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RESOLUCIÓN de 29 de febrero de 2016, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Interventores e Inspectores Financieros.

Publicado el 15/03/2016 (Nº 51)
Sección: II. Autoridades y Personal - b) Oposiciones y concursos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 75/2015, de 5 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de 2015, en el ámbito de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 90, de 14 de mayo de 2015), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1.e) del Decreto 311/2015, de 1 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Hacienda y Administración Pública, y con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, con sujeción a las siguientes bases:

1. Normas Generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 4 plazas del Cuerpo de Funcionarios Superiores de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, Escala Superior de Administración, Interventores e Inspectores Financieros.

1.2. El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número de aprobados superior al de plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. El hecho de aprobar todos los ejercicios en que se estructura la oposición no otorgará derecho alguno al aspirante respecto a las plazas convocadas.

1.3. El sistema de selección de los aspirantes será el de oposición, seguido de un período de prácticas y un curso de formación selectivo con evaluación final.

La oposición consistirá en la realización de cinco ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los cinco ejercicios es obligatoria para superar la oposición. Los aspirantes que no posean nacionalidad española deberán realizar con carácter previo a la determinación de los aspirantes que han superado la oposición, una prueba de conocimiento y comprensión del idioma castellano, que se calificará de "apto" o "no apto". Queda exento de esta prueba el personal laboral fijo o funcionario de carrera al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, o quien ya la hubiese superado en convocatorias anteriores de acceso a esta Administración.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

1.5. El primer ejercicio de la oposición tendrá lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria.

1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Oficinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón: en Huesca (Plaza de Cervantes, 1), en Teruel (Calle San Francisco,1), en Zaragoza (Edificio Pignatelli - Paseo María Agustín, 36 -), así como en las Oficinas Delegadas del Gobierno de Aragón en Alcañiz (Avda. Bartolomé Esteban, 58), Calatayud (Calle Amparados, 2), Ejea de los Caballeros (Calle Mediavilla, 27), Jaca (Avda. Levante, 10), Tarazona (Avda. La Paz, 29), Calamocha (Calle Melchor de Luzón, 6), Fraga (Calle San Quintín, 1) y Barbastro (Calle Conde, s/n). Además, se publicarán en el "Boletín Oficial de Aragón", las resoluciones para las que así lo establecen expresamente las bases de esta convocatoria.

Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/Temas/Empleo.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el Título Universitario Oficial de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.

f) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención la base 3.5.

2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según modelo aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 ("Boletín Oficial de Aragón", número 109, de 8 de septiembre de 2003), que será facilitada a través de internet, cumplimentando el modelo 524 que aparece en la página web oficial del Gobierno de Aragón en la dirección www.aragon.es/Temas/Empleo.

3.2. Los aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de suficiencia exigible.

3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática o en soporte papel, de acuerdo con lo especificado a continuación:

a) Los interesados podrán presentar su solicitud ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario como requisito previo para la inscripción la utilización de DNI electrónico o un certificado digital de persona física emitido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (más información para su obtención en http://www.cert.fnmt.es/).

La presentación de solicitudes por esta vía conllevará obligatoriamente el pago telemático de la tasa de derechos de examen a que se refiere el apartado 5. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.

En los casos en los que las solicitudes cumplimentadas por vía telemática tengan que ir acompañadas de otra documentación adicional, ésta deberá presentarse en soporte papel conforme a lo señalado en el apartado siguiente.

b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel. Para ello una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, se procederá al pago de la tasa por derechos de examen en la forma prevista en el apartado 5, y posteriormente se hará la presentación en los Registros Generales del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que aquélla sea fechada y sellada por el empleado de Correos antes de ser certificada.

3.4. El plazo para presentar las solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria. Si el plazo finaliza en sábado, se entenderá prorrogado hasta el siguiente día hábil.

La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.5. La Tasa por derechos de examen será de 39,43 euros, cuyo pago podrá realizarse telemáticamente según lo expresado en apartado 3.a) de esta base, o, en el caso de presentar la solicitud en soporte papel, por alguno de los medios siguientes:

-En efectivo, en la Caja de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Aragón en Zaragoza o en la Caja de las Subdirecciones Provinciales de Hacienda y Administración Pública de Huesca, Teruel y Zaragoza.

-Ingreso en las cuentas de las Entidades de Crédito colaboradoras en la gestión recaudatoria del Gobierno de Aragón, autorizadas para el cobro de las tasas.

En este caso el pago de la tasa no supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud conforme a lo previsto en el apartado 3.b).

La falta de pago de la tasa dentro del plazo de presentación de solicitudes no será subsanable.

3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:

a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.

b) Las personas desempleadas que figuren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva.

c) Las personas que acrediten que no han tenido ningún ingreso durante el período señalado en el apartado anterior, o cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional.

Las circunstancias señaladas deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse on line a través de la Oficina Electrónica de su página web www.aragon.es/inaem) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente.

3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá la devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:

a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente deficiente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de los aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.

b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.

c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes.

3.8. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado, conforme a lo dispuesto en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará resolución, que se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", por la que se aprueba la relación provisional de candidatos admitidos y, en su caso, excluidos, indicando las causas de exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

4.3. La resolución conteniendo las listas definitivas de admitidos y excluidos se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón". En dicha resolución se señalará lugar y fecha del primer ejercicio.

La admisión definitiva lo es sin perjuicio de la obligación de los aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.

5. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal será la que se especifica en el anexo I.

Cualquier modificación posterior de la composición del Tribunal calificador se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26 B- 50004 Zaragoza).

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, los candidatos podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la citada ley.

5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.

5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 22 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 25 y siguientes del texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

5.6. El Tribunal que actúe en estas pruebas tendrá la categoría primera de las señaladas en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

6. Estructura de las pruebas selectivas.

6.1. El primer ejercicio consistirá en la resolución, por escrito, de un cuestionario de 20 preguntas que el Tribunal propondrá sobre el temario, de las cuales 5 se corresponden con el temario del grupo primero, subgrupo 1.1; 5 preguntas se corresponden con el temario del grupo primero, subgrupo 1.2; 3 preguntas con el temario del grupo segundo; 2 preguntas con el temario del grupo tercero, subgrupo 3.1; 2 preguntas con el temario del grupo tercero, subgrupo 3.2 y 3 preguntas con el temario del grupo tercero, subgrupo 3.3, todos ellos de la Parte 1.

