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ORDEN IIU/582/2016, de 24 de mayo, por la que se encarga a la entidad pública "Aragonesa de Servicios Telemáticos AST" actuaciones relativas a la carga de archivos XBRL y bases de datos del MinHAP en la base de datos de la DG de Administración Local y de su visualización en la plataforma presupuesto.aragon.es.

Publicado el 20/06/2016 (Nº 117)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE INNOVACIÓN, INVESTIGACIÓN Y UNIVERSIDAD

Texto completo:

El artículo 71.41.ª del Estatuto de Autonomía de Aragón atribuye a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de investigación, desarrollo e innovación científica y tecnológica, que comprende, en todo caso, la transferencia de conocimientos y el fomento y desarrollo de las tecnologías para la sociedad de la información.

El ejercicio de dicha competencia corresponde, en la actualidad, al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto 319/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica de dicho Departamento. Concretamente, a la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información le corresponde, en virtud del citado Decreto, "La gestión e implantación de proyectos y programas destinados a fomentar el acceso de los ciudadanos aragoneses a la sociedad de la información; la gestión de proyectos y programas para promover el uso de las nuevas tecnologías y la implantación de la sociedad de la información en los ámbitos económicos y sociales aragoneses" y "El fomento de proyectos y programas destinados al desarrollo de servicios de sociedad de la información, tanto en el ámbito del Gobierno de Aragón como en el de otras administraciones de la Comunidad Autónoma de Aragón"

La Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información desarrolló la aplicación presupuesto.aragon.es para poner a disposición de los ciudadanos una visión entendible del presupuesto de las administraciones locales de Aragón. La carga de los datos que alimentan esa aplicación se realiza a través de los datos disponibles en los sistemas de la Dirección General de Administración Local.

A lo largo del tiempo se ha podido observar como la carga de datos desde Administración Local estaba limitada por los procesos manuales que intervienen. Por eso se pretende automatizar la carga de datos mediante un desarrollo informático que ha de servir para que los sistemas de la Dirección General de Administración Local se encuentren actualizados y que la aplicación presupuesto.aragon.es funcione sin la intervención de procesos manuales

Igualmente resulta importante decir que el proyecto de apertura de datos y el presente encargo son susceptibles de ser financiados por fondos FEDER.

Para la realización de estas tareas se requiere personal técnico adecuado con conocimientos informáticos y de tratamiento de datos. El Departamento de Innovación, Investigación y Universidad no dispone actualmente de los medios adecuados para acometer de forma directa los trabajos indicados.

En este contexto, la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos (AST), creada por la Ley 7/2001, de 31 de mayo, entidad de derecho público, adscrita actualmente al Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, en virtud de lo dispuesto en el Decreto de 5 de julio de 2015, de la Presidencia del Gobierno de Aragón, por el que se modifica la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para la realización de actuaciones relacionadas con servicios y sistemas de información y de telecomunicaciones en el ámbito de Aragón. Se considera, por los objetivos y funciones que tiene reconocidos, entre los que se encuentra la gestión integrada de los servicios y sistemas para la información y las telecomunicaciones del Gobierno de Aragón, y por los medios humanos, técnicos y materiales relacionados con el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones de que dispone y por disfrutar de personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, como el organismo más adecuado para llevar a cabo, con la eficacia requerida, el desarrollo de la actuación.

En consecuencia, la articulación de los términos y condiciones de colaboración entre la Administración titular de la iniciativa presupuesto.aragon.es, la Dirección General de Administración Electrónicas y Sociedad de la Información, y la entidad de derecho público Aragonesa de Servicios Telemáticos, declarada medio propio, implica que su instrumentación se efectúe mediante el encargo de ejecución previsto en los artículos 4.1.n) y 24.6 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Por todo ello y de conformidad con la citada disposición adicional decimotercera del Texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón en la que se dispone que los encargos se formalizarán por los titulares de los Departamentos correspondientes, en los que figurarán los compromisos y obligaciones que asumiere la empresa, así como las condiciones en que se realiza el encargo, resuelvo:

Primero.- Objeto.

1. Esta orden tiene como objeto encargar a Aragonesa de Servicios Telemáticos AST la realización de actuaciones relativas a la carga de archivos XBRL y bases de datos del MinHAP en la base de datos de la DG de Administración Local y de su visualización en la plataforma presupuesto.aragon.es.

2. En todo caso, integran el objeto de este encargo los siguientes trabajos:

Se realizará una herramienta web que permita la integración de los ficheros XBRL con los Presupuestos y Liquidaciones de presupuestos de las Entidades Locales remitidos por ellas mismas. También permitirá la integración de los ficheros Access que con esta información pone a disposición pública el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.

