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RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se decide no someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de rehabilitación de la masía La Venta para vivienda de turismo rural, promovido por Purificación Mora Alandi. (Nº Expte. INAGA/500201/01B/2011/11076).

Publicado el 23/03/2012 (Nº 58)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

Tipo de procedimiento: estudio caso por caso para determinar si el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental (Ley 7/2006, de Protección Ambiental de Aragón, art. 24.2. Proyecto incluido en el anexo III, Grupo 9).

Promotor: Purificación Mora Alandi

Descripción básica del proyecto presentado:

Rehabilitación de una masía para vivienda de turismo rural. La casa tiene una superficie de 300 m2 repartidos en tres plantas, para una ocupación máxima de 12 personas.

El tratamiento de aguas residuales se realizará mediante depuradora compacta enterrada sin que se concrete el punto de vertido final.

El suministro eléctrico se realiza a través de energía solar mediante la instalación de placas solares y energía eólica mediante la instalación de una torre-hélice, situada en la parte trasera del edificio.

Los residuos generados en la actividad hostelera serán retirados a través de los servicios municipales.

Documentación presentada:

Memoria y planos descriptivos de la actuación: fecha de presentación: 19 de abril de 2010.

Documentación complementaria/Requerimientos: no

Proceso de consultas para la adopción de la resolución

Administraciones, Instituciones y personas consultadas:

Ayuntamiento de Cedrillas

Comarca Comunidad de Teruel.

Dirección General de Ordenación del Territorio.

Dirección General de Urbanismo.

Dirección General de Administración Local y Política Territorial.

Dirección General de Turismo.

Dirección General de Patrimonio Cultural.

Confederación Hidrográfica del Jucar.

Asociación naturalista de Aragón-ANSAR.

Sociedad Española de Ornitología (SEO/BIRDLIFE).

Ecologista en Acción-Otus.

Ecologista en Acción-Ecofontaneros.

Anunció en «Boletín Oficial de Aragón» nº 6, de 11 de enero de 2012, para identificar posibles afectados.

Respuestas recibidas:

Dirección General de Patrimonio Cultural, considera que el proyecto no debe someterse a evaluación de impacto ambiental, por lo que respecta al Patrimonio Cultural debiéndose notificar a la Dirección General de Patrimonio Cultural los posibles hallazgos que se produzcan durante las labores de explotación.

Ubicación del proyecto

Parcela 21 polígono 24 del término municipal de Cedrillas, provincia de Teruel, a 3,5 km aproximadamente del núcleo urbano. Coordenadas UTM: 30T ED50 682610/4475511.

Caracterización de la ubicación:

Aspectos generales

La edificación a rehabilitar se localiza en una parcela enclavada en terrenos agrícolas y pastizales degradados, se encuentra en las inmediaciones de la carretera de Cedrillas al El Castellar. La vegetación natural del entorno esta formada por pinares de pino silvestre, quercineas y sabinares intercalados por campos de cultivo y zonas de pasto.

Aspectos singulares

Ámbito definido en el Decreto 127/2006, de 9 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se establece un régimen de protección para el cangrejo de río común y se aprueba el Plan de Recuperación, sin afectar a ninguna población o zona de reintroducción.

Ámbito del PORN "Sierra de Gudar"

Potenciales impactos del proyecto y valoración.

Eliminación de la vegetación natural. Valoración: impacto bajo, la actuación se desarrolla sobre una edificación existente en entorno antropizado.

Aumento del consumo de recursos y generación de residuos. Valoración: impacto bajo, debido a la baja capacidad del hotel proyectado, al tratamiento depurador previsto y la gestión de los residuos.

Alteración del paisaje y cambio de uso. Valoración: impacto bajo, por su ubicación en una zona antropizada, rodeada de edificaciones aisladas e infraestructuras viarias.

Visto el expediente administrativo incoado, la propuesta formulada por el Área II del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, los criterios establecidos en el anexo IV de la Ley 7/2006, de Protección Ambiental de Aragón, para la valoración de la existencia de repercusiones significativas sobre el medio ambiente y el resultado de las consultas previas he resuelto:

No someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto de hotel en suelo no urbanizable, en el municipio de Cedrillas, promovido por Purificación Mora Alandi, por los siguientes motivos:

La reducida dimensión del proyecto así como el carácter puntual de los impactos.

La reducida utilización de recursos naturales.

El establecimiento de las siguientes medidas correctoras:

- En el caso de que se pretenda construir una línea eléctrica aérea, de tensión nominal superior a 1 Kv, el proyecto será remitido al INAGA para la emisión de informe acerca de su adecuación al Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y electrocución en líneas eléctricas de alta tensión.

- Los residuos generados durante las labores de construcción de las instalaciones serán recogidos y llevados a vertedero autorizado.

- Si durante el transcurso de las obras se localizara algún resto arqueológico o paleontológico de interés se comunicará a la Dirección General de Patrimonio Cultural.

Las medidas correctoras establecidas en esta resolución dan, igualmente, cumplimiento al trámite previsto en los artículos 36 y 37 de la Ley de Protección Ambiental sobre Evaluación Ambiental en zonas ambientalmente sensibles, debiendo figurar en la autorización administrativa que autorice el proyecto.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera interponerse.

De acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley, la presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 17 de febrero de 2012.