El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de cuatro horas.

6.2. El segundo ejercicio consistirá en la resolución, por escrito, de uno o varios supuestos prácticos de Contabilidad y Matemáticas Financieras.

El Tribunal señalará en el momento de proponer este ejercicio el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de cuatro horas.

6.3. El tercer ejercicio constará de dos pruebas de idiomas, la primera de carácter obligatorio y eliminatorio y la segunda de carácter voluntario y no eliminatorio.

Primera prueba: realización por escrito de la traducción directa al castellano, sin diccionario, de un documento redactado en inglés o francés, según la elección del aspirante. Para su realización los aspirantes dispondrán de una hora.

Los aspirantes con nacionalidad distinta a la española optarán a los idiomas francés o inglés siempre y cuando ninguno de ellos sea oficial en su Estado de origen, en cuyo caso éste será sustituido, a efectos de la opción, por otro idioma oficial en otro Estado de la Unión Europea.

Segunda prueba: Elaboración de un resumen en inglés o francés, según la elección del aspirante, de un texto que les será leído a los opositores en la lengua elegida. Para su realización los aspirantes dispondrán de media hora.

El ejercicio correspondiente a cada una de estas pruebas deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal. Finalizada la lectura de la segunda prueba, en el supuesto de haberse realizado, el Tribunal dispondrá de diez minutos para dialogar con el aspirante en la lengua elegida.

Se valorará el conocimiento de la lengua elegida, la capacidad de comprensión y síntesis y la calidad de la versión en castellano.

6.4. El cuarto ejercicio consistirá en exponer oralmente en sesión pública cuatro temas sacados al azar, de los cuales 1 corresponderá al temario del grupo segundo, y 3 al temario del grupo tercero, debiendo ser 1 del temario del subgrupo 3.1, 1 del temario del subgrupo 3.2, y 1 del temario del subgrupo 3.3.

La exposición, que tendrá una duración de entre 45 y 50 minutos, seguirá el orden con el que aparecen los temas en el programa.

Los candidatos dispondrán de un periodo de veinte minutos para la preparación, en presencia del Tribunal, de este ejercicio, sin que puedan consultar ninguna clase de textos o apuntes, si bien podrán utilizar durante la exposición el esquema o guión que hayan realizado.

Finalizada la actuación del candidato, el Tribunal podrá dialogar con él durante un periodo máximo de veinte minutos sobre las cuestiones expuestas o relacionadas con los temas que haya desarrollado.

6.5. El quinto ejercicio consistirá en el desarrollo y resolución de uno o varios supuestos prácticos propuestos por el Tribunal, que estarán relacionados con el ejercicio de las funciones propias de las plazas convocadas, a excepción de las materias recogidas en el subgrupo 3.2 del grupo tercero.

El Tribunal señalará en el momento de proponer el ejercicio el tiempo máximo concedido para su realización, sin que su duración pueda exceder de cuatro horas, pudiéndose utilizar cuantos libros, textos o documentos, en soporte papel, se considere necesarios, aportados por los propios candidatos o disponibles en el local escogido por el Tribunal para realizar el ejercicio.

El ejercicio será leído literalmente en sesión pública ante el Tribunal, que podrá dialogar con el candidato durante diez minutos sobre las cuestiones relacionadas con el planteamiento y resolución del supuesto.

6.6. El Tribunal elaborará un listado con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden descendente de puntuación total. Aquéllos que obtengan mayor puntuación serán nombrados funcionarios en prácticas, sin que el número de los mismos pueda superar al de plazas convocadas, sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

El período de prácticas incluirá un curso de formación cuya duración y contenido será fijado por el Instituto Aragonés de Administración Pública.

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. La fecha de comienzo del primer ejercicio se determinará en la resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.

7.2. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los candidatos para que acrediten su identidad.

7.3. Los candidatos serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal. Se entenderá que existe fuerza mayor cuando la situación creada impida el acceso a las aulas o la realización física del ejercicio, y se trate de situaciones de las que se presuma que afectan a todos o a gran parte de los candidatos y al llamamiento y lugar correspondiente.

No obstante lo anterior, y al amparo de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, se hará excepción en el llamamiento único por la coincidencia de la hospitalización o reposo domiciliario, con motivo de embarazo y/o parto de las aspirantes, con el día de la celebración de alguna prueba en la que tengan que participar. Para ello las aspirantes deberán presentar, dentro del plazo de los cinco días naturales anteriores o posteriores a la realización de la prueba (en este último caso por el ingreso por urgencia), un escrito dirigido al Presidente del Tribunal comunicando el hecho de la hospitalización, y adjuntando informe médico que lo demuestre, junto con la solicitud expresa del deseo de la realización de la prueba.

El escrito será presentado en el registro general del Gobierno de Aragón y remitido al IAAP por fax al número 976714368, o al correo electrónico iaap@aragon.es, y en él se deberá indicar obligatoriamente uno o dos teléfonos, preferentemente móviles, de contacto con la interesada.

7.4. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia del interesado.

8. Calificación.

8.1. El primer ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario alcanzar un mínimo de 5 puntos en total respecto de las preguntas del grupo primero y un mínimo de 5 puntos en total respecto de las preguntas de los grupos segundo y tercero para superarlo.

8.2. El segundo ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 10 puntos y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los supuestos prácticos.

8.3. El tercer ejercicio de la oposición se calificará de la siguiente forma:

Primera prueba: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarla.

Segunda prueba: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para su valoración.

8.4. El cuarto ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 10 puntos y no haber sido calificado con 0 puntos en ninguno de los temas.

8.5. El quinto ejercicio de la oposición se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario para superarlo obtener como mínimo 10 puntos.

8.6. La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los cinco ejercicios.

El Tribunal elaborará una lista con los aspirantes que hayan superado la fase de oposición, por orden descendente de puntuación total. No se incluirán en esta lista los aspirantes que hayan sido calificados "no apto" en la prueba señalada en la base 1.3.