Por este motivo los interfaces de entrada de la herramienta serán los siguientes:

- Captura de los datos en formato XBRL utilizado para la rendición de los datos correspondientes a los presupuestos (PENLOC v2.01) y a la liquidación de los presupuestos (LENLOC v4) de las Entidades Locales. Interface de selección de Entidad, Ejercicio y el fichero Lenloc y Penloc correspondiente.

- Captura de los datos del fichero en formato Access (.MDB) expuesto en el portal http://serviciostelematicosext.minhap.gob.es/SGCAL/entidadeslocales/. Estos ficheros contienen información de las entidades locales tanto de Presupuestos como de Liquidaciones. Interface de selección de entidad, ejercicio y carga del fichero correspondiente, que puede ser con los datos relativos al Presupuesto o datos relativos a la Liquidación.

- Pre-visualización y validación de ficheros XBRL con taxonomías PENLOC v2.01 y LENLOC v4. Los ficheros cargados serán validados, para comprobar que la información obtenida en ellos es correcta.

- Pre-visualización y validación del fichero Access. MDB. El fichero cargado será validado, para comprobar que la información obtenida en él, es correcta.

Se analizarán la estructura de tablas y procesos internos de base de datos Oracle que utiliza la aplicación XORJ para poder desarrollar:

- Adaptador de datos XBRL Lenloc y Penloc a la estructura de base de datos Oracle.

- Desarrollo del adaptador de datos mdb a la estructura de base de datos Oracle.

- Ejecución de procesos de actualización de datos.

La herramienta dispondrá de gestión de usuarios de forma que la entrada a la aplicación se realizará a través de usuario y contraseña.

Segundo.- Ámbito territorial del encargo.

Los trabajos objeto de este encargo se circunscribirán al ámbito territorial de esta Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que puedan llevarse a cabo actuaciones fuera de este ámbito territorial cuando el Gobierno de Aragón así lo requiera en la colaboración o auxilio para el que pudiera ser requerido, sobre esta materia, por otras Administraciones Públicas en virtud del principio de cooperación que rige las relaciones entre las Administraciones Públicas.

Tercero.- Obligaciones que asume AST.

La entidad de derecho público asume las siguientes obligaciones

a) Ejecutar las actuaciones objeto del encargo en los plazos que se indican en el apartado sexto.

b) Aportar los medios humanos y materiales necesarios para la realización del encargo.

c) Informar a la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información sobre el desarrollo de las actividades encargadas.

d) Seguir las directrices marcadas por la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información en lo relativo a objetivos y aspectos técnicos.

e) AST podrá contratar los servicios externos necesarios para lograr los objetivos establecidos siempre y cuando no cuente con los medios para llevarlos a cabo.

f) Realizar a su cargo las tareas de apoyo a la dirección y gestión del proyecto, incluyendo control de realización de los trabajos, contratación medios externo, coordinación de despliegue, control y resolución de las posibles incidencias.

Cuarto.- Funciones del Departamento encomendante.

1. El encargo no implica la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad siendo responsabilidad de éste dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actuaciones objeto de encargo.

2. La Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón supervisará los trabajos desarrollados por AST al amparo del presente encargo. Para ello designará un responsable de la ejecución de los trabajos encargados.

3. Corresponderá a este responsable de los trabajos el ejercicio de las funciones siguientes:

a) Supervisar la ejecución de las actuaciones.

b) Adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones, siempre que la competencia para la toma de dichas decisiones no corresponda a otro órgano del Departamento encomendante.

c) Analizar las incidencias que puedan afectar a la viabilidad de los trabajos encargados y aprobar las propuestas sobre las acciones correctoras pertinentes.

d) Informar sobre todos aquellos aspectos relacionados los trabajos encargados.

4. En todo caso, el ejercicio de funciones que impliquen la participación directa o indirecta en el ejercicio de las potestades públicas o en la salvaguardia de los intereses de las Administraciones Públicas queda reservado a personal con la condición de funcionario público.

Quinto.- Presupuesto.

1. Para el desempeño de las tareas encomendadas, el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad asignará a la entidad pública Aragonesa de Servicios Telemáticos la cantidad de 21.659 euros, con cargo a las partidas presupuestarias de los Presupuestos de Comunidad Autónoma de Aragón para 2016 del PEP 2012/000354, con la distribución siguiente:

Partida presupuestaria: 17040 G/5424/609000/14201; Importe: 10.829,50€

Partida presupuestaria: 17040 G/5424/609000/91001; Importe: 10.829,50€

TOTAL: 21.659 €

4. El coste estimado de las tareas con cargo al encargo es:

Sexto.- Plazo de ejecución y pago.

