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CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 27 de julio de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se aprueba la denominación específica "Baix Matarranya" para el Instituto de Educación Secundaria denominado actualmente "de Maella".

Publicado el 27/09/2018 (Nº 188)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Advertido error material en el texto de la Resolución de 27 de julio de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se aprueba la denominación específica "Baix Matarranya" para el Instituto de Educación Secundaria denominado actualmente "de Maella" (Zaragoza), publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", número 156, de 13 de agosto de 2018, se procede a su rectificación en los siguientes términos:

En la página 26780, donde dice:

"A propuesta del Consejo Escolar del Instituto de Educación Secundaria denominado actualmente "de Maella", con domicilio en la calle Zaragoza, número 50, del municipio de Cella, en la provincia de Zaragoza, y código de centro 50011665, de acuerdo con extracto del acta del Consejo Escolar ordinario celebrado el 10 de mayo de 2018, y visto el certificado del Alcalde y el Secretario del Ayuntamiento de Maella".

Debe decir:

"A propuesta del Consejo Escolar del Instituto de Educación Secundaria denominado actualmente "de Maella", con domicilio en la calle Zaragoza, número 50, del municipio de Maella, en la provincia de Zaragoza, y código de centro 50011665, de acuerdo con extracto del acta del Consejo Escolar ordinario celebrado el 10 de mayo de 2018, y visto el certificado del Alcalde y el Secretario del Ayuntamiento de Maella".

Y donde dice:

" Cumplidos los trámites establecidos en el artículo 4.º del Real Decreto 82/1986, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, y conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de junio, reguladora del Derecho a la Educación, y el artículo 111 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en los demás preceptos legales que resultan de aplicación a la materia".

Debe decir:

" Cumplidos los trámites establecidos en el artículo 3.º del Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, y conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de junio, reguladora del Derecho a la Educación, y el artículo 111 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como en los demás preceptos legales que resultan de aplicación a la materia".