8.7. Concluidos los ejercicios de la oposición, y a propuesta del Tribunal calificador, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios hará públicas las listas de aspirantes propuestos para ser nombrados funcionarios en prácticas, por orden de puntuación, sin que el número total de seleccionados pueda rebasar el de plazas convocadas.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida sucesivamente en los ejercicios cuarto, quinto, segundo, primero y tercero. Como criterio residual de desempate, una vez aplicados, en su caso, los criterios anteriores, regirá lo dispuesto en la Resolución de 3 de marzo de 2015, del Instituto Aragonés de Administración Pública, por la que se hace público el resultado del sorteo previsto en el artículo 17 del Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón.

8.8. El período de prácticas y el curso de formación darán lugar a una calificación de "apto" o "no apto", siendo necesaria la obtención de "apto" para superarlo.

9. Listas de espera para nombramiento de interinos.

9.1. En las solicitudes, los aspirantes podrán manifestar su voluntad de acceder, en el caso de no superar el proceso selectivo, a las listas de espera de nombramiento de interinos.

9.2. Tras la finalización de los ejercicios de la oposición, el Tribunal de selección actuante confeccionará la correspondiente lista que contendrá la relación de aspirantes que sin haber superado el proceso selectivo, han aprobado alguno de sus ejercicios. La ordenación de los candidatos en dicha lista de espera se hará atendiendo al número de ejercicios superados; a igual número de ejercicios superados, se atenderá a la puntuación total obtenida en los mismos, no teniéndose en cuenta las puntuaciones obtenidas en los ejercicios suspendidos.

Los posibles empates entre candidatos a los efectos de ordenación de los aspirantes en este proceso selectivo, se resolverán atendiendo al resultado del sorteo efectuado por el Instituto Aragonés de Administración Pública en fecha 3 de marzo de 2015 ("Boletín Oficial de Aragón", número 65, de 7 de abril de 2015).

9.3. La referida lista, ordenada conforme los criterios anteriores, será remitida por el Tribunal a la Dirección General de la Función Pública y Calidad de los Servicios para su aprobación y publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", haciendo constar el nombre y apellidos de los candidatos, las localidades solicitadas, y documento nacional de identidad.

10. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios en prácticas.

10.1. Dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas en el "Boletín Oficial de Aragón", las listas de aprobados en la oposición, los candidatos que figuren en ella deberán aportar los documentos acreditativos de los requisitos de admisibilidad exigidos en esta convocatoria.

10.2. Los documentos a que se refiere el punto anterior deberán ser presentados en cualquiera de las unidades de registro del Gobierno de Aragón, y dirigidos al Director del Instituto Aragonés de Administración Pública. Estos documentos son:

a) Los de nacionalidad española, fotocopia del documento nacional de identidad.

Los nacionales de otros estados de la Unión Europea, o las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, fotocopia compulsada del pasaporte o de documento válido acreditativo de su nacionalidad.

Los familiares de los anteriores, referidos en la base 2.1.a), además, fotocopia compulsada del documento acreditativo del vínculo de parentesco y declaración jurada del ciudadano de país europeo al que afecta dicho vínculo haciendo constar que no está separado de derecho de su cónyuge o, en su caso, que el aspirante vive a sus expensas o está a su cargo.

b) Fotocopia compulsada del Título a que se refiere la base 2.1.e), o certificación académica que acredite tener cursados y aprobados los estudios completos correspondientes, así como abonados los derechos para la expedición de aquel título.

Los títulos procedentes de otros Estados deberán estar debidamente homologados por la Administración educativa española y deberá adjuntarse a ellos la credencial que acredite dicha homologación. En el caso de titulaciones que acrediten la formación en alguno de los otros Estados asociados al Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, esta credencial podrá suplirse por la credencial de reconocimiento para el ejercicio de una profesión regulada en aplicación de las directivas de reconocimiento de titulaciones.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, o para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española, deberán presentar, además, declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

10.3. Dentro del mismo plazo de veinte días naturales, los aprobados en la oposición recibirán en el domicilio que hagan constar en su solicitud una citación para someterse al reconocimiento médico previo al ingreso, dando así cumplimiento a lo establecido en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. El reconocimiento médico será obligatorio y deberá emitir, además, un juicio de aptitud respecto a la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala o Clase de Especialidad. En el caso de informe negativo no podrá ser nombrado funcionario de carrera, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto al candidato se refieran. El informe médico será confidencial respetando en todo el curso del procedimiento los derechos de intimidad y su protección, sin que pueda ser utilizado para otra finalidad distinta.

10.4. Quienes dentro del plazo señalado no presenten la documentación exigida, salvo los casos de fuerza mayor, no podrán ser nombrados funcionarios en prácticas, quedando sin efecto todas las actuaciones en cuanto a ellos se refieren.

10.5. El Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios procederá al nombramiento de funcionarios en prácticas.

10.6. A los funcionarios en prácticas se les aplicará, durante el tiempo que mantengan tal condición, el régimen retributivo establecido en el artículo 8.6 de la Ley 4/1998, de 8 de abril, ("Boletín Oficial de Aragón", número 43, de 13 de abril de 1998), modificado por el artículo 25 de la Ley 2/2014, de 23 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 17, de 25 de enero de 2014).

11. Nombramiento de funcionarios de carrera.

11.1. Los candidatos que superen el proceso selectivo serán nombrados funcionarios de carrera del Cuerpo de Funcionarios Superiores, Escala Superior de Administración, Interventores e Inspectores Financieros de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, por el Consejero de Hacienda y Administración Pública. La orden de nombramiento se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

11.2. Los funcionarios de nuevo ingreso ocuparán los puestos de trabajo que se les ofrezcan, de acuerdo con las necesidades del servicio, y según las preferencias manifestadas, por riguroso orden de puntuación final.

11.3. En el caso de que para el desempeño de alguno de los puestos de trabajo ofrecidos como primer destino se exija en la Relación de Puestos de Trabajo el requisito de nacionalidad española, queda excluido de la posibilidad de ser elegido por los aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española.

12. Disposiciones finales.

12.1. El orden de actuación comenzará con el primer aspirante cuyo primer apellido se inicie con la letra "H", de acuerdo con el resultado del sorteo celebrado el día 3 de marzo de 2015 ("Boletín Oficial de Aragón", número 65, de 7 de abril de 2015).

