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ORDEN de 28 de marzo de 2014, del Consejero de Hacienda y Administración Pública, por la que se establecen las normas de uso de los espacios de la planta baja y tercera del edificio del Banco de España, sito en la plaza de San Juan, número 1, de Teruel.

Publicado el 14/04/2014 (Nº 74)
Sección: III. Otras Disposiciones y Acuerdos
Emisor: DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Texto completo:

En virtud del Real Decreto 243/2010, de 5 de marzo, y el Decreto 76/2010, de 27 de abril, del Gobierno de Aragón, por los que la Comunidad Autónoma y el Estado acuerdan transigir, en cumplimiento de la Disposición transitoria primera del Estatuto de Autonomía, se produjo el traspaso a la Comunidad Autónoma de Aragón, del pleno dominio de varios inmuebles cuya gestión corresponde al Departamento de Hacienda y Administración Pública, entre los que se encuentra el edificio de la Plaza de San Juan, número 1, en Teruel (antigua sede del Banco de España).

Con fecha 24 de septiembre de 2010, la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón formalizaron Acta de entrega de dicho inmueble que se halla inscrito en el Registro de la Propiedad de Teruel, al tomo 754, libro 389, 190 finca 6871.

Dicho inmueble dispone de espacios ubicados en la planta baja y planta tercera del edificio, que pueden acoger conciertos, exposiciones, presentaciones públicas y cualesquiera otras manifestaciones sociales, de modo que resulta necesario establecer unas normas que regulen su uso.

El uso de este edificio por terceros, supone el establecimiento de los correspondientes precios públicos por parte del Departamento de Hacienda y Administración Pública, en los términos previstos en el artículo 26 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Igualmente, y, conforme con lo previsto en el artículo 31.3 de esa misma Ley, cuando el usuario del edificio sean otras Administraciones Públicas, atendiendo a razones de interés general, el precio público podrá ser reducido.

Por ello y de conformidad con las competencias que corresponden a este departamento en relación con la explotación de los bienes de dominio privado, según el texto refundido de la Ley del Patrimonio de Aragón, aprobado por Decreto-Legislativo 4/2013, de 17 de diciembre, del Gobierno de Aragón, resuelvo:

Primero.- Objeto.

La presente orden tiene por objeto establecer las normas de utilización y funcionamiento del Salón institucional (Planta Baja) Salón de Actos y Sala de Exposiciones (planta 3.ª) del conocido como edificio del antiguo Banco de España sito en Plaza San Juan, número 1, de Teruel.

Segundo.- Descripción de los espacios

Los espacios señalados en el artículo anterior son los siguientes:

1°. Salón institucional, situado en la Planta Baja del edificio; tiene una superficie útil de 517,47 m², en un solo espacio, con una sala de recepción anexa de 25,89 m² y una sala de control de 26,73 m². Dispone de iluminación natural en tres de sus lados e iluminación cenital mediante lucernario. La altura libre de la sala es de 4,30 metros. Cuenta con climatización, iluminación y megafonía para avisos de emergencia y música ambiente.

2°. Salón de actos situado en Planta Tercera del edificio, con una superficie de 122,91 m², tiene una capacidad de 79 plazas y cuenta con mesa de conferenciantes para tres personas. La altura libre media de la sala es de 3 metros. Cuenta con climatización, iluminación y megafonía para avisos de emergencia y música ambiente, dos pantallas LCD de 46" y en la mesa de conferenciantes tres micrófonos y tres monitores de 7".

3.º Sala de exposiciones situada en Planta Tercera del edificio, con una superficie de 272,13 m² distribuidos en un local en forma de U. Tiene una anchura variable entre 2,60 y 8 metros y una altura libre entre 2,20 y 4,40 metros. Cuenta con climatización e iluminación.

Estos tres espacios tienen un acceso principal desde la Plaza de San Juan, mediante escalinata, y un acceso adaptado desde la C/ San Juan.

Tercero.- Finalidad

1. Con carácter general y preferente, los espacios que se regulan en la presente orden se reservarán para las actividades y eventos que promuevan o convoquen directamente las Administraciones Públicas, para la realización de eventos de carácter institucional, con prioridad para las actividades programadas por el Gobierno de Aragón.

2. Igualmente, esos espacios podrán ser utilizados por asociaciones, entidades e instituciones sin ánimo de lucro, para la celebración de conciertos, exposiciones, presentaciones públicas y cualesquiera otra manifestación social o cultural.

3. Excepcionalmente, y para ese mismo tipo de actividades, se podrá autorizar el uso por otras asociaciones, entidades, instituciones, personas físicas y jurídicas con ánimo de lucro.

4. En cualquier caso, queda prohibido el uso para la celebración de eventos de interés particular, tales como bodas, convenciones o reuniones privadas, aniversarios de empresas, etc...

Cuarto.- Características de uso

1. El uso de dichos espacios será temporal con una duración máxima de treinta días consecutivos. Con carácter excepcional y previa solicitud razonada se podrá autorizar su uso por un periodo de tiempo superior.

Se contará por separado el tiempo de utilización en horario normal laborable (lunes a viernes, ambos inclusive, entre las 9.00 y las 20.00 horas) y el que se encuentre fuera de esa banda horaria, que tendrá consideración de festivo o nocturno. En el tiempo de uso se computará, además del previsto para el evento de que se trate, el necesario para el montaje y desmontaje del equipamiento o instalación que precise. En cada sesión de uso se considerará una duración mínima efectiva de dos horas.

