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RESOLUCIÓN de 16 de mayo de 2016, del Director General de Energía y Minas, por la que se autoriza y aprueba el proyecto de ejecución y su anexo de la instalación eléctrica "Subestación 132/20 kV PLATEA. Ampliación de una posición de línea 132 KV". Expediente número TE-AT-0002/16 de la provincia de Teruel.

Publicado el 28/06/2016 (Nº 123)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA Y EMPLEO

Texto completo:

Antecedentes de hecho

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel, a petición de Endesa Distribucción Eléctrica, S.L.U., con domicilio en c/ San Miguel 10, 50001 Zaragoza, solicitando la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución y su anexo de la instalación "Subestación 132/20 kV PLATEA. Ampliación de una posición de línea 132 kV" en el término municipal de Teruel, así como el expediente derivado de dicha solicitud.

Vista, la Orden de 27 de marzo de 2015, del Consejero de Economía y Empleo, por la que se da publicidad al "Acuerdo de 26 de marzo de 2015 del Gobierno de Aragón, por el que se declara como inversión de interés autonómico el proyecto "Ampliación de una planta de fabricación de llantas de aluminio para automóviles", desarrollado por la empresa Ronal Ibérica S.A.U".

Vistos, el informe favorable del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel de fecha 28 de marzo de 2016 en el que constan cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, el Real Decreto 337/2014 por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01-23 y el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01-09.

Vista la Nota Interna del Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel de fecha 11 de abril de 2016 relativa al anexo presentado al proyecto de ejecución.

Fundamentos de derecho

Considerando la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 337/2014, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01-23; el Real Decreto 223/2008, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01-09; el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión; el Decreto 34/2005 del Gobierno de Aragón, por el que se establecen las normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas aéreas con objeto de proteger la avifauna, el Real Decreto 1048/2013, de 27 de diciembre, por el que se establece la metodología para el cálculo de la retribución de la actividad de distribución de energía eléctrica; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y demás legislación concordante.

Considerando las competencias compartidas en materia de energía que el articulo 75.4 del vigente texto de Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a esta Comunidad Autónoma; y las funciones que conforme al Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y el Decreto 108/2015, de 7 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, me corresponden, resuelvo:

Primero.- Autorizar la instalación "Subestación 132/20 kV PLATEA. Ampliación de una posición de línea 132 KV" y aprobar el proyecto de ejecución y su anexo suscritos por D. David Gavín Asso y visados por Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja en fecha 23 de diciembre de 2015 con número VD03500-15A y en fecha 30 de marzo de 2016 con número VD00730-16A, cuyas características son las siguientes:

Titular: Endesa Distribucción Eléctrica, S.L.U.

Domicilio del titular: C/ San Miguel, 10, Zaragoza.

Ubicación de la instalación: Polígono Platea, parcelas 2, 2b y 3, referencia catastral 6213701XK5761S del término municipal de Teruel.

Tipo instalación:

Instalación de nueva extensión de red (articulo 21.1 del Real Decreto 1048/2013), cuyo expediente se ha tramitado con titularidad de la empresa distribuidora de energía eléctrica, siendo dicha instalación financiada al 100% por terceros solicitantes, en este caso la empresa Ronal Ibérica S.A.U.

Finalidad: Suministro a nueva fábrica Ronal Ibérica S.A.U.

Presupuesto: El presupuesto de la instalación proyectada asciende a 423.503,48 euros (proyecto y anexo incluidos).

Características técnicas:

Subestación 132/20 kV PLATEA. Ampliación de una posición de línea 132 kV. El alcance de la ampliación presenta la siguiente configuración:

- 1 posición de línea de 132 kV, que permita la entrada de la línea "RONAL". La nueva posición contará con los siguientes equipos:

- Dos seccionadores tripolares de barras, de 145 kV, 2000 A, 31,5 kA.

- Un interruptor tripolar automático 145 kV, 2000 A.

- Tres transformadores de intensidad, con una relación de transformación de 1000-2000/5-5-5-5A 10 VA cl 0.2 s, 20 VA cl 0.5, 30 VA cl 5P30, 30 VA cl. 5P30.

- Un seccionador tripolar de línea con p.a.t de 145 kV, 2000 A, 31.5 kA

- Tres transformadores de tensión, con una relación de transformación 132.000:√3 / 110:√3 - 110:√3 V 30 VA cl 0.5 y 3P, 30 VA cl. 0.5 y 3P.

- Tres pararrayos autoválvulas 120 kV, 10 kA, clase 3, con contador de descargas individual.

- Cuatro botellas terminales 145 kV.

- Tendido y conexionado del cable 132 kV y cable de comunicaciones en el interior de la subestación.

Sistema de control y protecciones. El sistema de control y protecciones se ampliará desde la configuración existente para incluir la nueva posición en el nivel de 132 kV.

Sistema de servicios auxiliares. Los servicios auxiliares actuales de la subestación se ampliarán y modificarán para la alimentación de las siguientes cargas:

- Nueva posición de alta tensión a instalar.

La instalación no podrá ser utilizada para otros usos distintos de los que constan en el objeto del proyecto y el anexo al mismo, salvo solicitud previa y autorización expresa. La aprobación del proyecto y del anexo al proyecto se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y con las condiciones especiales siguientes:

1.º El titular de las citadas instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras al Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel a efectos del reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha, remitiendo el certificado de dirección de obra firmado por técnico competente y visado por el Colegio Oficial que corresponda.

2.º El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir del día siguiente al de notificación al titular de la presente resolución.

3.º Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y el anexo presentado con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

4.º El Servicio Provincial de Industria e Innovación de Teruel comprobará potestativamente mediante inspección en el ámbito de sus competencias, si durante el periodo de ejecución del proyecto, y después en el de explotación, se cumplen las condiciones dispuestas en los Reglamentos que rigen los servicios de electricidad. Para ello, el titular de las instalaciones dará cuenta por escrito del comienzo de los trabajos de construcción.

5.º La Administración revocará la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones y requisitos impuestos, previa audiencia del interesado, en consonancia con la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector eléctrico, artículo 53.10, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.

6.º Se efectuarán las inspecciones periódicas reglamentariamente previstas en el Real Decreto 337/2014, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01-23, así como en el artículo 163 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y demás legislación vigente.

Esta autorización no releva la necesidad de obtener cualquier otra prevista en la legislación vigente.

Segundo.- La presente resolución se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón".

Contra la presente resolución que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Economía, Industria y Empleo, en el plazo de un mes contado desde su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Zaragoza, 16 de mayo de 2016.- El Director General de Energía y Minas, Alfonso Gómez Gámez.