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ORDEN de 24 de julio de 2014, del Departamento de Política Territorial e Interior, por la que se autoriza al Ayuntamiento de Benabarre (La Ribagorza) para proceder a la enajenación por subasta pública de nueve parcelas calificadas como bienes patrimoniales de uso industrial y de servicios.

Publicado el 13/08/2014 (Nº 158)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE POLÍTICA TERRITORIAL E INTERIOR

Texto completo:

Examinado el expediente incoado por el Ayuntamiento de Benabarre (La Ribagorza) para enajenar mediante subasta nueve parcelas municipales de uso industrial, incluidas en la unidad de actuación número 8 del Plan General de Ordenación Urbana de Benabarre-Polígono Ribagorza- que más adelante se describirán, resulta:

Que el Ayuntamiento de Benabarre, en sesión del Pleno de la Corporación celebrada el día 10 de julio de 2014, adoptó, con la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación, acuerdo de enajenar mediante subasta las fincas urbanas de uso industrial que después se describirán, calificadas como patrimoniales y cuyo valor excede del 25% de los recursos ordinarios del Presupuesto municipal vigente.

Que los Ayuntamientos tienen capacidad para enajenar sus bienes inmuebles de propios, siempre que se atengan para ello a las normas establecidas en la legislación de régimen local sobre la materia y, de una manera específica, en los artículos 47 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, 188 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, 107 a 109 y 121 del Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, y 3 y 5 del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón y 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.

Procede la tramitación del procedimiento de enajenación mediante subasta, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.1 del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, no siendo de aplicación el régimen del Patrimonio Público del Suelo en base a lo previsto en la disposición transitoria decimotercera punto 1 de la Ley 4/2013, de 23 de mayo de modificación de la de Urbanismo de Aragón, al tener el instrumento de planeamiento del municipio el carácter de simplificado.

Vistos la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, el Reglamento de Bienes, Actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, y texto refundido de Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones de aplicación.

Este Departamento de Política Territorial e Interior, en ejercicio de las facultades que le confiere el apartado 15 del artículo tercero del Decreto 92/1982, de 26 de octubre, de la Diputación General de Aragón, ha resuelto autorizar al Ayuntamiento de Benabarre para proceder a la enajenación mediante subasta de las siguientes parcelas municipales:

"1. Parcela I-1, de 732,35 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 25.632,25 euros.

2. Parcela I-2, de 840,60 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 29.421 euros.

3. Parcela I-3, de 889,91 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 31.146,85 euros.

4. Parcela I-4, de 1.260,27 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 44.109,10 euros.

5. Parcela I-5, de 1.629,17 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 57.020,95 euros.

6. Parcela I-11, de 1.466,71 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 51.334,85 euros.

7. Parcela I-26, de 2.040,99 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 71.434,65 euros.

8. Parcela I-27N, de 1.263,40 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 44.219 euros.

9. Parcela I-28N, de 1.089,50 metros cuadrados de superficie, uso industrial y de servicios, por importe de 38.132,50 euros."

Valoración total: 392.451,50 euros, importe que representa el 38,30 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto municipal vigente.

Que dichos bienes están inventariados en el Ayuntamiento e inscritos en el Registro de la Propiedad según consta en certificación de la Secretaría Municipal.

Todo lo anterior con el detalle que figura en el expediente y acuerdo municipal remitidos a esta Diputación General de Aragón, en cumplimiento de lo preceptuado por el artículo 186 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de la Administración Local de Aragón y artículos 108.4 y 121 del Reglamento de Bienes, actividades, Servicios y Obras de las Entidades Locales de Aragón, aprobado por Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, del Gobierno de Aragón.

Conforme a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los ingresos procedentes de la enajenación no podrán destinarse a la financiación de gastos corrientes, debiendo cumplirse lo previsto en los artículos 107 y siguientes del Decreto 347/2002, de 19 de noviembre, citado.

Zaragoza, 24 de julio de 2014.

El Consejero de Política Territorial e Interior,

ANTONIO SUÁREZ ORIZ