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RESOLUCIÓN del 8 de febrero de 2016, de la Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica, por la que se realiza la II Convocatoria de ayudas para el desarrollo del Programa de Doctorados Industriales/Empresariales para el año 2016 de la Universidad de Zaragoza.

Publicado el 15/03/2016 (Nº 51)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

Texto completo:

La Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica, en el ejercicio de sus competencias, hace pública la presente convocatoria de ayudas del Programa de Doctorados Industriales/Empresariales, en el marco de la Ley 14/2011, de 1 de junio de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Este programa está financiado por la Universidad de Zaragoza y el Departamento de Industria e Innovación del Gobierno de Aragón.

Introducción

El papel de las universidades es fundamental para conseguir el cambio del modelo económico hacía una economía sostenible basada en el conocimiento. Las universidades son conscientes de la situación económica y social en la que se encuentran; la situación de desempleo y de falta de crecimiento en el país, ha hecho que el gobierno haya lanzado una serie de medidas para la recuperación, entre ellas de apoyo a la innovación para un mejor aprovechamiento del conocimiento científico y el desarrollo tecnológico, para conseguir una mayor inversión privada en I+D+I, un mayor número de empresas basadas en conocimiento y un mayor número de empleos en media y alta tecnología. Dentro de este objetivo común, la Universidad de Zaragoza se plantea como reto crear sistemas de investigación e innovación que favorezcan un desarrollo más sostenible, de forma que el progreso de las sociedades esté directamente relacionado con la investigación y la innovación, creando una nueva economía basada en el conocimiento.

La Universidad de Zaragoza realiza una importante labor en colaboración con las empresas en materia de investigación, desarrollo e innovación, como una fuerte transferencia del conocimiento y de las tecnologías hacia la sociedad, en general, y hacia el entorno empresarial, en particular, contribuyendo con ello al desarrollo económico y social de nuestra sociedad.

La universidad y la empresa necesitan colaborar especialmente ante la incertidumbre socioeconómica y la menor financiación pública, de esta forma los beneficios para la universidad se centrarán en la creación de equipos multidisciplinares, la mejora de la empleabilidad de los titulados y el aumento de la producción científica, patentes y licencias, así como la creación de empresas de base tecnológica. Por otra parte, los beneficios para las empresas se centrarán en un acceso al capital humano altamente cualificado, la mejora de la imagen pública y la reducción de los gastos directos en investigación, aplicando sus posibilidades económicas directamente a la obtención de productos puestos en el mercado.

Uno de los mecanismos para fomentar la transferencia de conocimiento, al tiempo que se genera empleo de calidad, es la captación y formación por la empresa de personal altamente cualificado y capacitado en tareas de investigación y desarrollo tecnológico. Fruto de esta certeza se vienen promoviendo, desde hace años en Europa, los llamados Doctorados Industriales/Empresariales, para desarrollar actividades de I+D entre la universidad y la empresa, teniendo como objetivo principal la formación integral de un doctor que desarrollará su actividad profesional en la empresa.

La Universidad de Zaragoza, además, está desarrollando su proyecto INNOCAMPUS, obtenido por ser Campus de Excelencia Internacional, que ha permitido la creación del Centro Mixto de Investigación con empresas (CEMINEN), siendo uno de sus objetivos, precisamente, la puesta en marcha de Doctorados Industriales/Empresariales.

Por todo ello, la Universidad de Zaragoza lanza su Programa de Doctorados Industriales/Empresariales, colaborando, mediante una apuesta decidida, a fomentar la contratación y formación de personal de la empresa que obtenga una alta cualificación y que desarrollará su actividad investigadora, con un objetivo aplicado a la transferencia y la innovación del conocimiento en líneas prioritarias para la empresa.

