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RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2015, del Secretario General Técnico, por la que se informa de la suspensión del plazo máximo legal para resolver el procedimiento de revisión de oficio de la Orden de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de 15 de mayo de 2015, por la que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Publicado el 29/09/2015 (Nº 189)
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Emisor: DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Texto completo:

Con motivo de la remisión al Consejo Consultivo de Aragón, para la emisión del Dictamen preceptivo y vinculante establecido en el artículo 15, apartado 5, de la Ley 1/2009, de 20 de marzo, del Consejo Consultivo de Aragón, del expediente de revisión de oficio de la Orden de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, de 15 de mayo de 2015, por la que se aprueba el currículo de la Educación Secundaria Obligatoria y se autoriza su aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Aragón, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 42.5.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la Consejera de Educación, Cultura y Deporte ha acordado con fecha 8 de septiembre de 2015 la suspensión del plazo de tres meses previsto en su artículo 102.5 para la resolución del presente procedimiento de revisión de oficio, suspensión que se hará efectiva entre el tiempo que medie entre la petición y la recepción de dicho Dictamen.

Zaragoza, 16 de septiembre de 2015.- El Secretario General Técnico, Felipe Faci Lázaro.