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RESOLUCIÓN de 7 de agosto de 2014, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se adjudican provisionalmente los puestos de Personal Especializado de Servicios Domésticos, de la convocatoria aprobada por Resolución de 14 de octubre de 2011, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, para ingreso, por turno independiente para discapacitados físicos o sensoriales, como personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 04/09/2014 (Nº 173)
Sección: II. Autoridades y Personal - a) Nombramientos, situaciones e incidencias
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

Realizada la adjudicación definitiva por Resolución de 14 de octubre de 2013, de puestos de personal laboral fijo de la categoría de Personal Especializado de Servicios Domésticos, convocadas por Resolución de 14 de octubre de 2011, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, han quedado vacantes algunas de las plazas ofertadas en la convocatoria.

De acuerdo con la propuesta del Tribunal, se procede a la adjudicación provisional de los puestos que a continuación se indican a los aspirantes que han aprobado las pruebas selectivas y no obtuvieron plaza en la primera adjudicación, una vez realizada la opción prevista en la base 7.2 por haber aprobado otra categoría.

En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8.2 de la convocatoria, se declara la apertura de un plazo de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución, para que los candidatos seleccionados aporten ante el Instituto Aragonés de Administración Pública los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo señalado, y salvo los casos de fuerza mayor, no se presentara la documentación exigida, o del examen de la misma se dedujera que alguno de los aspirantes carece de uno o varios de los requisitos señalados en la convocatoria, no podrá el adjudicatario ser contratado.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 58.1 de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, cuyo texto refundido fue aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

Zaragoza, 7 de agosto de 2014.

El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios,

IGNACIO MURILLO GARCÍA-ATANCE