1. Objeto y número de ayudas

El objeto de esta convocatoria es la formación de doctores de la Universidad de Zaragoza en líneas de I+D+I de interés para la empresa, mediante la concesión de un máximo de 4 ayudas para el desarrollo de proyectos de innovación tecnológica, ligados a los sectores de actividad empresarial, y abierto a todas las áreas de conocimiento.

El doctorando se incorporará al proyecto de investigación que se desarrolle entre la Universidad de Zaragoza y la empresa, mediante su vinculación a un grupo, departamento o instituto universitario de investigación, donde realizará su tesis doctoral y recibirá la especial mención de "Doctorado Industrial/Empresarial".

El doctorando será considerado personal vinculado, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 29 de abril de 2013, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se aprueba el Reglamento de Estancias Breves de Investigación y de Investigadores Externos Vinculados a la Universidad de Zaragoza.

El gasto que supone las ayudas concedidas se imputará a los fondos que el Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica tiene consignados en los Presupuestos de la Universidad de Zaragoza.

La ayuda consistirá en una asignación económica de 20.000 €, destinada a la ejecución del citado proyecto de innovación tecnológica en el que el director de tesis, o uno de los codirectores en su caso, actuará como investigador principal. Dicha cantidad, que cubrirá toda la duración del proyecto asociado a la solicitud, se distribuirá de la manera siguiente:

- La cantidad necesaria para cubrir los gastos de matriculación en el programa de doctorado.

- Una cantidad máxima de 5.000 € asignada específicamente a sufragar gastos de movilidad del doctorando, con objeto de su asistencia a seminarios y congresos relacionados con el proyecto, así como estancias en otras empresas, universidades o centros de investigación.

- La cantidad restante se destinará, a criterio del investigador principal, a sufragar los gastos derivados del desarrollo del proyecto de I+D+I asociado a la realización de dicha tesis. Salvo gastos salariales asociados a personal de plantilla, serán elegibles el resto de gastos contemplados en el Manual de Gestión de Investigación de la Universidad de Zaragoza.

La presente ayuda no devengará gastos indirectos para la Universidad de Zaragoza.

La ayuda se hará efectiva en tres anualidades, contadas desde la fecha de resolución de la convocatoria:

- Primera anualidad: 10.000 € (50% del total)

- Segunda y tercera anualidad: 5.000 € (25% del total)

En todo caso, la concesión de las ayudas está sujeta a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Universidad de Zaragoza.

Las ayudas que se concedan al amparo de la presente convocatoria solamente se podrán referir a los programas de doctorado acogidos al Real Decreto 99/2011, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

2. Requisitos de los solicitantes

Dado que la convocatoria es para la ejecución de proyectos de innovación tecnológica para la realización del doctorado por un trabajador de una empresa, podrán ser solicitantes tanto el doctorando, como la empresa que promueve en su seno la actuación. Para concurrir a la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:

1.1. Respecto a la empresa:

En la presente convocatoria las empresas públicas o privadas, con actividad claramente innovadora e independientemente de su tamaño y forma jurídica, con al menos un centro de trabajo dado de alta en Aragón podrán ser beneficiarias, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener actividad innovadora suficiente para justificar el desarrollo de un proyecto de I+D+I con un Grupo, Departamento o Instituto de la Universidad de Zaragoza. Dicho proyecto se plasmará en un convenio de I+D+I, con una duración de, al menos, tres años, a partir, en su caso, de la concesión de la ayuda. El investigador responsable de dicho proyecto por la Universidad de Zaragoza deberá ser el director o codirector de la tesis asociada.