12.2. Para lo no previsto en esta convocatoria, será de aplicación lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Ordenación de la Función Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 1/1991, de 19 de febrero, de la Diputación General de Aragón; en el Decreto 122/1986, de 19 de diciembre, de la Diputación General de Aragón, regulador del Instituto Aragonés de Administración Pública, y de la selección, formación y perfeccionamiento del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón, modificado por Decreto 25/1988, de 1 de marzo; en el Decreto 80/1997, de 10 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y, promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón; y en el Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

12.3. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública, en el plazo de un mes desde su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la interposición de los siguientes recursos, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la respectiva publicación o notificación:

- Contra las Resoluciones del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, recurso de alzada ante el Consejero de Hacienda y Administración Pública.

- Contra los actos y decisiones del Tribunal que imposibiliten la continuación en el procedimiento para el interesado o produzcan indefensión, recurso de alzada ante el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios.

Zaragoza, 29 de febrero de 2016.

El Director General de la Función Pública y

Calidad de los Servicios,

IGNACIO ZARAZAGA CHAMORRO

ANEXO I

TRIBUNAL

La composición del Tribunal se determinará en el momento de publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos.

ANEXO II

PROGRAMA DE LAS OPOSICIONES A LA ESCALA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN, INTERVENTORES E INSPECTORES FINANCIEROS DE LA ADMINISTRACION DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

Parte 1.

Grupo Primero: Derecho político, Constitucional, Administrativo y Privado (76 temas)

Subgrupo 1.1

1. La teoría de la división de poderes: formulación clásica y realidad política actual. Democracia y teoría de la representación.

2. Concepto y clases de Constitución. Nociones de poder constituyente y constituido. Valor normativo de la Constitución. La reforma de la Constitución.

3. La Constitución española de 1978. Principios constitucionales. Derechos fundamentales y libertades públicas. Deberes de los Ciudadanos. Garantía y suspensión de los derechos y libertades.

4. Concepto de Estado social y democrático de Derecho. La monarquía parlamentaria. La Corona en la Constitución Española.

5. El sistema de fuentes del derecho y las relaciones entre ordenamientos jurídicos. La Constitución como norma suprema y la primacía del derecho comunitario.

6. Participación política. Formas de participación directa de los ciudadanos. Régimen jurídico de los partidos políticos.

7. El régimen electoral general. Sistema, administración y procedimiento electoral. Regulación de las elecciones a Cortes de Aragón.

8. Las Cortes Generales. Congreso de los Diputados y Senado: composición, funciones y régimen de funcionamiento. El procedimiento legislativo.

9. El Gobierno en el sistema constitucional español. Formación, composición y funciones. Control parlamentario del Gobierno.

10. El Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

11. El Tribunal Constitucional. Organización y atribuciones. Procedimientos de control de constitucionalidad de las leyes. Conflictos constitucionales. Efectos de las sentencias.

12. Órganos constitucionales de control del Gobierno: Defensor del Pueblo y Tribunal de Cuentas. La función consultiva: el Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social.

13. Las Comunidades Autónomas en la Constitución. Su consideración como instituciones del Estado. Principios constitucionales de unidad y autonomía. Principio de cooperación.

14. Los Estatutos de Autonomía. Naturaleza y contenido. Posición normativa en el ordenamiento jurídico. La reforma de los Estatutos.

15. Distribución de competencias entre Estado y Comunidades Autónomas. Normas de delimitación de competencias. Proceso de traspasos de funciones y servicios. Relaciones entre la Administración del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

16. Relaciones entre ordenamiento jurídico estatal y ordenamientos autonómicos. Ejecución autonómica de la legislación estatal. Cláusulas de prevalencia y supletoriedad del Derecho estatal.

17. El Estatuto de Autonomía de Aragón. Proceso de elaboración, estructura y características generales. El procedimiento de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón. Régimen de competencias de la Comunidad Autónoma.

18. Las Cortes de Aragón. Composición y régimen de funcionamiento. Funciones legislativa, presupuestaria y de control. Estatuto de los parlamentarios.

19. El Presidente. El Gobierno de Aragón o Diputación General. El estatuto personal de sus miembros. Responsabilidad política del Presidente y de los Consejeros. Funciones y reglas de funcionamiento.

20. El Justicia de Aragón. La Cámara de Cuentas. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón.

21. Régimen Local español: principios básicos. La Provincia y el Municipio. Relaciones de la Administración Local con la Administración estatal y autonómica.

Derecho Administrativo

22. El concepto positivo de derecho administrativo. Consecuencias de este concepto. La especificidad del derecho administrativo y sus características: el equilibrio entre prerrogativas y garantías. Límite de aplicación del derecho administrativo.

23. El ordenamiento jurídico-administrativo. Las fuentes. Principios que ordenan el sistema de fuentes: el principio de jerarquía y el principio de competencia. Los principios generales del derecho y la costumbre en el derecho administrativo. La jurisprudencia.

24. La Constitución como norma jurídica. La Ley. Leyes orgánicas. Leyes ordinarias. El Decreto-Ley y el Decreto Legislativo. Las leyes del artículo 150 de la Constitución.

25. El reglamento. Concepto y justificación. Requisitos de validez. La inderogabilidad singular de los reglamentos. Clases de reglamentos. Reglamentos ilegales.

26. Principios que presiden las relaciones entre ley y reglamentos: la primacía de la ley y la reserva de ley. La delegación legislativa.

27. La Administración Pública y su personalidad jurídica. Clases de Administraciones Públicas y tipología de los entes públicos. Capacidad jurídica de los entes públicos.

28. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón. Principios generales. Organización administrativa. Ejercicio de las competencias atribuidas.

29. La Administración institucional en la Comunidad Autónoma de Aragón. Organismos públicos: clasificación, adscripción, creación, régimen jurídico y extinción. Organismos autónomos. Entidades de derecho público. Empresas de la Comunidad Autónoma.

30. Otras fórmulas de personificación: las fundaciones públicas, los consorcios. Administración corporativa: Colegios profesionales y Cámaras Agrarias. Administración consultiva: el Consejo Consultivo del Gobierno de Aragón, el Consejo Económico y Social de Aragón.

31. La Administración General del Estado. Órganos centrales. Órganos periféricos. Administración institucional. Administración consultiva.

32. La Ley de Administración Local de Aragón. Municipio y demás entidades locales. Regulación común a las entidades locales. La comarcalización de Aragón: regulación general de las comarcas y régimen jurídico de sus competencias.

33. El principio de legalidad de la Administración. Las potestades administrativas: potestades regladas y discrecionales. El control de la discrecionalidad. Las relaciones entre Administración y Justicia y el principio de autotutela.