2. Se dará cumplimiento a los condicionantes que la normativa en materia de evacuación determine y, a tales efectos, habrá de garantizarse que las hojas de las puertas de entrada desde la Plaza San Juan, 1 permanecerán siempre abiertas, durante la celebración de las actividades o eventos autorizados.

3. Se deberá garantizar la vigilancia y seguridad de los espacios cuyo uso se autorice.

4. La limpieza de los espacios y los servicios de la planta cuyo uso haya sido autorizado correrán por cuenta de los usuarios que deberán dejar los mismos a la conclusión del uso en las debidas condiciones de uso, limpio y expedito.

5. La utilización de los espacios se realizará siempre siguiendo las instrucciones de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización. En ningún caso se podrá manipular instalación o maquinaria del edificio, sin la presencia de técnicos designados por esa Dirección General.

6. Los usuarios autorizados asumirán la responsabilidad derivada de los daños o perjuicios que pudieran causarse a terceros y en el inmueble durante la celebración de los eventos.

7. La utilización de las instalaciones se llevará a cabo siempre dentro del respeto a los principios constitucionales y normas de convivencia social, manteniendo la diligencia debida para garantizar la protección de estos espacios de titularidad pública.

Quinto.- Solicitudes

1. Los solicitantes que deseen hacer uso de los espacios deberán presentar un escrito dirigido al Departamento de Hacienda y Administración Pública, con una antelación máxima de tres meses y mínima de un mes a la fecha de inicio del uso que se solicite. En el escrito se informará del contenido y plazo de duración del acto para el que se solicita el uso, detallando calendario y horarios.

2. Las solicitudes serán resueltas por el Consejero competente en materia de Patrimonio, previo informe de la Delegación Territorial del Gobierno de Aragón en Teruel.

3. En todo caso, se tendrá en cuenta el interés del evento a desarrollar y se valorará la idoneidad de los espacios solicitados para su celebración

4. El solicitante autorizado deberá remitir a la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Organización, antes de la fecha de inicio de la actividad autorizada el justificante del ingreso de la cantidad que se haya determinado como precio público, conforme al artículo siguiente.

Sexto.- Precio público

1. El uso del Salón institucional (Planta Baja) Salón de Actos y Sala de exposiciones (Planta 3.ª) del conocido como edificio del antiguo Banco de España sito en Plaza San Juan número 1 de Teruel, supondrá, en todo caso, el pago al Gobierno de Aragón por el usuario de un precio público, que garantizará el resarcimiento, al menos, del coste de los servicios proporcionados por el inmueble durante la celebración del evento, como son la luz, el agua, la climatización y el mantenimiento. Cuando el uso sea de más de uno de estos espacios, se calculará el precio público evitando la duplicidad del coste de mantenimiento.

En este importe no están incluidos los gastos de vigilancia, seguridad y limpieza que requiera la celebración de cada evento, que serán de cuenta de los organizadores.

2. Este precio público queda determinado según lo siguiente:

Uso del Salón Institucional situado en la Planta Baja del edificio:

a) Cada hora en periodo laborable: 29,23€.

b) Cada hora en periodo nocturno o festivo: 32,23€.

Uso del Salón de Actos situado en Planta Tercera del edificio:

a) Cada hora en periodo laborable: 26,54€.

b) Cada hora en periodo nocturno o festivo: 29,54€.

Uso de la Sala de Exposiciones situada en Planta Tercera del edificio:

a) Cada hora en periodo laborable: 28,54€.

b) Cada hora en periodo nocturno o festivo: 31,54€.

3. Cuando el usuario de estos espacios sea otra Administración Pública, se establecerá, conforme a lo dispuesto en el artículo 31.3 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, una reducción del 30% en el importe del precio público que tuvieran que pagar.

Séptimo.- Anulación y suspensión de las autorizaciones

1. El Consejero de Hacienda y Administración Pública podrá, en cualquier momento y siempre por razones de urgencia inaplazable o por necesidades del servicio, anular o suspender la autorización otorgada, reintegrando el importe del precio público que se hubiera abonado y sin derecho a indemnización alguna por parte de los usuarios de los espacios.

2. En el caso de que el solicitante renuncie al uso de los espacios autorizados, deberá comunicarlo a al Departamento de Hacienda y Administración Pública con una antelación mínima de diez días, sin que proceda la devolución de lo que se hubiera abonado, salvo que concurran circunstancias excepcionales. La renuncia injustificada al uso de as instalaciones podrá dar lugar a la prohibición de posteriores usos de las mismas por parte de sus causantes.

Octavo.- Responsabilidad de los usuarios

1. El incumplimiento por parte de los usuarios de las obligaciones establecidas en la presente orden, dará lugar al inicio de procedimiento sancionador en vía administrativa, sin perjuicio del inicio de las acciones jurisdiccionales que procedieran en reclamación de los daños que se hubieran podido ocasionar al Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. Las responsabilidades legales que pudieran derivarse de los actos realizados en las instalaciones y del mal uso de las mismas recaerán en las personas que los realizasen o en sus representantes legales, reservándose el Gobierno de Aragón, el ejercicio de las acciones legales que procedan.

Zaragoza, 28 de marzo de 2014.

El Consejero de Hacienda y Administración Pública,

JOSÉ Luis SAZ CASADO