Ningún director o codirector podrá figurar como tal en más de una ayuda en esta convocatoria.

b) El doctorando deberá ser titular de contrato laboral a tiempo completo en la empresa, en la fecha de presentación de la solicitud. Este contrato tendrá como mínimo la duración de tres años, desde la fecha de concesión de la ayuda, que coincidirá con el inicio del proyecto. Excepcionalmente podrá admitirse la presentación de un candidato que no cumpla el requisito anterior de contrato laboral en vigor, pero en todo caso habrá de ser contratado en el plazo de 15 días desde la comunicación de concesión, lo cual condicionará la fecha de inicio del proyecto.

c) La dedicación del doctorando al proyecto de I+D+I se deberá distribuir entre la empresa y la universidad, de modo tal que sea factible la finalización del doctorado en el plazo previsto. Esta circunstancia quedará reflejada en el convenio de vinculación que se suscriba.

d) La empresa garantizará unas condiciones retributivas anuales equivalentes, al menos, a las de un investigador novel, según Acuerdo de 24 de junio de 2013, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Zaragoza, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de la Universidad de Zaragoza sobre contratación de personal investigador. Asimismo, correrá con los gastos correspondientes a las cotizaciones sociales que correspondan.

e) La empresa deberá estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

1.2. Respecto al doctorando:

Con carácter general, podrán ser beneficiarios de las ayudas los titulados universitarios que, en la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes, estén admitidos en un programa de doctorado de la Universidad de Zaragoza. No obstante lo anterior, será aceptada la solicitud de participación en la convocatoria de aquellas personas que esperen obtener acceso a un programa de doctorado. En tal caso, y si la resolución fuera favorable, los beneficiarios de las ayudas deberán acreditar, con carácter previo a la formalización de la ayuda, su matrícula en un programa de doctorado de la Universidad de Zaragoza.

Si el doctorando ya estuviera matriculado y desarrollando su doctorado en la fecha de publicación de la presente convocatoria, y se cumplieran las restantes condiciones relativas tanto a la empresa como al doctorando, podrá presentar la correspondiente solicitud. En su caso, la resolución aprobatoria indicaría las circunstancias de la concesión, siendo la duración de la ayuda proporcional al tiempo restante hasta la lectura de tesis.

3. Duración

La fecha de comienzo de disfrute de la ayuda vendrá fijada en la correspondiente resolución de concesión. La duración máxima será de tres años.

Sin perjuicio de lo referido en el apartado 2.1.b), las situaciones de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, adopción o acogimiento, riesgo durante la lactancia y paternidad del doctorando/a, serán motivo suficiente para ampliar el periodo de la ayuda en la misma duración y en tanto permanezca vigente su contrato laboral.

La lectura de la tesis por el doctorando supondrá la finalización de la ayuda y del correspondiente proyecto de innovación tecnológica señalado en el apartado primero.

4. Derechos de los beneficiarios de ayudas del Programa de Doctorado Industrial/Empresarial de la Universidad de Zaragoza

1.1. Del doctorando:

a) Obtener de la Universidad de Zaragoza la colaboración y apoyo necesario para el desarrollo normal de sus estudios y programas de I+D+I, de acuerdo con las disponibilidades de ésta.

b) Recibir una compensación económica equivalente al importe de los precios públicos por matrícula en el programa de doctorado, de acuerdo con lo especificado en el apartado 1 de esta convocatoria.

c) Ser incluido como personal colaborador en el proyecto referido en el apartado 1 de la presente convocatoria, y vinculado a la Universidad de Zaragoza, de acuerdo con lo establecido en el Acuerdo de 29 de abril de 2013.

1.2. De la empresa:

a) Definir, junto con la Universidad, el proyecto de I+D+I aludido en el apartado 1 y que será la base de la posterior tesis doctoral.

b) Beneficiarse de los derechos de transferencia y propiedad y, en los términos planteados en el convenio que regule el proyecto de I+D+I referido en el apartado 1, del conocimiento, tecnologías o productos que se obtengan en su desarrollo.

c) Ser identificada y reconocida como empresa colaboradora en el Programa de Doctorado Industrial/Empresarial de la Universidad de Zaragoza.