34. Posición jurídica del particular en sus relaciones con la Administración. Capacidad jurídica y de obrar. Las situaciones jurídicas del ciudadano ante la Administración. Derechos públicos subjetivos, intereses legítimos y libertades públicas. Las situaciones pasivas. Las prestaciones del administrado.

35. El acto administrativo: concepto, elementos y clases. La eficacia de los actos. Notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo. Ejecución de los actos administrativos.

Subgrupo 1.2

36. La teoría de la nulidad en el Derecho Administrativo. La nulidad absoluta. La anulabilidad. Las irregularidades no invalidantes. Convalidación, conservación y conversión de los actos administrativos. La revisión y revocación de los actos.

37. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y fines. Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común: ámbito de aplicación y principios informadores. Fases del procedimiento. Cómputo de plazos.

38. Los recursos administrativos: concepto y caracterización. Clases de recursos y regulación positiva. Recurso de alzada. Recurso de reposición. Recurso extraordinario de revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Las reclamaciones económico-administrativas.

39. La actividad de las Administraciones Públicas (I). Actividad limitativa y protección del orden público. Actividad de fomento.

40. La actividad de las Administraciones Públicas (II). Servicio público. La doctrina clásica y su evolución. Los distintos modos de gestión de los servicios públicos. La llamada actividad industrial de la Administración. La asunción por la Administración de actividades privadas: sus instrumentos.

41. Contratación pública (I). Directivas comunitarias en materia de contratación pública. Legislación estatal en materia de contratos del Sector Público. Objeto y ámbito de aplicación subjetivo y objetivo. Normativa aragonesa en materia de contratación pública.

42. Contratación pública (II) Los contratos del sector público. Clases de contratos. Configuración general de la contratación del sector público y elementos estructurales de los contratos.

43. Contratación pública (III) Contratos de las Administraciones Públicas: Preparación de los contratos. Selección del contratista y adjudicación de los contratos. Prerrogativas de la Administración. Ejecución y modificación de los contratos; legislación sobre lucha contra la morosidad de las Administraciones Públicas. Extinción. La cesión de los contratos y la subcontratación.

44. Contratación pública (IV). Contratación de las entidades del sector público que no tienen el carácter de Administración Pública. Técnicas para la racionalización de la contratación. Contratación electrónica.

45. Los convenios de colaboración. Naturaleza jurídica: deslinde de los contratos y las subvenciones. Régimen jurídico de los Convenios. Normativa específica aragonesa en materia de Convenios.

46. La potestad sancionadora. Concepto. Principios de la potestad sancionadora y del procedimiento sancionador. Clases de sanciones. El procedimiento ordinario.

47. La potestad expropiatoria: naturaleza y justificación. Los sujetos, el objeto y la causa. El procedimiento expropiatorio en general. La indemnización expropiatoria o justiprecio. Procedimientos especiales: la expropiación por razones de urgencia. Garantías jurisdiccionales.

48. La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Antecedentes y régimen vigente. Presupuestos. Efectividad de la reparación. Procedimiento. Responsabilidad del personal y de las autoridades al servicio de la Administración Pública. Responsabilidad de la Administración por actos de los contratistas. La responsabilidad del Estado legislador. Responsabilidad del Estado por incumplimiento de Derecho comunitario.

49. El control jurisdiccional de la Administración (I).El recurso contencioso-administrativo. Las partes. El objeto. El procedimiento. La sentencia. Recursos contra las sentencias.

50. El control jurisdiccional de la Administración (II). La Administración y la Justicia ordinaria. La posición especial de la Administración en el proceso ordinario. Las reclamaciones administrativas previas a la vía judicial.

51. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón (I). El dominio público: concepto, naturaleza jurídica y elementos. Régimen jurídico.

52. El patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón (II). El dominio privado: concepto y régimen jurídico. El sector empresarial del patrimonio de Aragón.

53. La Función Pública en Aragón (I). Bases constitucionales y estatutarias, regulación legal. Clases de Empleados Públicos. Acceso a la función pública. Carrera administrativa. Situaciones administrativas y extinción de la relación funcionarial.

54. La Función Pública en Aragón (II). Derechos y deberes. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Órganos de representación y participación. Régimen del personal laboral. Seguridad social de los empleados públicos.

55. La Función Pública en Aragón (III). Personal docente e investigador. Personal de las instituciones sanitarias. Personal al servicio de la Administración de Justicia.

56. De la Comunidad Económica Europea a la Unión Europea. El Tratado de la Unión Europea. Evolución y ampliación de la Unión. El Tratado de Lisboa: el Tratado de la Unión Europea y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

57. El Derecho comunitario (I). Las fuentes: derecho originario y derecho derivado. Las relaciones entre el Derecho comunitario y el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La participación de los Estados miembros en la formación del derecho comunitario.

58. El Derecho comunitario (II). La aplicación del Derecho comunitario. La participación de las Comunidades Autónomas en la aplicación del Derecho comunitario.

59. Las Instituciones de la Unión Europea (I). El Consejo Europeo, el Consejo de Ministros y la Comisión.

60. Las Instituciones de la Unión Europea (II). El Parlamento, el Tribunal de Justicia y el Tribunal de Cuentas.

61. El derecho real: naturaleza y caracteres. La tipicidad de los derechos reales. Derechos reales conocidos en la legislación española. El usufructo. La servidumbre.

62- El derecho real de dominio. La posesión. Derecho inmobiliario y derecho hipotecario: el Registro de la Propiedad. Principios hipotecarios.

63. Los derechos reales de garantía. La hipoteca: tipos, requisitos y efectos.

64. Los contratos de transmisión de la propiedad. La compra-venta: concepto y elementos personales, reales y formales. Obligaciones del vendedor y del comprador. Perfección del contrato. La donación: concepto y elementos personales, reales y formales; perfección del contrato.

65. El contrato de arrendamiento. El arrendamiento de fincas urbanas y su legislación especial. El arrendamiento de fincas rústicas y su legislación especial.

66. El Derecho de familia. El matrimonio: sistema español vigente. Principios generales del régimen de la tutela en el Código Civil. Derecho Civil Aragonés: relaciones entre ascendientes y descendientes, efectos de la ruptura de la convivencia de los padres con hijos a cargo, la tutela, la junta de parientes. El acogimiento y la adopción. Legislación general y autonómica en materia de protección de menores.

