Boletín Oficial de Aragón - Documento completo

ORDEN ECD/614/2016, de 14 de junio, por la que se convoca el Programa "Un día de cine" en centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón durante el curso 2016-17.

Publicado el 28/06/2016 (Nº 123)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

El Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, en su artículo 21, establece que los poderes públicos aragoneses desarrollarán un modelo educativo de calidad y de interés público que garantice el libre desenvolvimiento de la personalidad del alumnado, en el marco del respeto a los principios constitucionales y estatutarios y a las singularidades de Aragón.

Igualmente, recoge en su artículo 73 que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida en enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, incluye la ordenación del sector de la enseñanza y de la actividad docente y educativa, su programación, inspección y evaluación.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, recoge entre sus fines, en el artículo 2.1, que el sistema educativo español se orientará a la consecución del pleno desarrollo las capacidades y personalidad de los alumnos; la educación en la responsabilidad individual, en el mérito y en el esfuerzo personal, y el desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor.

Igualmente, en su artículo 23 recoge entre los objetivos de la Educación Secundaria obligatoria es contribuir a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática, así como desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos.

El Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, establece en su artículo 1.2 que corresponde a este Departamento, entre otras, la realización de programas de experimentación e investigación educativa en el ámbito de sus competencias.

Igualmente, su artículo 8.1 señala que le corresponde, a través de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, el impulso de prácticas innovadoras en relación con las metodologías aplicadas al proceso de aprendizaje, que promuevan la autonomía del alumnado y faciliten la adquisición de las competencias clave, fomentando la realización de proyectos y experiencias, así como la elaboración en su caso de materiales curriculares y pedagógicos.

El Gobierno de Aragón ha venido desarrollando el Programa "Un día de cine", que busca fomentar el desarrollo de la competencia en comunicación lingüística a través del uso de los medios audiovisuales. De este modo, no sólo se potencia la alfabetización audiovisual, la creatividad y la imaginación, sino que también se incrementa la reflexión y el pensamiento crítico, permitiendo dialogar y debatir temas de actualidad e interés general.

En virtud de lo expresado, de conformidad con lo establecido en el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, y a propuesta de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación, resuelvo:

aplicación.

1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria del Programa "Un día de cine", dirigida a centros docentes públicos y privados concertados no universitarios de la Comunidad Autónoma de Aragón con alumnado de quinto y sexto de educación primaria, de educación secundaria, de bachillerato, de los ciclos formativos y de centros de educación especial, que se desarrollará durante el curso 2016-2017.

2. Los centros docentes que resulten seleccionados en la presente convocatoria se incorporarán al Programa "Un día de cine", y deberán asegurar la colaboración de un profesor que coordinará el programa en el centro.

Esta convocatoria pretende utilizar el cine como instrumento para que el profesorado y alumnado de los centros docentes:

a) Desarrollen la competencia en comunicación lingüística y audiovisual a través del cine y otros medios audiovisuales.

b) Potencien la creatividad y la imaginación.

c) Incrementen la reflexión y el pensamiento crítico.

d) Creen espacio de diálogo y debate.

e) Fomenten el crecimiento personal.

f) Aprecien el cine como una manifestación cultural.

g) Favorezcan el trabajo interdisciplinar.

h) Promuevan la participación de las familias.

Tercero.- Organización de las actividades del Programa.

1. Cada centro educativo que desee incorporarse al Programa "Un día de cine" deberá comprometerse a llevarlo a cabo mediante la presentación de solicitud por el Director del centro, dirigido al Director General de Innovación, Equidad y Participación, con la aprobación del Consejo Escolar y del Claustro de profesores, de conformidad con el modelo que figura en el anexo I.

2. En el Programa existirá un coordinador, que será un docente del centro educativo, y se encargará de facilitar el que todos los alumnos del centro puedan asistir a las actividades que se organicen, y fomentará el trabajo interdisciplinar entre el profesorado participante.

3. El Programa "Un día de cine" consistirá en proyecciones en horario lectivo para estudiantes y profesorado, que se completarán con materiales de apoyo previos y complementarios para usar en las aulas, más una guía didáctica con la que se trabajará antes y después del visionado de la película. Mediante esta convocatoria se promueve, además, la realización de proyectos interdisciplinares relacionados con las proyecciones.

4. Se celebrarán un mínimo de 50 sesiones del programa, distribuidas de octubre a junio, en las tres provincias aragonesas.