5. Obligaciones de los beneficiarios de ayudas del Programa de Doctorado Industrial/Empresarial de la Universidad de Zaragoza

1.1. Del doctorando:

Adicionalmente al cumplimiento de las obligaciones propias acordadas con la empresa en el ámbito de su contrato laboral, el doctorando, a lo largo de su estancia en la universidad, deberá:

a) Aprovechar la formación durante la realización de la tesis, así como participar en el proyecto en el que se encuentra incorporado.

b) Respetar las normas propias de funcionamiento de la Universidad de Zaragoza. Cumplir, asimismo, las condiciones establecidas en el convenio de vinculación que se suscriba.

c) Realizar los informes y demás documentos que, en relación con el disfrute de la ayuda, le sean solicitados por su director de tesis o por la el Vicerrectorado con competencias en Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, así como los preceptivos informes que sean requeridos por la Escuela de Doctorado.

d) Hacer mención expresa al presente programa de ayudas de la Universidad de Zaragoza en todas las publicaciones y otros resultados que puedan derivarse de las actividades e investigación realizadas durante el periodo de disfrute de la ayuda. En el caso de cofinanciación de las ayudas por un organismo externo a la Universidad de Zaragoza, deberá darse publicidad, asimismo, a esta circunstancia.

e) Presentar, en el plazo máximo de un mes a partir de la fecha de finalización de la ayuda o de baja voluntaria en el Programa, una memoria con una extensión aproximada de 3.000 palabras que exponga los resultados obtenidos, con especial énfasis en los objetivos logrados relativos al proceso de formación, así como las publicaciones, comunicaciones a congresos o patentes/licencias a las que haya dado lugar la ejecución del proyecto. Esta memoria deberá acompañarse de un informe del Director de la Tesis y un informe de la empresa colaboradora, valorando el desarrollo de los trabajos y de los resultados obtenidos.

f) Comunicar, en el plazo más breve posible, al director de tesis cualquier circunstancia que pueda alterar o modificar las condiciones previstas en el desarrollo de la ayuda.

1.2. De la empresa:

a) Mantener, respecto al doctorando, las condiciones laborales bajo las que se concedió la ayuda.

b) Posibilitar al doctorando una dedicación horaria o turno que permita el cumplimiento del Programa de Doctorado.

c) Comunicar formalmente al Vicerrectorado con competencias en Transferencia e Innovación Tecnológica cualquier circunstancia que pueda modificar o alterar las condiciones previstas en el desarrollo de la ayuda.

6. Régimen de incompatibilidades

La percepción de una ayuda al amparo de esta convocatoria es, para el doctorando, incompatible con la percepción de cualquier sueldo, salario o complemento salarial distintos de los aportados por la empresa con la que tiene establecida la relación laboral base de la solicitud presentada.

7. Presentación y plazo

Las solicitudes, dirigidas a la Vicerrectora de Transferencia e Innovación Tecnológica de la Universidad de Zaragoza, serán presentadas en el Registro General de la Universidad, directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el Artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón", y permanecerá abierto hasta el día 14 de junio de 2016, llevándose a cabo dos resoluciones:

- una primera resolución con las solicitudes válidamente presentadas hasta el 14 de marzo de 2016. En caso de que la consignación presupuestaria se agotara en la primera resolución, tal circunstancia se anunciaría en el tablón de anuncios de la Universidad de Zaragoza y en la página web de OTRI de la Universidad de Zaragoza.

- Una segunda resolución a partir de la finalización del plazo establecido, siempre que la asignación presupuestaria no haya sido agotada en la primera resolución.

La presentación de las solicitudes supone la aceptación de las normas establecidas en la convocatoria. Asimismo, los firmantes se responsabilizan de la veracidad de los datos declarados.

8. Solicitudes y documentación

La presentación de la solicitud supone, por parte de los solicitantes, la plena aceptación de estas bases. La solicitud consta de dos partes:

- Formularios normalizados de solicitud, que se podrán descargar en la dirección electrónica: http://unizar.es/otri/dif/noticia.jsp?id_noticia=128.