67. Los efectos patrimoniales del matrimonio. El régimen económico conyugal en el Derecho Civil de Aragón. El régimen matrimonial paccionado. El régimen matrimonial legal. El régimen de separación de bienes. La comunidad que continúa tras la disolución. La viudedad. Régimen de las parejas estables no casadas.

68. La sucesión "mortis causa". El derecho de sucesiones en Aragón. La sucesión testamentaria: modalidades. La sucesión paccionada: su régimen. La fiducia sucesoria. La legítima. La sucesión legal. El consorcio foral.

69. La empresa. Concepto y clases de empresas. Estatuto jurídico del empresario mercantil. El Registro Mercantil: funciones, organización y principios registrales.

70. Las sociedades mercantiles. Concepto y clases de sociedad mercantil. Fusión y escisión de sociedades. Grupos de sociedades: Agrupaciones de Interés Económico y Uniones Temporales de Empresa.

71. Sociedad anónima. Concepto y constitución. Capital social: aportaciones de los socios, acciones de la sociedad. Emisión de obligaciones. Órganos de la sociedad anónima. Modificación de estatutos. Cuentas anuales. Disolución y liquidación de la sociedad anónima.

72. Sociedad de responsabilidad limitada. Concepto y fundación. Régimen de las participaciones sociales. Órganos sociales. Modificación de estatutos. Disolución y liquidación.

73. Las obligaciones y los contratos mercantiles. La prescripción en Derecho Mercantil. La representación mercantil. La cesión del contrato. Contrato de comisión. El contrato de agencia. El Agente de Aduanas.

74. El concurso (I). Presupuesto subjetivo y objetivo. El auto de declaración de concurso. Efectos sobre los acreedores, los créditos y los contratos. Determinación de la masa activa. Las acciones de reintegración patrimonial.

75. El concurso (II). La masa pasiva y los créditos contra la masa: clasificación y pago. El convenio: contenido y sus efectos. Efectos de la apertura de la fase de liquidación. Las causas de conclusión del concurso y su reapertura: efectos. La calificación del concurso.

76. Valores mobiliarios. Valores negociables. Títulos valores. La letra de cambio. Concepto y función económica. Creación de la letra: capacidad cambiaria y representación; requisitos formales. La aceptación. El endoso. El aval. Vencimiento y pago de la letra. Acciones y excepciones cambiarias. El cheque. El pagaré.

Grupo Segundo: Derecho Presupuestario y Sistemas de Control y Contabilidad Pública (24 temas)

1. El derecho presupuestario. Concepto y contenido. Normativa sobre estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

2. La Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón: Principios generales. Régimen de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón: Derechos y obligaciones La Comisión Mixta de Asuntos Económico-Financieros Estado-Comunidad Autónoma de Aragón.

3. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón (I). Contenido, elaboración y estructura. Normas específicas para las empresas y entidades de derecho público.

4. El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón (II) Especialidad y especificación de los créditos. Limitación de los compromisos de gasto. Compromisos de gasto de carácter plurianual. Temporalidad de los créditos. Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria. Disponibilidades líquidas de los organismos autónomos y otras entidades integrantes del sector público autonómico.

5. Las modificaciones presupuestarias: Tipología, requisitos y competencias para su autorización. Tramitación de las mismas. El control de las modificaciones presupuestarias

6. El concepto de gasto público. Nacimiento y exigibilidad de las obligaciones. El acto administrativo de gasto: elementos, requisitos para su validez. Los sujetos en el acto administrativo de gasto: La administración pública y el ejercicio de la competencia. Nulidad y anulabilidad: especial referencia a la nulidad por falta de crédito.

7. Gestión de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón: Fases del procedimiento de la gestión de los gastos. Competencias en materia de gestión de gastos. Ordenación de pagos.

8. Gestión de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Aragón (II): Anticipos de caja fija. Pagos a justificar. Gestión del Presupuesto de Ingresos. Devoluciones de ingresos.

9. La tesorería de la Comunidad Autónoma de Aragón. Concepto y competencias. Fianzas y depósitos. Avales. El endeudamiento de la Comunidad Autónoma de Aragón.

10. El Plan general de contabilidad pública (I). Marco conceptual.

11. El Plan general de contabilidad pública (II). Normas de reconocimiento y valoración.

12. El Plan general de contabilidad pública (III). Cuentas anuales.

13. El Plan general de contabilidad pública adaptado a la Administración local. Principios generales del modelo normal de contabilidad local: Principios generales. Competencias y funciones.

14. El control interno de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón (I). Concepto, ámbito y modalidades de control. Competencia. Deberes del personal y colaboración. La función interventora sobre derechos e ingresos. La Intervención General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón: Organización y funciones.

15. El control interno de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón (II). La función interventora sobre gastos y pagos: Fiscalización previa. La intervención del reconocimiento de las obligaciones y de la comprobación de la inversión. Intervención formal y material del pago. Intervención de la aplicación o empleo de los fondos públicos. Intervención de los pagos a justificar y de los anticipos de caja fija.

16. El control interno de la actividad económica y financiera de la Administración, de los organismos públicos y de las empresas de la Comunidad Autónoma de Aragón (III). El control financiero en la Comunidad Autónoma de Aragón. Informes de control financiero.

17. La auditoría de Cuentas ((I) La normativa estatal en materia de auditoría de cuentas Concepto de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores: Requisitos para el ejercicio de la auditoría y responsabilidades. Ejercicio de la actividad de auditoría de cuentas.

18. La auditoría de Cuentas (II) La supervisión pública de la auditoría de cuentas. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: órganos y funciones.

19. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público. El control parlamentario. El control del Tribunal de Cuentas. El Tribunal de Cuentas: competencias y funciones. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas.

20. La Cámara de Cuentas de Aragón. Naturaleza y ámbito de actuación. Función fiscalizadora. Composición. Organización.

21. El presupuesto de la Unión Europea. Las perspectivas financieras. Estructura del presupuesto. Los recursos propios y los gastos comunitarios. El procedimiento de aprobación del presupuesto. La relación entre el presupuesto comunitario y el presupuesto del Estado.

22. La financiación de las Comunidades Autónomas (I). Principios generales. Recursos de las Comunidades Autónomas. Competencias. resolución de conflictos.

