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RESOLUCIÓN de 30 septiembre de 2021, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, por la que se modifica puntualmente la Resolución de 28 de noviembre de 2008, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga Autorización Ambiental Integrada para el cambio de orientación productiva y la ampliación de la explotación porcina existente de tipo mixto, para transformarla en una explotación porcina para producción con capacidad ampliada hasta 2.300 cerdas con lechones hasta 6 kg. y 384 plazas de reposición, a situar en el polígono 33, parcelas 26, 27, 28 y 29 del término municipal Lécera (Zaragoza), y promovida por la sociedad Urieta Lázaro, SL. (Número de Expediente INAGA 500202/02/2021/07807).

Publicado el 13/12/2021 (Nº 251)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y MEDIO AMBIENTE

Texto completo:

El 5 de agosto de 2021, la sociedad Urieta Lázaro, SL, con C.I.F: B-50.904.788, y domicilio a efecto de notificaciones en calle Pina, número 26, de Lécera (Zaragoza), presenta en el registro del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental la solicitud de modificación puntual de la Autorización Ambiental Integrada de su explotación para incluir la instalación de un silo de pienso, un grupo electrógeno, la ampliación del cuarto de calderas y la instalación de 243 placas solares. (Expte.INAGA 500202/02/2021/07807).

Mediante Resolución de 28 de noviembre de 2008, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se formula declaración de impacto ambiental y se otorga Autorización Ambiental Integrada para el cambio de orientación productiva y la ampliación de la explotación porcina existente de tipo mixto, para transformarla en una explotación porcina para producción con capacidad para 1.692 cerdas reproductoras con lechones hasta 20 kg. y 572 cerdas de reposición, a situar en el polígono 33, parcelas 26, 27, 28 y 29 del término municipal Lécera (Zaragoza), y promovida por la sociedad Urieta Lázaro, SL (Número de Expediente INAGA500301/02/2007/10501).

Mediante Resolución de 10 de agosto de 2012, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba la modificación no sustancial de dicha Autorización Ambiental Integrada por aumento de capacidad y modificación de las instalaciones iniciales. (Expte. INAGA500301/02/2012/7213).

Mediante Resolución de 4 de marzo de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se modifica puntualmente la Resolución de 28 de noviembre de 2008, incorporando los cambios reflejados en la anterior modificación no sustancial, por cambio en la orientación productiva y en la capacidad final de la explotación, alcanzando 2.300 cerdas con lechones hasta 6 kg. y 384 plazas de reposición, incluyendo también la construcción de nuevas instalaciones en sustitución a las autorizadas inicialmente. (Número de Expediente INAGA 500601/02/2012/09533).

Con fecha de 13 de diciembre de 2013, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se actualiza la Autorización Ambiental Integrada, de acuerdo a la Ley 5/2013, de 11 de junio, por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación. (Expte. INAGA 500601/02/2013/10522).

Mediante Resolución de 20 de septiembre de 2017, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, se aprueba dos modificaciones puntuales de la Autorización Ambiental Integrada para la incorporación de un sistema de recogida de los cadáveres producidos en la explotación y la sustitución de la caldera de gasoil por una caldera de biomasa (Número de Expediente INAGA 500202/02/2017/01715 y Número de Expediente INAGA 500202/02/2017/06399).

La modificación puntual propuesta consiste en la instalación de 243 placas solares de 395 W cada una en la cubierta de la nave de gestación confirmada y un grupo electrógeno de emergencia de 160 kVA. Además, se contempla la ampliación del cuarto de calderas y la instalación de un silo de pienso adicional.

Considerando los criterios del artículo 14.1 del Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, la modificación propuesta se considera no sustancial. Sin embargo, procede recoger estos cambios en la Autorización Ambiental Integrada, modificando puntualmente la resolución, todo ello de acuerdo al artículo 64 de la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación; la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental; la Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón; el Decreto 94/2009, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la revisión de las Directrices sectoriales sobre actividades e instalaciones ganaderas; el Decreto 53/2019, de 28 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la gestión de estiércoles y los procedimientos de acreditación y control; el Real Decreto 306/2020, de 11 de febrero, por el que se establecen normas básicas de ordenación de las granjas porcinas intensivas, y se modifica la normativa básica de ordenación de las explotaciones de ganado porcino extensivo; el Real Decreto 1135/2002, de 31 de octubre, relativo a las normas mínimas para la protección de los cerdos; la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental; Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y demás disposiciones de general aplicación, se resuelve:

Modificar puntualmente la Resolución de 28 de noviembre de 2008, por la que se formula declaración de impacto ambiental y se otorga Autorización Ambiental Integrada para el cambio de orientación productiva y la ampliación de la explotación porcina existente de tipo mixto, para transformarla en una explotación porcina para producción con capacidad ampliada hasta 2.300 cerdas con lechones hasta 6 kg. y 384 plazas de reposición, a situar en el polígono 33, parcelas 26, 27, 28 y 29 del término municipal Lécera (Zaragoza), en los siguientes puntos, dejando inalterado el resto:

El punto 2.4. de la resolución quedará sustituido por:

"2.4. La explotación cuenta con un sistema de autoconsumo fotovoltaico de 93 kW conectado a red sin acumulación de energía. Los paneles fotovoltaicos se ubican en la cubierta de la nave principal, próxima a la ubicación del cuadro general de red interior.

Se dispone un grupo electrógeno de emergencia de 160 kVA en el pasillo existente entre la nave de cubrición-control y la nave de gestación confirmada".

Sin perjuicio de los criterios establecidos en esta Resolución, la modificación propuesta estará supeditada a cualquier otra intervención administrativa necesaria previa al inicio de la actividad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 112 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 10/2013, de 19 de diciembre, del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, podrá interponerse recurso de alzada, en el plazo de un mes, ante el Sr. Presidente del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, sin perjuicio de cualquier otro recurso que, en su caso, pudiera interponerse.

Zaragoza, 30 de septiembre de 2021.

El Director del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental, JESÚS LOBERA MARIEL