- Documentación anexa.

a) El formulario normalizado consta de dos hojas de datos básicos:

- Datos identificativos relativos al proyecto, empresa, doctorando y grupo de investigación, instituto o centro de aplicación.

- También se deberán hacer constar, en el espacio reservado al efecto, las actividades de I+D+I llevadas a cabo por la empresa en los últimos cinco años, sea con financiación propia o ayudas externas. Se especificarán, si las hubiere, las ayudas para realización de actividades de I+D+I recibidas o solicitadas por la empresa y procedentes de cualquier administración o entidad pública o privada, nacional o internacional, con especificación de la cuantía, la fecha de otorgamiento y el ente otorgante.

A efectos de notificación y contacto la persona responsable de la solicitud será el representante de la empresa que figure en la solicitud presentada.

b) Dichos formularios se deberán acompañar de la siguiente documentación:

Del doctorando:

- Fotocopia del DNI del doctorando o, en su caso, NIE para los solicitantes extranjeros.

- Curriculum Vitae del doctorando.

- Fotocopia del documento de admisión al doctorado, de la matrícula de doctorado o, en su caso y de acuerdo el apartado 2.2., de la preinscripción.

- Memoria del proyecto de tesis, con una extensión aproximada de tres mil palabras.

De la empresa:

- Certificado, relativo a la empresa, de estar al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social.

- Acreditación de la capacidad legal del Representante.

- Fotocopia del contrato laboral entre el doctorando y la empresa o, en su defecto, compromiso de la empresa de contratar al doctorando en caso de aceptación de la solicitud. Todo ello dentro de los condicionantes señalados en el apartado 2.1.

- Compromiso de firma de un convenio de colaboración entre la universidad y la empresa y, en su caso, otras entidades participantes, que será necesario que regule explícitamente y como mínimo los siguientes puntos:

a) Distribución del tiempo de trabajo del doctorando entre las instalaciones de la empresa y las de la universidad, acorde con los requerimientos de la convocatoria.

b) En su caso, distribución de los derechos de propiedad intelectual e industrial.

c) Los mecanismos para el seguimiento de los progresos del proyecto y de las tareas desarrolladas por el investigador o investigadora en formación.

d) Derechos de difusión de los resultados de la investigación a lo largo del periodo de formación o en la tesis doctoral.

e) Duración del convenio

f) Presupuesto del proyecto

Para la formalización de dicho convenio, en el caso de concesión de la ayuda, se contará con los servicios de asesoría de la OTRI de la Universidad:

Del Grupo de I+D+I:

- Historial científico de los últimos cinco años del grupo investigador al que se incorpora el doctorando, firmado por su investigador responsable.

9. Subsanación de errores en las solicitudes.

La Universidad de Zaragoza podrá requerir, durante la tramitación de las ayudas, la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar la concurrencia de los requisitos previstos en la presente convocatoria.

En el caso de que la documentación fuera incompleta o presentara errores subsanables, se requerirá al investigador para que en el plazo de 10 días hábiles subsane la falta o acompañe la documentación necesaria. En el caso de que no lo hiciese se considerará desestimada su solicitud, de acuerdo con el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Durante el periodo de subsanación no se podrán reformular las solicitudes presentadas. Igualmente no se podrán efectuar cambios que supongan reformulación de la solicitud en las fases de evaluación, de selección o de incorporación de los beneficiarios.

10. Criterios de evaluación y selección

La evaluación de las solicitudes presentadas se realizará por la Comisión nombrada a tal efecto por el rector con fecha 11 de marzo del 2015.

Esta comisión será el órgano encargado de la evaluación y selección de las solicitudes.

La evaluación se hará en dos fases y se aplicarán los criterios y baremo que se exponen a continuación:

10.1. Fase 1:

En esta fase se valorará el currículum vitae del candidato. Los méritos serán valorados teniendo en cuenta becas de iniciación a la investigación, premios, experiencia en relación con el tema de tesis, experiencia laboral, estancias de investigación y posibles resultados convenientemente justificados. La valoración máxima de los méritos del doctorando será de 3 puntos.