23. La financiación de las comunidades autónomas (II). El Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas: Necesidades globales de financiación en el año base, Recursos financieros del Sistema en el año base, evolución del sistema de financiación, suficiencia dinámica. Los Fondos de Convergencia Autonómica.

24. El Presupuesto General de las entidades locales: contenido y aprobación. Los créditos y sus modificaciones. La ejecución y liquidación del Presupuesto: especial referencia a las fases de ejecución del gasto, al resultado presupuestario y al remanente de tesorería. La contabilidad local. El control interno y externo de la actividad económico-financiera de las entidades locales.

Grupo Tercero: Derecho Tributario. (46 temas)

Subgrupo 3.1. Derecho Tributario General y Procedimientos Tributarios

1. El derecho tributario: Concepto y contenido. Las fuentes de derecho tributario. Administración Tributaria. Las obligaciones y deberes de la Administración Tributaria. Los principios del ordenamiento tributario español.

2. La aplicación y la interpretación de las normas tributarias. Ámbito temporal y criterios de sujeción a las normas tributarias. Interpretación y calificación. La integración de las normas tributarias: Analogía, simulación y conflicto en la aplicación de la norma tributaria.

3. Los tributos. Concepto, fines y clases de tributos. La relación jurídico-tributaria. Las obligaciones tributarias: La obligación tributaria principal, la obligación tributaria de realizar pagos a cuenta, las obligaciones entre particulares, las obligaciones tributarias accesorias y formales.

4. Los elementos de cuantificación de la obligación tributaria. La base imponible: Concepto y métodos de determinación. La base liquidable. El tipo de gravamen. La cuota tributaria. La deuda tributaria: Concepto. Garantías de la deuda tributaria.

5. Los obligados tributarios: Clases. Derechos y garantías. Los sujetos pasivos. El contribuyente. Exenciones subjetivas. La capacidad de obrar en el orden tributario. Representación. Residencia y domicilio fiscal.

6. Los responsables tributarios. La responsabilidad tributaria. Responsables solidarios y subsidiarios. Los sucesores. Retenedores y obligados a ingresar a cuenta. Otros obligados tributarios.

7. La aplicación de los tributos (I). Los procedimientos administrativos en materia tributaria: Fases. Obligación de resolución y plazos de resolución.

8. La aplicación de los tributos (II). La prueba. Notificaciones. La denuncia pública. Las liquidaciones tributarias. La consulta tributaria. El número de identificación fiscal. La gestión censal. La colaboración social en la aplicación de los tributos.

9. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (I). Funciones de gestión tributaria. Declaraciones. Autoliquidaciones. Comunicaciones de datos. Procedimiento de devolución iniciado mediante autoliquidación, solicitud o comunicación de datos. Procedimiento iniciado mediante declaración.

10. Actuaciones y procedimiento de gestión tributaria (II). Procedimiento de comprobación de valores. Procedimiento de verificación de datos. Procedimiento de comprobación limitada. Otros procedimientos de gestión tributaria.

11. La Recaudación (I). Características y régimen legal. Órganos de recaudación. Competencias y estructura organizativa. Facultades de la recaudación. El papel de las entidades financieras en la recaudación. Privilegios para el cobro de deudas tributarias. La Hacienda Pública y los procesos concursales.

12. La Recaudación (II). Extinción de las deudas. Pago. Prescripción. Insolvencias. Otras formas de extinción.

13. La Recaudación (III). Fórmulas especiales para arbitrar el pago. Aplazamientos y fraccionamientos. Garantías para el aplazamiento y el fraccionamiento. El procedimiento de compensación. La compensación de oficio de deudas de Entidades Públicas. El procedimiento de deducción.

14. La Recaudación (IV). La recaudación en período ejecutivo. El procedimiento de apremio: Concepto. Concurrencia de procedimientos. Suspensión. Embargo y enajenación de bienes y derechos. El procedimiento frente a responsables y sucesores. Las tercerías. Acciones civiles y penales.

15. La Inspección de los tributos (I). Funciones. Facultades. Deberes. Clases de actuaciones. Actuaciones de obtención de información con trascendencia tributaria. Actuaciones de valoración. Actuaciones de informe y asesoramiento. Actuaciones de comprobación e investigación. Otras actuaciones.

16. La Inspección de los tributos (II). Actuaciones y procedimiento de inspección: Iniciación y desarrollo. Objeto y alcance. Lugar y horario de las actuaciones inspectoras. Desarrollo del procedimiento: Plazo, medidas cautelares, alegaciones y trámite de audiencia. Disposiciones especiales: Aplicación del método de estimación indirecta y el informe preceptivo para la declaración del conflicto en la aplicación de la norma tributaria y otras establecidas reglamentariamente.

17. La Inspección de los tributos (III). Documentación de las actuaciones inspectoras. La terminación del procedimiento: Tramitación de actas, órganos competentes para la práctica de liquidaciones y clases de liquidaciones derivadas de actas de inspección. Otras formas de terminación.

18. La potestad sancionadora en materia tributaria (I). Principios. Los sujetos responsables de las infracciones y sanciones tributarias. Concepto y clases de infracciones y sanciones tributarias. Cuantificación de las sanciones. Extinción de la responsabilidad.

19. La potestad sancionadora en materia tributaria (II). El procedimiento para la imposición de sanciones tributarias. Derechos y garantías en el procedimiento sancionador. Órganos competentes para la imposición de sanciones. Procedimiento separado. Iniciación, instrucción, audiencia a los interesados, tramitación abreviada, plazo para resolver.

20. Delitos contra la Hacienda Pública. Descripción de los tipos penales de delitos contra la Hacienda Pública. La responsabilidad civil. El procedimiento inspector frente al delito contra la Hacienda Pública: Tramitación".

21. Revisión de actos en vía administrativa en materia tributaria. Normas comunes. Procedimientos especiales de revisión. El recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas: Ámbito de aplicación, organización y competencias.

22. Las reclamaciones económico-administrativas: Los interesados en el procedimiento. La suspensión. El procedimiento general: Procedimiento en única o primera instancia, recursos en vía económico-administrativa, procedimiento abreviado ante órganos unipersonales.

