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ORDEN PRE/1975/2016, de 23 de diciembre, por la que se dispone la publicación de la adenda al convenio de colaboración firmado el 27 de julio de 2016 entre el Gobierno de Aragón y el Ayuntamiento de Monzón, en materia de Educación Infantil de primer ciclo.

Publicado el 17/01/2017 (Nº 10)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE PRESIDENCIA

Texto completo:

Inscrita en el Registro General de Convenios con el núm. 2016/6/0570 la adenda suscrita, con fecha 23 de noviembre de 2016, por la Consejera de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón y el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Monzón, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 1/2011, de 10 de febrero, de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón y 13 del Decreto 57/2012, de 7 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Comunidad Autónoma de Aragón, he resuelto

Ordenar la publicación la citada adenda, que figura como anexo de esta orden, en el "Boletín Oficial de Aragón".

Zaragoza, 23 de diciembre de 2016.

El Consejero de Presidencia, VICENTE GUILLÉN IZQUIERDO

ADENDA AL CONVENIO DE COLABORACIÓN FIRMADO EL 27 DE JULIO DE 2016 ENTRE EL GOBIERNO DE ARAGÓN Y EL AYUNTAMIENTO DE MONZÓN, EN MATERIA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO

En Zaragoza, a 23 de noviembre de 2016.

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera de Educación, Cultura y Deporte, en representación del Gobierno de Aragón, de conformidad con el acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 22 de noviembre de 2016.

Y de otra, el Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Ateca.

EXPONEN

Que con fecha 27 de julio de 2016, el Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Ayuntamiento de Monzón firmaron un convenio en virtud del cual se estableció la participación de la administración educativa autonómica en la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de Monzón.

El citado convenio establece que el Gobierno de Aragón aporta la cantidad de 93.500 € para la financiación de 6 unidades en funcionamiento de enero a diciembre de 2016.

Con fecha 7 de septiembre de 2016, el Ayuntamiento de Monzón comunica al Departamento de Educación, Cultura y Deporte, que durante 2016 ha debido proceder a la contratación de un técnico auxiliar para poder atender las necesidades especiales de atención de una de las alumnas. Por ello, el ayuntamiento solicita la regularización del convenio para fijar la cuantía que le corresponde a las unidades descritas.

El personal mínimo necesario para atender a los alumnos escolarizados en la escuela de Educación Infantil de primer ciclo de Monzón debe incrementarse, añadiendo al personal correspondiente en función del número de unidades en funcionamiento, un técnico auxiliar de Educación Especial adicional durante el periodo comprendido entre enero y septiembre de 2016, periodo en el que ha estado escolarizada una alumna con grado de discapacidad reconocido del 65%, según dictamen técnico emitido por el Equipo de Valoración y Orientación del Centro Base de Huesca. Por tanto, la cantidad que le corresponde aportar al Gobierno de Aragón para su financiación durante todo el año asciende a 110.375 €. El convenio de 27 de julio de 2016 estableció la cuantía de 93.500 €, por tanto, para ajustar la participación de la administración educativa a la configuración actual de la escuela, el Gobierno de Aragón debe aportar la diferencia, que asciende a 16.875 €.

En consecuencia, para adecuar la participación de la administración educativa a la configuración actual de las unidades en funcionamiento de la escuela infantil de primer ciclo de Monzón, se suscribe la presente adenda al convenio de 27 de julio de 2016 que habrá de regirse por las siguientes

Primera.- La finalidad de la presente adenda es ampliar la aportación de la administración educativa de 93.500 € fijada en el convenio de 27 de julio de 2016 para la financiación de la escuela infantil de primer ciclo de Monzón, de forma que se ajuste a las necesidades reales de personal, debido a la necesidad de contar con un técnico auxiliar de Educación Especial, de atención a una alumna con necesidades educativas especiales, que debe computarse junto con el resto de personal mínimo necesario correspondiente al número de unidades en funcionamiento

Segunda.- Mediante la presente adenda, se establece la participación de la administración educativa autonómica en la financiación del personal mínimo necesario de la escuela de Educación Infantil de primer ciclo del Ayuntamiento de Monzón, de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 25 de agosto de 2005, del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005), y con el informe de la Unidad de Programas de Huesca, en relación con la valoración realizada por el Equipo de Valoración y Orientación del Centro Base de Huesca, que determina el requerimiento de apoyo de un técnico auxiliar de Educación Especia.

Tercera.- El Gobierno de Aragón aportará la cantidad de 16.875 € con cargo a la aplicación 18030G/4221/460022/91002 del Presupuesto del Departamento de Educación, Cultura y Deporte. Esta cantidad se corresponde con la aportación del Gobierno de Aragón para la financiación de la escuela infantil de un técnico auxiliar de Educación Especial para una unidad adicional a la establecida en el convenio de 27 de julio de 2016 durante el periodo comprendido entre enero y septiembre, dentro de un coste total de la actividad subvencionada en base a las tablas salariales del Gobierno de Aragón para un técnico auxiliar de Educación Especial de 19.610,06 €. Por tanto, y únicamente para esta unidad, el porcentaje de financiación sobre el coste de la actividad subvencionada es del 86,05%.

Cuarta.- El ayuntamiento remitirá, durante el periodo de vigencia del convenio, certificación relativa a la configuración definitiva de la escuela de Educación Infantil, incluyendo el listado de alumnos, así como su distribución por edades, cumpliendo las ratios por aula establecidas por Orden de 25 de agosto de 2005, del entonces Departamento de Educación, Cultura y Deporte ("Boletín Oficial de Aragón", número 106, de 5 de septiembre de 2005), por la que se establecen los requisitos mínimos e instrucciones técnicas de los centros que impartan el primer ciclo de la Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quinta.- Se mantienen todos los términos y plazos establecidos en el convenio de 27 de julio de 2016 que no hayan sido modificados en esta adenda, en especial lo relativo a los pagos y a los plazos de presentación de la documentación justificativa.

Y en prueba de conformidad, ambas partes firman y rubrican la presente adenda al convenio a que se refiere la cláusula primera, que se entiende formando parte de tal convenio a todos los efectos.