5. Las sesiones de cine se proyectarán en las siguientes sedes:

- Filmoteca de Zaragoza

- Centro de Historias de Zaragoza

- Sala Joaquín Roncal de Zaragoza

- Salón Blanco de La Almunia de D.ª Godina

- Cine Municipal de Fuentes de Ebro

- Centro Cívico Cultural de Ejea de los Caballeros

- Centro Cívico Cultural de Daroca

- Teatro Bellas Artes de Tarazona

- Teatro Reina Sofía de Zuera

- Teatro Goya de Caspe

- IES Pirámide de Huesca

- Teatro Olimpia de Huesca

- Diputación Provincial de Huesca

- Palacio de Congresos de Jaca

- Palacio de Congresos de Boltaña

- Centro Cultural Pablo Neruda de Biescas

- Auditorio La Colina de Sabiñánigo

- Palacio de Congresos de Barbastro

- Cine El Molino de Sariñena

- Centro de Entidades de Tamarite

- Casa de la Cultura de Monzón

- Sede de la Comarca de Fraga

- Teatro Municipal de los Titiriteros de Binéfar

- Sala Maravillas de Teruel

- Cine Municipal de Calanda

- Salón de proyecciones de la Delegación del Gobierno de Aragón en Teruel

- Salón de La Comarca de Mora de Rubielos

- Teatro Auditorio de Calamocha

- Otras salas que se determinen mediante resolución del Director General de Innovación, Equidad y Participación, en su caso.

6. La información actualizada sobre sedes, el calendario de las sesiones, el listado de los filmes que se pueden elegir y las recomendaciones según las edades estarán disponibles a partir del mes de septiembre en la página web http://catedu.es/undiadecine-alfabetizacionaudiovisual.

7. El Programa "Un día de cine", se completará mediante viajes a Madrid para conocer la Filmoteca y La Academia, así como otras actividades especiales y sesiones monográficas del programa abiertas a la comunidad educativa.

8. Cada alumno deberá abonar 1,50 euros como cuota de inscripción y participación en el Programa. El centro docente correspondiente gestionará y asumirá económicamente el desplazamiento del alumnado a la sede donde se proyecte la película o se realice la actividad.

Cuarto.- Reconocimiento y certificación de la actividad.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 31 de la Orden de 18 de mayo de 2015, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificado y registro de las actividades de formación permanente del profesorado ("Boletín Oficial de Aragón", número 108, de 9 de junio de 2015) se reconocerán:

- 10 horas de formación como asistente al coordinador y profesorado que haya participado en el Programa "Un día de cine", y trabajado activamente en el aula con el material de apoyo al Programa, independientemente de las sesiones en las que participe.

- 20 horas de formación como asistente al coordinador y profesorado que haya desarrollado un proyecto interdisciplinar en torno a la sesión elegida de Un día de cine y lo documente mediante el anexo IV de esta convocatoria, independientemente de las sesiones en las que participe.

2. A fin de certificar la participación del coordinador y del profesorado, el Director del centro deberá enviar antes del 15 de junio de 2017, solicitud de acreditación conforme al anexo II que acredite los datos del coordinador y del profesorado participante, junto con el anexo III "Evaluación del Programa "Un Día de Cine" debidamente cumplimentado y, en su caso, el anexo IV por parte de aquellos centros que realicen un proyecto interdisciplinar, a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación (Avenida Ranillas, 5, planta 3.ª, 50071 Zaragoza).

3. Una vez revisada la documentación, se realizará, si así procede, la correspondiente certificación por el Director del Servicio Provincial del Departamento de Educación, Cultura y Deporte que corresponda.

Quinto.- Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

1. La solicitud, de conformidad con el modelo recogido en el anexo I, dirigida al Director General de Innovación, Equidad y Participación, se presentarán según corresponda en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Zaragoza (Avda. Juan Pablo II, 20), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Huesca (Plaza Cervantes, 1), en el Registro del Servicio Provincial de Educación, Cultura y Deporte de Teruel (C/ San Vicente de Paúl, 3), en las restantes dependencias de Registro del Gobierno de Aragón o en cualquiera de las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Igualmente, y sin perjuicio de lo anterior, a efectos de agilizar el procedimiento, se podrá además enviar por el centro educativo copia, una vez registrada, de dicho anexo I a la dirección de correo electrónico habilitada al efecto undiadecine@aragon.es.

2. La solicitud se podrá cumplimentar electrónicamente mediante el formulario disponible en la web http://convocatorias.educa.aragon.es, accesible desde la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón (http://www.educaragon.org), y deberá imprimirse para ser remitida también en formato papel. Si por circunstancias técnicas no se pudiera acceder al formulario, deberá utilizarse el modelo previsto en el anexo I de esta orden.

3. Los centros deberán indicar todas las sesiones que soliciten en un listado en el que el orden marca la prioridad, por si no pudiesen darse todas. Las sesiones se asignarán hasta agotar el presupuesto del programa, de acuerdo con las sedes y fechas solicitadas.

4. El plazo de presentación de las solicitudes comenzará el día 7 de septiembre y finalizará el 19 de septiembre de 2016 (ambos incluidos). Cumplido el plazo, las solicitudes que lleguen solo serán atendidas de haber fechas disponibles en el calendario de sesiones.

Sexto.- Comisión de Valoración.