1. El encargo surtirá efectos hasta el 31 de octubre de 2016.

El pago de la asignación económica se efectuará al menos mensualmente contra la presentación por AST de la correspondiente certificación de gasto debidamente conformada por la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información. Dicha certificación incluirá la relación de tareas en las que se ha trabajado, de las descritas en el apartado anterior, y los medios dedicados a cada una de ellas.

2. La Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, una vez analizada la documentación presentada, realizará la correspondiente certificación, previa la comprobación de la correcta ejecución de la encomienda.

3. AST deberá presentar, en el plazo máximo de dos meses a partir de la finalización del ejercicio económico, una memoria final donde se especificarán los detalles de las actividades realizadas durante el año, detallando las actividades desarrolladas, medios humanos y materiales dedicados y resultados obtenidos.

4. Sin perjuicio de lo indicado en el punto 2, y con el fin de facilitar el inicio de los trabajos, se anticipará el 10% del importe del encargo a la formalización del mismo.

5. Las inversiones que se realicen con motivo del desarrollo de este encargo son susceptibles de ser cofinanciadas con Fondos FEDER de la Unión Europea para el periodo 2014-2020.

Séptimo.- Publicidad.

En la publicidad que generen las actuaciones desarrolladas se incluirá la imagen del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, utilizando los modelos debidamente autorizados por la Comisión de Comunicación Institucional del Gobierno de Aragón. Igualmente se incluirá la imagen del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, cofinanciador de este encargo.

De acuerdo con el artículo 17.2 de la Ley 8/2015, de 25 de marzo, de Transparencia de la Actividad Pública y Participación Ciudadana de Aragón, "Las Administraciones públicas aragonesas darán publicidad de las encomiendas de gestión que se firmen,... "

Octavo.- Datos de carácter personal.

AST deberá mantener la más absoluta confidencialidad respecto a los datos de carácter personal comprendidos en el desarrollo del presente encargo a los que haya tenido acceso, y únicamente podrá cederlos a los organismos oficiales ante los que legalmente esté obligada de acuerdo con la legislación vigente, no pudiendo hacerlo con respecto a terceros privados, todo ello de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de carácter personal y demás normativa de aplicación.

Noveno.- Resolución y modificación.

1. El encargo surtirá efectos hasta el 31 de octubre de 2016, todo ello sin perjuicio de la facultad de revocación o resolución de la misma que en cualquier momento puede efectuarse por el Departamento de Innovación, Investigación y Universidad del Gobierno de Aragón, en el caso de que no fuera posible continuar con las prestaciones o por el incumplimiento de lo previsto en este encargo y ello produjera una lesión grave al interés público.

La revocación podrá ser total o parcial e implicará la cesación en la gestión por AST de la totalidad o parte de los trabajos cuya ejecución se le encarga, sin perjuicio de las compensaciones a que pudiera tener derecho AST por los costes incurridos en el desarrollo de los mismos, o por cualquier otro perjuicio, directo o indirecto, que se derive de esta revocación.

2. Las condiciones del encargo deberán ser modificadas, previos los trámites pertinentes, cuando la necesidad administrativa que la fundamenta o la naturaleza de las prestaciones realizadas por AST al amparo de la misma recomienden su actualización.

Décimo.- Régimen Jurídico.

Este encargo se incluye entre los supuestos contemplados en los artículos 4 y 24.6 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, teniendo la entidad AST la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón según la Ley 2/2016, de 28 de enero, de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Su formalización no implica la cesión de la titularidad de las competencias anteriormente expresadas ni de los elementos sustantivos de su ejercicio por parte del Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, siendo responsabilidad de éste dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte a las actuaciones objeto de encargo.

Décimoprimero.- Supervisión y Órgano Responsable.

El Departamento de Innovación, Investigación y Universidad, a través de la Dirección General de Administración Electrónica y Sociedad de la Información, supervisará los trabajos desarrollados por AST al amparo de este encargo. Para ello se designa como responsable de la ejecución de los trabajos encomendados a José María Subero, Asesor Técnico de la citada dirección general, que se encargará de supervisar la ejecución de las actuaciones, dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de las actuaciones, analizar las incidencias que puedan surgir durante la ejecución de las actuaciones e informar sobre todos aquellos aspectos relacionados con los trabajos encomendados.

Zaragoza, 24 de mayo de 2016.

La Consejera de Innovación, Investigación y Universidad, PILAR ALEGRÍA CONTINENTE