedores de Graus dentro del horario que se acuerde con el Instituto Aragonés de Fomento. A tal fin, trasladará a dicha ubicación al personal técnico propio o externo que vaya a prestar dichos servicios.

- El personal de la Comarca de la Ribagorza que preste sus servicios en el Centro de Emprendedores, promoverá los cauces de información con los potenciales emprendedores, así como la información sobre empleo y empresa en el ámbito de la comarca y colaborará en el seguimiento de los proyectos emprendedores y en las acciones de formación correspondientes.

- Se encomienda al personal propio o externo de la Comarca de la Ribagorza la coordinación del centro para favorecer la realización de las actividades que se lleven a cabo en el Centro de Emprendedores de Graus, así como la relación con las iniciativas empresariales susceptibles de instalarse en el mismo, y todas aquellas cuestiones de índole logístico y de mantenimiento.

Cuarta.- Compromisos del Instituto Aragonés de Fomento.

El Instituto Aragonés de Fomento pondrá a disposición de la Comarca de la Ribagorza las instalaciones del Centro de Emprendedores de Graus, de forma gratuita, para la prestación de dichos servicios. Los costes de mantenimiento y explotación del centro serán asumidos por el Instituto Aragonés de Fomento.

La puesta a disposición de las instalaciones del Centro de Emprendedores de Graus no supone en ningún caso la cesión de los mismos ni implica ningún tipo de derecho por parte de la Comarca de la Ribagorza sobre el inmueble.

Quinta.- Vigencia.

El presente convenio estará vigente, con efecto retroactivo, desde el 21 de mayo de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, tiempo en el cual se procederá a evaluar la eficacia de los servicios prestados y de la coordinación en el Centro de Emprendedores de Graus entre las entidades firmantes, procediéndose a la prorroga de los acuerdos; previa comunicación y aceptación de las partes con un mes de antelación a la finalización de su vigencia y que deberá formalizarse en addenda al presente convenio, o a su finalización en función del resultado de dicha evaluación.

Sexta.- Comprobaciones y comisión de seguimiento.

Se constituirá una comisión de seguimiento, integrada por representantes del Instituto Aragonés de Fomento y representantes de la Comarca de la Ribagorza, de forma paritaria, para planificar y hacer un seguimiento de las actuaciones que se deriven de este convenio.

Los firmantes se comprometen a colaborar de forma activa en la organización de actividades dirigidas a la difusión de los valores de la cultura emprendedora en el medio rural, que facilite la creación de microempresas viables en la comarca y su ubicación preferente en el Centro de Emprendedores de Graus.

Séptima.- Participación de terceros.

Las partes podrán acordar la realización de otras actuaciones en colaboración dirigidas a favorecer la promoción del espíritu emprendedor y la generación de nuevas iniciativas emprendedoras en el ámbito territorial de actuación de los firmantes. A tal fin suscribirán la correspondiente addenda con los detalles de la misma.

Así mismo, podrá plantearse la participación y colaboración en el Centro de Emprendedores de Graus, de otras organizaciones de ámbito territorial similar, que presten servicios de apoyo al emprendedor. Esta colaboración se plasmará en la correspondiente addenda al presente.

Octava.- Responsabilidad.

El Instituto Aragonés de Fomento queda exento de cualquier tipo de responsabilidad que pueda derivarse del desarrollo y realización de las actuaciones contempladas en este convenio.

El personal que desempeñe su trabajo en el Centro de Emprendedores de Graus, dependerá orgánicamente de la organización con la que mantenga la relación laboral, mercantil y jurídica, pero se establecerán los cauces y procedimientos necesarios para que exista una relación funcional con la Unidad de Emprendedores del Instituto Aragonés de Fomento, que permita la coordinación, así como el empleo de metodologías y herramientas comunes, todos ello con la finalidad de conseguir una mayor eficacia y eficiencia en la prestación de los servicios al emprendedor.

En ningún caso podrá considerarse que el Instituto Aragonés de Fomento tiene relación alguna con la Comarca de la Ribagorza ni con su personal, de forma que no podrá exigírsele responsabilidad laboral directa, indirecta o subsidiaria por la realización de los trabajos del objeto del presente convenio.

Novena.- Publicidad.

En toda publicidad vinculada a cualquiera de las actuaciones amparadas por el presente convenio se deberá incorporar el logotipo de las partes. La utilización de los logotipos y en general los derechos de propiedad industrial de las instituciones firmantes, se realizará siempre bajo la previa conformidad de sus titulares y con sujeción a las normas que le sean de aplicación.

En particular, cuando la Comarca de la Ribagorza deba hacer uso del identificador corporativo del Gobierno de Aragón deberá solicitar con carácter previo a su utilización, el preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, tal y como se dispone en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

Igualmente, si se realizan actividades de promoción y publicidad en las que figure el identificador corporativo del Gobierno de Aragón o cualquiera de sus variantes; la creatividad y el plan de medios de dichas actividades deberá ser objeto de solicitud con carácter previo a cualquier actuación, del preceptivo informe favorable de la Comisión de Comunicación Institucional, con objeto de su revisión y comprobación del cumplimiento de los objetivos de comunicación y de la adecuada distribución entre los diferentes medios y soportes.

Décima.- Protección de datos personales.

Los datos personales tratados en el marco de este convenio serán incorporados y tratados en el fichero "Emprender en Aragón". El órgano responsable del fichero es el Instituto Aragonés de Fomento y la dirección donde los interesados podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo se encuentra en calle Teniente Coronel Valenzuela, número 9, 50004-Zaragoza, todo lo cual se informa en cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Undécima.- Confidencialidad.

Las entidades firmantes se comprometen a que toda la información y datos derivados de este convenio se considerarán confidencial y exclusiva de quien la aporta y no podrá comunicarse a terceros sin su consentimiento previo y por escrito. A estos efectos, las partes firmantes se obligan a tratar como confidencial toda información a la que tengan acceso en virtud de este convenio.

Duodécima.- Resolución.

Serán causa de resolución del presente convenio:

1. El incumplimiento, por parte de cualesquiera de las partes intervinientes, de las obligaciones esenciales contenidas en sus cláusulas.

2. Imposibilidad sobrevenida para su cumplimiento en alguna de sus cláusulas, salvo que, de común acuerdo entre las partes se modifique su sentido.

3. Por mutuo acuerdo entre las partes. En este caso las partes podrán comunicar por escrito a la otra su intención de no continuar con el mismo, debiendo hacerlo constar al menos con dos meses de antelación a la fecha prevista de finalización de la colaboración.

Decimotercera.- Normativa aplicable.

Será de aplicación a este convenio, la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como por la legislación propia de la materia objeto del convenio y demás normas de derecho administrativo aplicables.

Decimocuarta.- Jurisdicción competente.

Las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten a los juzgados y tribunales de Zaragoza para la resolución de cualesquiera divergencias que pudieran surgir con motivo de la interpretación o ejecución del presente convenio, una vez sometidas a la Comisión mixta de seguimiento, sin haberse alcanzado una solución satisfactoria.

Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman las partes por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.