23. Las reclamaciones económico-administrativas de los tributos propios y demás ingresos de derecho público de la Comunidad Autónoma de Aragón: Normativa. La Junta de Reclamaciones Económico Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón, composición y funciones. Procedimiento Económico- Administrativo. Suspensión de la ejecución del acto impugnado en las Reclamaciones Económico Administrativas.

Subgrupo 3.2. Derecho Especial (I)

24. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I). Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al Impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la renta sometida a gravamen.

25. Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas (II). Determinación de la base imponible: Rendimientos del trabajo. Rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario. Rendimientos de actividades económicas. Ganancias y pérdidas patrimoniales.

26. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (III). Determinación de la base imponible: Reglas especiales de valoración. Clases de Renta. Integración y compensación de rentas. Base liquidable. Reducciones. Adecuación del Impuesto a las circunstancias personales y familiares del contribuyente. Reglas especiales de valoración. Cálculo de la cuota estatal.

27. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IV). Gravamen autonómico de la Comunidad Autónoma de Aragón. Cuota diferencial. Tributación familiar. Gestión del impuesto, declaraciones, pagos a cuenta.

28. Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Naturaleza y ámbito de aplicación. Entrega de bienes y prestaciones de servicios. Deslinde del IVA con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Operaciones no sujetas.

29. Impuesto sobre el Valor Añadido (IV). Devengo del impuesto. Base imponible: Regla general y especiales. Sujeto pasivo. Repercusión del impuesto y tipos impositivos.

30. Impuesto sobre el Valor Añadido (V). Deducciones: Requisitos y limitaciones del derecho a deducir. Régimen de deducción: Sectores de actividad diferenciada. Regla de prorrata. Regularización de deducciones. Deducciones anteriores al comienzo de las actividades empresariales o profesionales. Devoluciones.

31. Impuesto sobre el Valor Añadido (VI). Regímenes especiales. Gestión del Impuesto y obligaciones del sujeto pasivo.

Subgrupo 3.3. Derecho Especial (II)

32. La Cesión de tributos del Estado a las Comunidades Autónomas: Tributos cedidos. Alcance y condiciones de la cesión. Competencias normativas. Competencias en materia de gestión. Órganos de coordinación de la gestión tributaria.

33. El Impuesto sobre el Patrimonio (I). Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Base liquidable. Deuda tributaria.

34. El Impuesto sobre el Patrimonio (II). Exenciones. Requisitos y condiciones de las actividades empresariales y profesionales y de las participaciones en entidades para la exención Relación con otros tributos. Gestión y liquidación del impuesto.

35. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Comunidad Autónoma de Aragón (I). Naturaleza y contenido. Ámbito de aplicación territorial del impuesto. Operaciones Societarias: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria.

36. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Comunidad Autónoma de Aragón (II). Transmisiones Patrimoniales: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible, cuota tributaria y reglas especiales.

37. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Comunidad Autónoma de Aragón (III). Actos Jurídicos Documentados: Hecho imponible, sujeto pasivo, base imponible y cuota tributaria.

38. El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados en la Comunidad Autónoma de Aragón (IV). Disposiciones comunes: Beneficios fiscales, comprobación de valores, devengo y prescripción, obligaciones formales, gestión y liquidación del impuesto.

39. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón (I). Ámbito de aplicación del impuesto Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible. Base Liquidable. Deuda tributaria.

40. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón (II). Normas especiales: Usufructo y otras instituciones, principio de igualdad en la participación y excesos de adjudicación, repudiación y renuncia a la herencia, donaciones especiales, acumulación de donaciones.

41. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en la Comunidad Autónoma de Aragón (III). Especialidades tributarias derivadas del Código del Derecho Foral de Aragón. Obligaciones formales. Gestión y liquidación del Impuesto.

42. Los Impuestos Medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón (I): El Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de contaminantes a la atmósfera y el Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta y el Impuesto sobre la contaminación de las aguas: Hecho imponible. Obligados tributarios. Exenciones y supuestos de no sujeción. Base imponible. Tipos de gravamen. Cuota tributaria. Gestión y liquidación del impuesto.

43. Los Impuestos Medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón (II): El Impuesto Medioambiental sobre determinados usos y aprovechamientos de agua embalsada, el Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión y el Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable: Hecho imponible. Obligados tributarios. Exenciones y supuestos de no sujeción. Base imponible. Tipos de gravamen. Cuota tributaria. Gestión y liquidación del impuesto.

44. Los Impuestos Medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón (III): El Impuesto sobre el daño medioambiental causado por la emisión de contaminantes a la atmósfera, el Impuesto sobre el daño medioambiental causado por las grandes áreas de venta, el Impuesto Medioambiental sobre determinados usos y aprovechamientos de agua embalsada, el Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte de energía eléctrica de alta tensión y el Impuesto Medioambiental sobre las instalaciones de transporte por cable: Disposiciones comunes: Obligados tributarios, determinación de la base imponible, deducción por inversiones, período impositivo y devengo, órganos de gestión y de colaboración, censo de contribuyentes, autoliquidación y pagos fraccionados.

45. Los Impuestos Medioambientales en la Comunidad Autónoma de Aragón (IV): El Impuesto sobre contaminación de las aguas: Hecho imponible. Exenciones y bonificaciones. Devengo. Sujeto pasivo. Base imponible. Tarifas. Gestión y liquidación.

46. Las Tasas en la Comunidad Autónoma de Aragón: Normativa. Concepto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo y responsables. Exenciones y bonificaciones. Devengo y liquidación. Los precios públicos en la Comunidad Autónoma de Aragón: Normativa. Elementos sustantivos. Administración y cobro de los precios públicos.

Parte 2. Contabilidad y Matemáticas Financieras

1. Contabilidad:

Constitución, distribución de beneficios, aumento y reducción de capital, financiación, transformación, fusión, absorción, escisión y disolución de empresas individuales y sociedades.

El concurso.

Operaciones del ejercicio, regularización y formulación de estados contables en empresas comerciales, sin o con sucursales, ventas al contado, a crédito, a plazos, detalles, comercio en comisión y en participación entre nacionales y con el extranjero.

2. Matemáticas Financieras:

Capitalización simple y compuesta.

Rentas, préstamos y empréstitos.

Operaciones con valores.

3. Contabilidad superior:

Análisis patrimonial, económico y de los estados financieros.

Agregación y consolidación de estados financieros.

Contabilidad analítica y de gestión.