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EXTRACTO de la Orden PRI/399/2022, de 24 de marzo, por la que se regula la convocatoria de subvenciones con destino a las agrupaciones de voluntarios de protección civil para el año 2022.

Publicado el 07/04/2022 (Nº 68)
Sección: V. Anuncios - b) Otros anuncios
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

Texto completo:

BDNS (Identif.): 616631

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/616631).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que se establecen en esta Orden las agrupaciones de voluntarios de protección civil que lo soliciten en tiempo y forma, y se encuentren integradas en la Red de agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón o en proceso de solicitud de integración en la misma.

No podrán obtener la condición de beneficiario quienes no se hallen al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón como con la del Estado, y con la Seguridad Social. Para la acreditación de dichos requisitos, la presentación de la solicitud para la concesión de la subvención por parte de la agrupación beneficiaria conllevará la autorización al órgano gestor para recabar tanto los certificados a emitir por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social como por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Segundo.- Objeto.

La presente Orden tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2022, de las subvenciones con destino a las agrupaciones de voluntarios de protección civil que estén inscritas en Registro de agrupaciones de voluntarios de protección civil de Aragón. La concesión de las subvenciones que se regulan en la presente Orden se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en la Orden PRI/1634/2019, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de protección civil inscritas en la Red de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 244, de 17 de diciembre de 2019), la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el Reglamento de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Serán subvencionables las siguientes actuaciones:

Gastos de formación de los voluntarios.

Gastos corrientes de funcionamiento y mantenimiento de la sede.

Gastos corrientes de funcionamiento de la agrupación.

Gastos de material necesarios para el funcionamiento de la agrupación.

Gastos de herramientas especiales necesarias como apoyo logístico a los distintos cuerpos de intervención.

Cualesquiera otros gastos que guarden relación con las actividades, fines y objetivos que tienen encomendados.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden PRI/1634/2019, de 2 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las agrupaciones de voluntarios de protección civil inscritas en la Red de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 244, de 17 de diciembre de 2019).

Cuarto.- Cuantía.

La cuantía disponible para la financiación de las subvenciones previstas en esta convocatoria asciende a un importe máximo de doscientos noventa mil euros (290.000 €) con la siguiente distribución: doscientos mil euros (200.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 10080 G/1213/480008/91002 y noventa mil euros (90.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 10080 G/1213/780003/91002 del presupuesto del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales para el ejercicio 2022.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes finalizará transcurrido un mes desde el día siguiente a la fecha de publicación de la presente Orden de convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón".

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Interior y Protección Civil presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/subvencion-agrupaciones-voluntariosproteccion-civil o incluyendo en el buscador del trámite el procedimiento 1845.

La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras de esta Orden de convocatoria de subvenciones.

Zaragoza, 24 de marzo de 2022.- La Consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales, María Teresa Pérez Esteban.