10.2. Fase 2:

El resto de la puntuación (7 puntos) hasta la máxima calificación de 10, se otorgará en función de los siguientes criterios:

- Hasta 2 puntos: Actividades de I+D+I declaradas por la empresa en los últimos cinco años, con especial énfasis en aquellas relacionadas directamente con el proyecto de tesis doctoral o proyectos/contratos con la Universidad de Zaragoza.

- Hasta 2 puntos: Interés científico y calidad del proyecto de tesis.

- Hasta 3 puntos: Actividad investigadora del grupo receptor en los últimos 5 años (contratos, patentes, publicaciones, proyectos, ponencias, etc.) y capacidad formativa en I+D+I.

11. Resolución, notificación y publicación de las ayudas

El Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica resolverá las ayudas a las que se refiere la presente convocatoria en el plazo máximo de un mes desde la finalización de los dos plazos de presentación de solicitudes, sin perjuicio de lo previsto en el apartado 7, y una vez evaluadas por la Comisión de Selección descrita en el apartado 10 de esta resolución.

Se podrá establecer y hacer pública una relación de solicitudes, priorizadas, que quedarán como reservas.

La resolución de concesión se comunicará formalmente a la empresa, con copia al doctorando, y se publicará en el "Boletín Oficial de Aragón", en el tablón oficial de anuncios de la Universidad de Zaragoza y en la página web OTRI de la Universidad de Zaragoza mediante relación nominal de los beneficiarios. Las solicitudes no incluidas en la resolución de concesión se entenderán denegadas o desestimadas.

El plazo para la interposición de recursos contará a partir de la fecha de publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

12. Recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, de conformidad con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector Magnífico de la Universidad de Zaragoza, en el plazo de un mes.

13. Formalización de las ayudas

Una vez resuelta la convocatoria se procederá a efectuar los siguientes trámites:

a) Firma del convenio de colaboración entre la Universidad de Zaragoza y la empresa, atendiendo a lo estipulado en el compromiso presentado con la solicitud, y con el asesoramiento de OTRI.

b) Firma del convenio de vinculación de personal, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

c) Apertura del proyecto de investigación a través de la OTRI, desde donde se gestionarán los fondos concedidos para el desarrollo de la tesis.

14. Incidencias e Incumplimientos

Las incidencias que se puedan plantear durante la vigencia de la ayuda, así como el incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la presente convocatoria y demás normas aplicables, y las que se establezcan en la correspondiente resolución de concesión, se comunicarán al Vicerrectorado de Transferencia e Innovación Tecnológica y podrán dar lugar a la apertura de un expediente de incumplimiento, cuya resolución, previa audiencia del interesado, podrá revocar la ayuda concedida, parcial o totalmente. El director de tesis velará por el cumplimiento de lo establecido en al presente convocatoria y realizará un seguimiento, comunicando de inmediato al Vicerrector con dichas competencias cualquier incumplimiento que conozca.

15. Protección de datos

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos de esta solicitud pasan a formar parte de los ficheros de personal/terceros de la Universidad de Zaragoza, cuya finalidad es la gestión de la actividad investigadora, de acuerdo con lo dispuesto en la Resolución de la Universidad, de creación de ficheros, de 16 de julio de 2001.

16. Publicidad

Los beneficiarios de la presente ayuda deberán dar publicidad al carácter público de la financiación obtenida, haciendo referencia expresa a la convocatoria y al órgano concedente en todas las comunicaciones, publicaciones, ponencias y otras actividades de difusión de resultados que resulten de las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria.

Zaragoza, 8 de febrero de 2016.

La Vicerrectora de Transferencia e Innovacion Tecnológica en funciones,

Pilar Zaragoza Fernández