1. La valoración de solicitudes se llevará a cabo por una Comisión de Valoración, que será el órgano colegiado al que corresponde evaluar las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de la convocatoria. Dicha Comisión tendrá las siguientes funciones:

a) Comprobar que los solicitantes presentan toda la documentación requerida. En caso de que las solicitudes presentadas no reúnan los requisitos exigidos por esta convocatoria, se estará a lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sobre subsanación y mejora de solicitudes.

b) Precisar las solicitudes y sesiones admitidas y excluidas, con especificación de la causa.

2. La Comisión de Valoración estará formada por los siguientes miembros:

a) Presidente: Jefe/a de Servicio de Innovación, Evaluación y Participación, o persona en quien delegue.

b) Vocales:

- Un Asesor de Competencia lingüística de las Unidades de Programas Educativos de los Servicios Provinciales.

- Dos Asesores de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación.

c) Secretario: Un funcionario del Servicio de Innovación, Evaluación y Participación.

3. La Comisión se regirá por las disposiciones que regulan el funcionamiento de los órganos colegiados de las Administraciones Públicas, preceptos que se encuentran en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común así como en el texto refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón.

4. A propuesta de la Comisión de Valoración, el Director General de Innovación, Equidad y Participación dictará resolución provisional, que contendrá la relación provisional de centros docentes admitidos y excluidos, así como las sesiones adjudicadas y denegadas, y será publicada en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte (www.educaragon.org).

5. En el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la resolución provisional, los interesados podrán presentar alegaciones a la misma. Las alegaciones se podrán presentar en los lugares y en la forma indicada en el artículo 5 de esta convocatoria, así como a la dirección de correo electrónico habilitada al efecto undiadecine@aragon.es indicando en el asunto "Alegaciones Convocatoria 2016 -17 - Nombre del centro". Igualmente, y en el supuesto de que algún centro renuncie a alguna de las sesiones asignadas, deberá comunicar dicha renuncia dirigiéndose al citado correo.

Séptimo.- Criterios de selección.

1. Para la selección de los centros participantes se valorarán las peticiones presentadas de acuerdo con los siguientes criterios:

a) El orden de llegada de las solicitudes.

b) La participación de todos los centros solicitantes, siempre que el número de sesiones lo permita.

c) La adjudicación de distintas sesiones a un mismo centro en función de la disponibilidad de las sedes y la capacidad de las salas, hasta agotar las sesiones del programa según el orden de prioridad solicitado.

2. En caso de empate, tendrá preferencia el centro que hubiese solicitado tutorizar durante el curso 2015/2016 alumnado del Practicum del Grado en Maestro en Educación Primaria o del Master Universitario en Profesorado ESO, Bachillerato, FP y Enseñanzas de Idiomas, Artísticas y Deportivas.

Octavo.- Resolución de la convocatoria y notificaciones.

1. A propuesta del Director General de Innovación, Equidad y Participación, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte resolverá la convocatoria mediante orden, señalando en relaciones separadas las solicitudes excluidas, indicando la causa, y las solicitudes seleccionadas, así como los centros y sesiones adjudicadas y las denegadas.

2. La orden que resuelva la convocatoria será publicada en el "Boletín Oficial de Aragón", así como en la página web del Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón: http://www.educaragon.org.

3. Contra dicha orden, que pondrá fin a la vía administrativa, se podrá presentar recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo máximo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", o recurso contencioso-administrativo ante dicha jurisdicción en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Noveno.- Información y publicidad.

1. Cualquier documento de difusión que se derive de las acciones contempladas en este programa, que suponga la utilización de la imagen corporativa del Gobierno de Aragón, exigirá el previo informe o comunicación a la Comisión de Comunicación Institucional, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 384/2011, de 13 de diciembre, por el que se regula la Comisión de Comunicación Institucional y se distribuyen competencias en materia de comunicación y publicidad.

2. Con carácter previo a su difusión pública, los materiales informativos y publicitarios con soporte documental o audiovisual, se enviarán a la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación a través del correo electrónico: proyectosdeinnovacion@aragon.es, para tramitar informe de la Comisión de Comunicación Institucional.

Décimo.- Desarrollo y ejecución.

Se faculta al Director General de Innovación, Equidad y Participación para dictar las instrucciones y adoptar las medidas oportunas que garanticen la correcta ejecución de la presente orden.

Undécimo.- Referencia de género.

Las referencias contenidas en la presente orden al género masculino se entenderán también referidas a su correspondiente femenino.

Duodécimo.- Régimen de recursos.

1. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2. También podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón", ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

3. De acuerdo con la normativa citada, los centros públicos no están legitimados para interponer dichos recursos. No obstante, podrán oponerse a la orden que resuelva mediante escrito motivado, indicado las razones que fundamentan su pretensión

Disposición final única.- Efectos.

La presente orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial Aragón".

Zaragoza, 14 de junio de 2016.

La Consejera de Educación, Cultura y Deporte,

MARÍA TERESA PÉREZ ESTEBAN